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NOM-012-SCT2-2014
Sobre el
Peso y las Dimensiones máximas con las que pueden circular las vehículos
de autotransporte que transitan en las vías generales de comunicación de
jurisdicción federal.
A continuación
presentamos el registro de los acontecimientos referentes a esta NOM,
así como lo destacado de los procesos de estudio. La bitácora incluye el proceso de evaluación / revisión que
tuvo esta importante NOM en su revisión de 2017 a partir de la vigente en
2014.
Las razones para el
inicio de la revisipon de esta NOM parten de las discusiones y
presentaciones realizadas en el Foro que sobre Pesos y dimensiones
sucedió en el Senado de la Repuública el día 26 de octubre de 2016. Las
incidencias, comentarios, resultados y acciones resultantes pueden ser
consultadas dando click aquí.
FECHA |
ACONTECIMIENTO /
ACUERDO |
26-Dic-17 |
Feliz Navidad, hemos recibido
regalo de Santa Claus. La
NOM-012-SCT-2-2017 ha sido publicada el día de hoy en el DOF.
Interesante de notar, además de los cambios que en su
oportunidad se comentaron en esta bitácora,´son los tiempos de
trada en vigor de las especificaciones de la NOM, como sigue:
- En general la NOM entra en
vigor 60 días naturales después de su publicación, es decir
hay que cumplirla a partir del 25 de febrero, excepto las
siguientes especificaciones:
- La SCT tiene hasta 30 días
después para publicar los lineamientos para los emitir las
autorizaciones de tránsito para los fulles.
- Los permisionarios tendrán
después hasta 90 días para tramitar las anteriores
autorizaciones.
- La SCT tiene 60 días a
partir de la entrada en vigencia para publicar los
lineamientos sobre información, forma de reporte y
otros relacionados con los sistemas GPS que deberán portar
las configuraciones de doble semirremolque.
- Las especificaicones de
seguridad aplicables a las configuraciones de Autobús,
Camión Unitario, Camión - Remolque y Tractocamión -
Semirremolque aplicarán para los vehículos que entren al
servicio público federal el 1 de enero de 2019,
independientemente de su fecha de fabricación.
-
Los autobuses, camiones unitarios y
configuraciones de tractocamión articulado y doblemente
articulado, que ingresen al autotransporte federal o
transporte privado a partir del primero de enero de 2019,
deberán contar con luces de tránsito diurno de acuerdo con
la NMX-D-233-IMNC-2016.
También
digno de mencionar, y algo que no estuvo incluido en el proyecto
de NOM son los apéndices A y B en los que se detallan los
lineamientos de verificación para las especificaciones de
seguridad, GPS y de tránsito. |
24-Nov-17 |
El día de hoy se han publicado en
el DOF las respuestas a comentarios al proyecto de NOM. Las
respuestas pueden ser consultadas
aquí. Tomando en cuenta esta fecha, la NOM pudiera ser
publicada a partir del día 9 de diciembre, por lo que su entrada
en vigor sería a partir del 9 de febrero. |
02-Oct-17 |
En la reunión del CCNN-TT
crelebrada en la DGAF se aprueban por mayoría de votos, en la
mayoría votaciones divididas, las
respuestas a los comentarios a la NOM, así como la redacción
a la
NOM-012-SCT-2-2017. La reunión tuvo una duración de arededor
de 4 horas. La reunión inición con un minuto de silencio en
recuerdo de las víctimas del temblor del 19 de septiembre. Los
documentos que púeden ser consultados podrán tener
modificaciones de redacción legal al ser publicados en el DOF. |
18-Sep-17 |
Del 18 al 27 de septiembre
(inluido el 19 a la hora del temblor) se realizaron reuniones
del subcomité 2 para revisar los comentarios enviados a la SCT
respecto del proyecto de NOM, y acordar las propuestas de
respuestas a presentar ante el CCNN-TT para su aprobación. |
30-Jul-17 |
CANACINTRA envía comentarios y
solicitud de modificación de redacción al proyecto de
modificación de la NOM012. El escrito puede consultarse
aquí. Las modificaciones solicitadas fueron comentadas
verbalmente con diferentes representantes de empresas
relacionadas con la industria del transporte. Cabe resaltar que
pocas opiniones fueron recibidas en este portal.
De interés es que al día de hoy
han sido presentados 8 escritos con comentarios ante la Comisión
de Mejora Regulatoria resaltando por su interés los presentados
por la ANPACT, la CONATRAM, la UPAC, la AMIC y la AMANAC. No
todos los comentarios que se presentan ante la SCT de acuerdo
con la convocatoria a comentarios en el DOF se presentan ante la
COFEMER por lo que debe haber comentarios que conoceremos hasta
que se reuna el Subcomité 2 para presentarlos e iniciar el
proceso de preparación de las respuestas a los comentarios. |
7-Jun-17 |
Publicación en en DOF del proyecto
de modificación de la
NOM. LA fecha límite para enviar comentarios es el 5 de
agosto. |
18-May-17 |
El proyecto es subido al portal de
la COFEMER para recibir comentarios de las personas interesadas.
El proyecto puede ser consultado en la siguiente liga
http://www.cofemersimir.gob.mx/expedientes/20246
Considerando la dificultad del
análisis de una NOM tan extensa como ésta, es posible consultar
y descargar una tabla comparativa de la NOM actual y los cambios
que propone el proyecto de modificación dando clik
aquí.
Estamos a la espera de la
publicación del proyecto en el DOF para conocer la fecha límite
para la presentación de comentarios. |
12-May-17 |
Se lleva a cabo la reunión
extraordinaria del CCNN-TT para la revisión, discusión y
aprobación del anteproyecto de modificación de la NOM. El
proyecto de NOM es aprobado con cambios menores a lo aprobado en
el Subcomité, como lo es el tratamiento a los vehículos con
suspensión mecánica y la aplicación de la NOM a vehículos con
placas de traslado. |
9-May-17 |
Se lleva a cabo reunión de
revisión de los comentarios de las diferentes Cámaras y
Asociaciones. Participan en la reunión CANACINTRA, CANACAR,
ANPACT, ANTP, CONCAMIN, CAINTRA, CONATRAM, ANIQ y AMDA, así como
la SCT, el IMT y la Policía Federal.
Maratónica reunión de las 11:00
hrs a las 20:15 hrs en la que se discutieron diferentes aspectos
de las propuestas y comentarios resaltando las siguientes:
- La industria no está de
acuerdo en la frase que hace alusión a limitar el tránsito
de cualquier configuración vehicular expresamente en la NOM,
por lo que se acuerda la redacción del punto 5.2.12 como
sigue: "La
Secretaría definirá y publicará en su caso en el Diario
Oficial de la Federación, las medidas de seguridad para la
circulación, que habrán de observar los permisionarios del
servicio público federal de pasaje, carga o Turismo y
transporte privado, en las carreteras de jurisdicción
federal en los días de mayor afluencia vehicular, dentro de
los periodos vacacionales y días de descanso obligatorio
previamente determinados por la autoridad correspondiente."
-
CONCAMIN solicita se agregue una
definición para ruta / camino alterno, de tal forma que la
autoridad esté limitada en cuanto a los caminos que puede
argumentar existen para evitar otorgar permisos de
conectividad, no obstante que esas rutas alternas puede
implicar incrementos en la distancia a recorrer superior al
100%. La solicitud no es aceptada.
- Se
acepta eliminar la definición de suspensión pues es
limitativa.
- Queda
abierta la propuesta de poder transitar jalando solo un
dolly.
- Las
propuestas de ANTP de solicitar especificaciones de
seguridad a todos los vehículos es aceptada para los que no
están normalizados. Las especificaciones de seguridad serán
obligatorias para los vehículos que ingresen al
autotransporte feeral con año modelo 2019.
- Se
acuerda que el tiempo máximo para obtener los permisos de
conectividad para los vehículos en circulación hoy día será
de 90 días posteriores a que la DGAF emita los lineamientos
para realizar el trámite.
- Se
adiciona a los vehículos especiales los que transportan
vehículos nuevos, creándose para ello el nuemral 6.5.3.5 y
subsecuentes. Para estas configuraciones se autorizan las CR
con semirremolque de hasta 48' excluyendo la longitud de la
lanza fija.
- La SCT
acepta que se redacte la obligación de publicar las
autorizaciones de conectividad, de tal forma que sirvan para
simplificar los trámites de autorizaciones futuras en
condiciones similares.
Alrededor de las 00:40 del día
siguiente recibimos el proyecto de norma con la mayoria de los
acuerdos plasmados en ella, el cual se puede consultar
aquí. El proyecto ha de ser aprobado por el CCNN-TT en fecha
próxima para que junto con si MIR sea enviado a consulta pública
tanto a la COFEMER como al DOF.
De resaltar es que, en abono a
la seguridad de tránsito de las configuraciones doblemente
articuladas, comúnmente conocidas como "fulles", solo se
permitirá que en esas configuraciones se utilicen convertidores
y semirremolques cumpliendo con la NOM-035-SCT-2-2010 o la que
la sustituya. |
7-May-17 |
De la revisión de los acurdos
tomados en el día 4 de mayo encontramos que no todas las
propuestas de la CANACINTRA fueron incluidas en el documento
resumen de la SCT, así como alguinas inconsistencias en algunos
de los acuerdos tomados, como el considerar como convertidor a
la quinta rueda baja. Se
envió correo electróncio a la SCT, así como la tabla de
modificaciones con los comentarios expresados, el cual se puede
consultar
aqui. |
4-May-17 |
Se lleva a cabo reunión de
revisión de los comentarios de las diferentes Cámaras y
Asociaciones. Participan en la reunión CANACAR,
ANPACT, ANTP, CONCAMIN, CAINTRA, CONATRAM, ANIQ y AMDA.
Se disctutueron las diferentes
propuestas en el documento que circuló la SCT el cual puede ser
consultado
aqui.
Las modificaciones propuestas
se muestran resaltadas en amarillo. Las que han sido acordadas
se muestran con la tipografía en color negro; las que aún están
pendientes por acordar se encuentran en color rojo.
Se continuará con la revisión
de las propuestas el martes 9 de mayo. |
26-Abr-17 |
A la reunión asisten los
represntantes de la SCT, Policía Federal, CANACINTRA, CANACAR,
ANPACT, ANTP, CONCAMIN, CAINTRA, CONATRAM, ANIQ e IMT
La SCT comenta que ha recibido
comentarios a las propuestas de modificación enviadas de
CANACINTRA, CONCAMIN, CANIMOLT, ANTP, Servicios Técnicos.
Se revisan parcialmente los
comentarios presentados por CANACINTRA.
- La mayoría en favor de que
los semirremolques que se utilicen en fulles cumplan con las
espeficicaciones de seguridad que se prescriben en la
NOM-035, pidiendo tiempo para adaptar a los de fecha de
fabricación anterior a diciembre de 2010.
- La mayoría a favor de
adicionar a la NOM las configuraciones Camión -
Semirremolque, que incluye a todas las configuraciones de
vehículos ligeros así como las madrinas con quinta rueda
baja. La propuesta se enviará a Servicios Técnicos para que
revisen las propuestas de pesos y de dimensiones.
- Hay opiniones encontradas
sobre la propuesta de redacción al párrafo 6.1.1.1.2, al
cual se ha agregado la frase "ni
tampoco exceda la capacidad de diseño del (los) eje(s) (CDE)
especificada por el fabricante."
al hablar del peso permitido por eje.
- Más
que los comentarios emitidos a las especificaciones de los
dispositivos de seguridad para transitar con permiso de
conectividad, los representatres de la CANACAR expresaron
sus preocupación por la adición de los mismos, especialmente
por el requeirimiento de carro piloto. En este punto se
prolongó la reunión tanto que no se pudo avanzar más en
conocer los comentarios de otras organizaciones
Ante diferentes posturas a
favor y en contra de lo presentado se acuerdó que la SCT enviará
los comentarios recibidos agrupados en una tabla general con una
columna para comentarios.
Se acordó que a más tardar se
emitirían comentarios a los comentarios recibidos, de tal forma
que se puedan empezar a tomar acuerdos en la siguiente reunión
programada para el 11 de mayo. |
25-Abr-17 |
Se envían los comentarios de
CANACINTRA a la propuesta del 18 de abril, los cuales pueden
consultarse
aquí, |
21-Abr-17 |
Se envían los comentarios de
CANACINTRA a la propuesta del 9 de marzo, los cuales pueden
consultarse
aquí, |
18-Abr-17 |
Segunda reunión.
A la reunión asisten los
represntantes de la SCT, Policía Federal, CANACINTRA, CANACAR,
ANPACT, AMDA, ANTP, CONCAMIN, CAINTRA, CONATRAM, ANIQ.
La SCT presenta un seguindo
paquete de
modificaciones a la NOM los cuales tienen que ver con:
- Modificación de los
requerimientos y condiciones de los permisos de
conectividad, en un afán de hacerlos más transparentes y
sencillos para presentar y dictaminar.
- Inclusión de "calendario"
de fechas en las que se limita el tránsito de
configuraciones doblemente articuladas, siendo en principio
las de inicio y fin de vacaciones de acuerdo con el
calendarios de la SEP, así como el inicio y fion de
"puentes" de acuerdo con lo que establece la SCT. Se preve
que al inicio de cada año la SCT publique los días en que se
limitará la circulación de las configuraciones mencionadas.
- Inclusión de los
dispositivos de seguridad que se requieren para el tránsito
de las diferentes configuraciones vehículares por los tramos
de conectividad.
La CONATRAM nanifiesta su
oposición a que las configuraciones doblemente articuladas
transiten bajo cualquier circunstancia en caminos tipo C y D, a
lo que la SCT le aclara que en la NOM actual el tránsito por
esas vías ya está permitido en los permisos de conectividad para
entrar o para salir de zonas de producción o de distribución,
por lo que no se está haciendo más laza la NOM, sino solo
facilitando administrativamente.
CONCAMIN presenta una serie de
comentarios al proyecto entre ellos:
- Tiempo de 6 a 18 meses
para actualizar los vehículos para que cumplan con los
requisitos de seguridad que se plantean. La SCT no lo ve con
buenos ojos. Plantea que quien quiera seguir transitando en
full deberá hacerlo bajo las nueva sreglas.
- Exceso de ancho para
permitir el tránsito de las plataformas con sistema de
enlonado rodante.
- Que se permitan los
permisos de conectividad a instalaciones del permisionario.
- Que se indique el plazo
para registrar los convrtidores.
Se urge a los participantes a
enviar sus comentarios por escrito dando como fechas límite el
21 de abril para las modificaciones que se dieron a conocer el 9
de marzo y el 25 de abril para las modificaciones presentadas el
día de hoy..
Aquí se puede consultar la
minuta. |
09-Mar-17 |
Primera reunión para iniciar el
proyecto de revisión de la NOM que se realiza en la DGAF, dentro
del Subcomité 2 del CCNN-TT.
A la reunión asisten los
represntantes de la SCT, Policía Federal, CANACINTRA, CANACAR,
ANPACT, ANTP, CONATRAM, ANFDOIV, ANIQ, CANAPAT e IPN-CIITEC.
Los conceptos básicos de la
revisión de la NOM están basados en requerimietnos adicionales
para las configuraciones doblemente articuladas. Para esas
configuraciones se plantean la revisión sobre las siguientes
bases:
-
Únicamente
podrán circular en caminos Tipo "ET" y "A", previa
autorización expresa emitida por la Secretaría.
-
Deberán estar
equipadas con Sistema de Posicionamiento Global (GPS, por
sus siglas en inglés), debiéndose prever remitir aquella
información que genere el GPS, a un Sistema Centralizado que
para el efecto desarrolle la Secretaría.
-
El
tractocamión de estas configuraciones deberá contar con
freno auxiliar de motor o retardador o freno libre de
fricción, así como ser gobernado en su velocidad, a través
de la computadora del vehículo, a efecto de que se restrinja
su velocidad hasta un máximo de 80 km/hr.
-
La SCT sólo
autorizará la circulación de configuraciones doblemente
articuladas, que cuenten con convertidor o sistema de
acoplamiento que cumplan con las especificaciones técnicas y
de seguridad que establecen en la Norma Oficial Mexicana
NOM-035.
Se resaltó que la continuidad
del tractocamión doblemente articulado no depende del Subcomité
No. 2, sino de las disposiciones contenidas en la Ley, por lo
que solicitó enfocarse en la revisión de los aspectos técnicos
de la NOM.
Se presentó un proyecto de
revisión inicial el cual puede ser consultado
aquí, así como la
minuta de la reunión. |
NOM-012-SCT2-2008
Sobre el
Peso y las Dimensiones máximas con las que pueden circular las vehículos
de autotransporte que transitan en las vías generales de comunicación de
jurisdicción federal.
El artículo 3
Transitorio de la NOM establece: "En
un plazo de 3 años a partir de su entrada en vigor, se deberán realizar
los estudios para evaluar esta Norma Oficial Mexicana, incluyendo sus
artículos transitorios, por parte de Comité Consultivo Nacional de
Normalización de Transporte Terrestre, con miras a su revisión
quinquenal."
La fecha de entrada en
vigor de acuerdo con el artículo 1 transitorio fue el día 13 de Enero de
2015,por lo que ls estudios deberán estar listos durante el primer
semestre de 2018.
Consulte la NOM dando
un click a la siguiente liga:
NOM-012-SCT-2-2014,
Sobre el peso y dimensiones máximas con los que pueden circular los
vehículos de autotransporte que transitan en las vías generales de
comunicación de jurisdicción federal
A continuación
presentamos el registro de los acontecimientos referentes a esta NOM,
así como lo destacado de los procesos de estudio. La bitácora incluye el proceso de evaluación / revisión que
tuvo esta importante NOM en su revisión de 2014 a partir de la vigente en
2008:
FECHA |
ACONTECIMIENTO /
ACUERDO |
04-Feb-15 |
Hoy se realiza la primera reunión
del Grupo de trabajo para la evaluación y seguimiento de la
NOM012, reunión que consistió en el establecimiento de las
reglas de operación del Comité, la presentación y acuerdo sobre
la constitución de grupos de trabajo y el nombramiento de
representantes por parte de las diferentes organizaciones
asistentes para atender a los grupos de trabajo y al Comité.
Entre las reglas importantes de
Comité es que las decisiones se tomarán por mayoría (no por
consenso), con voto de calidad del Presidente (la Subsecretaria
de Transportes). Se forman 8 subgrupos de trabajo, los cuales
sesionarán cada dos meses (4 subgrupos cada mes de acuerdo al
calendario) como sigue:
1.- Control
de peso máximo
2.-
Actualización del marco jurídico
3.-
Configuraciones vehiculares
4.- Sistemas
de información
5.-
Transporte de materiales y substancias peligrosas
6.-
Reclasificacion de carreteras
7.-
Renovación del parque vehicular
8.- Seguridad
vial
Un mayor
detalle sobre el alcance de los subgrupos se encuentra
aquí. |
23-Ene-15 |
La SCT nos ha compartido un
documento sobre la interpretación que han de hacer los
inspectores en carretera para la aplicación de la NOM012,
documento que pueden consultar
aquí. |
14-Ene-15 |
El día de hoy la SCT dio a conocer
a las cámaras y asociaciones relacionadas con el transportes una
circular en la que indica a sus órganos de supervisión los
procedimientos que han de seguir para verificar el cumplimiento
de la NOM012. Es conveniente leer a detalle el documento pues de
lo contrario quien transporta se puede ver expuesto a ser
multado; sirve también para defenderse en caso de que el
funcionario no siga los lineamientos que ahí se indican. También
hoy la SCT comunica los procedimientos para la solicitud de
permisos de
conectividad para entrar y/o salir de plantas productivas o
centros de distribución, así como los de
conectividad entre tramos carreteros. Interesante observar
que para las plantas ni la distancia ni el tipo de carretera
tienen restricción, aunque sí el equipo requerido, en tanto que
entre tramos carrteros están limitados a 50 km y solo a
carreteras tipo "B". Para la plicación de las luces requeridas
ugerimos conactar a nuestro experto en el tema mediante correo
electrónico a
salvador@ttsals.com para hacerle una propuesta a la medida. |
13-Ene-15 |
Hoy entra en vigor la
NOM-012-SCT-2-2014. Ojo con transitar en Full en carreteras "B". |
12-Ene-15 |
El día de hoy se ha frmado el
ACUERDO DE
ENTENDIMIENTO DE CONSTITUCIÓN DEL GRUPO DE TRABAJO PARA LA
EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO Y SEGUIMIENTO DE LA NORMA OFICIAL
MEXICANA, DENOMINADA NOM-012-SCT-2-2014, SOBRE EL PESO Y
DIMENSIONES MÁXIMAS CON LOS QUE PUEDEN CIRCULAR LOS VEHÍCULOS DE
AUTOTRANSPORTE QUE TRANSITAN EN LAS VÍAS GENERALES DE
COMUNICACIÓN DE JURISDICCIÓN FEDERAL, con lo que se da
cumplimiento anticipado a uno de los artículos transitorios de
la NOM012 que entra en vigor el día de mañana. |
23-Dic-14 |
Hoy se publica en la COFEMER para
consulta pública el aviso cor el cual se clasifican una gran
cantidad de carreteras en el país. Los comentarios a la
reclasificación se pueden hacer mediante un correo electrónico a
cofemer@cofemer.gob.mx
referenciando el expediente 10/0698/231214. El proyecto lo
pueden conocer haciendo click
aquí. |
14-Nov-14 |
Me fui con la finta del viaje a
China por lo que el día de hoy se publica en el DOF la versión
2014 de la
NOM012. No obstante que al final de la sesión, la SCT aceptó
tener una reunión con los organismos empresariales para darle
una revisión final y evitar que se publicara con errores, la
autoridad ha hecho caso omiso de las observaciones que se
plantearon por lo que se publicó con errores garrafales como el
indicar en la Tabla A-2 que se permite transmitir al piso 26.5
ton a través de tres ejes locos cuando son instalados en un
CAMIÓN, cuando la misma NOM no permite la circulación de
camiones con tres ejes locos. Ya la releeremos con calma para
detectar otros errores y solicitar formalmente su corrección. |
7-Nov-14 |
En la sesión ordinaria del CCNN-TT
se informó que la NOM012 se encuentra en el jurídico de la SCT
en revisión previa a su envío al DOF. Se espera que eso suceda
en un par de semanas pues el nuevo director de la DGAF, Adrián
del Mazo Maza, participará en el gira por China con el
Presidente Enrique Peña, por lo que podrá firmarla a su regreso. |
17-Oct-14 |
Se publican en el diario oficial
las respuestas a los comentarios las cuales se pueden consultar
aquí. Tomando en cuenta esta fecha la NOM definitiva se
podrá publicar a partir del 3 de noviembre. |
24-Sep-14 |
En sesión de CCNN-TT se aprueba la
publicación de las respuestas a los comentarios en el DOF. De
igual forma se aprueba la NOM que será publicada en el DOF
transcurridos al menos 15 días de la publicación de las
respuestas. En el documento
Comparativo NOM012 definitiva pueden leer en la tercera
columna la redacción casi definitiva de la NOM, la cual sufrió
leves cambios tomando en cuenta los mínimos acuerdos de la
sesión, cuya acta pueden consultar
aquí. |
18
al 22-Sep-14 |
Sesiona el Subcomité 2 de
especificaciones de vehículos para plantear las respuestas que
la SCT dará a los comentarios emitidos al proyecto de NOM012 que
se publicó en junio. En general las organizaciones empresariales
se mostraron en desacuerdo con las respuestas planteadas por la
SCT quedando así asentado en el
Acta que para tal efecto se levantó. Al no haber consenso,
los puntos no acordados serán llevados a la sesión
extraordinaria del CCNN-TT que para tal efecto ha sido convocada
para el día 24, donde las decisiones se toman por mayoría de las
organizaciones y organismos públicos representados. Se prevé que
nuevamente se mayoritee a la industria y por tanto se publique
lo que a la SCT se le de la gana. |
21-Ago-14 |
Al día de hoy sabemos de reuniones
que los principales afectados han tenido con el Director General
de la DGAF y con el Subsecretario de Transportes buscando
convencerlos de sus comentarios y propuestas, mas de buena
fuente sabemos que la autoridad está empecinada en publicar el
bodrio de proyecto que envió, por lo que se dedica a batear a
diestra y siniestra. Da la impresión de que sus compromisos
políticos con los hombres camión los tienen atados de manos.
Es una pena que la SCT haya
decidido tomar el camino fácil de dar más peso a las
configuraciones vehiculares C y TS y al quitar las tablas de
diferenciados les permite tembipen mayor velocidad cargados a
peso máximo. Lo que esas prganizaciones buscan es ser más
competitivas y la SCT debió de encontrar la forma de apoyarlos
pero no a acosta de la seguridad en las carreteras sino en una
forma tal que los apoyara para ser más productivos y
competitivos. |
10-Ago-14 |
El plazo ha vencido el día de hoy
para enviar comentarios a la SCT. A la cofemer llegaron 123
comentarios a la NOM, la mayoría de ellos indicando por diversos
motivos que la revisión plantea condiciones de tránsito menos
seguras que las que establece la NOM vigente, es decir, con esta
norma vamos como los cangrejos, para atrás. La CANACINTRA emitió
diversos comentarios los cuales se publicaron en el sitio los
días 26
de junio,
30 de junio,
30 de junio, y
5 de agosto. Nosotros enviamos nuestros comentarios el día
8 de julio
cuestionando el que se publique este nuevo proyecto en tanto que
no encjntramos razones fuundadas para ello. Interesante fue leer
los comentarios que envió el
12
de agosto uno de los integrantes del Panel de Expertos, que
muestra que el documento sobre el que la SCT basa sus motvos
para modificar la NOM no son los acordados por ese honorable
Panel. La CONCAMIN también presentó sus comentarios en la fecha
límite que se estableció en el DOF
Ahora la SCT ha de analizar todos
los comentarios y dar respuesta uno a uno, indicando si lo
acepta o nó e indicando el por qué. Ya leeremos sus respuestas. |
15-Jul-14 |
El día de hoy ha publicado la
COFEMER su
dictamen total no final a la MIR. Ahora la SCT ha de
contestar a todos los cuestionamientos presentados en 111
páginas. No hay fecha límite para dar respuesta, sin embargo no
puede proseguir su proceso regulatorio, es decir dar respuesta a
los comentarios del DOF y publicar la NOM en tanto no de
respuesta al difctamen de la COFEMER y obtenga el dictamen final
total. Desde nuestro
punto de vista al documento no presenta novedades ni
cuestionamientos críticos por lo que no se ve obstáculo para que
la SCT lo responda sin dilación. |
11-Jun-14 |
Hoy se ha publicado en el DOFel
Preoyecto de
NOM-012-SCT-2-2014 para su consulta pública por 60 días
naturales. Los comentarios han de enviarse a la SCT al correo
consulta.nom012@sct.gob.mx sugerimos que todos los
comentarios enviados a esa dirección también sean enviados a la
dirección de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria,
cofemer@cofemer.gob.mx
de tal forma que sean del conocimiento público. |
03-Jun-14 |
Hemos empezado con el análisis de
la Manifestación de Impacto Regulatorio que ha subido la SCT a
la página de la COFEMER. En el
documento anexo presentamos nuestras opiniones en color rojo
respecto de los argumentos que presenta la SCT en cuanto a la
definición del problema y objetivos generales de la regulación.
El análisis lo estaremos realizando para evaluar el impacto que
tendrá el proyecto de NOM en cuanto a la seguridad vial en las
carreteras, el cuidado de la infraestructura, la afectación al
medio ambiente y la competitividad.
Mantenemos la postura que que la
revisión de la NOM DEBE ser promotora de mejorar la seguridad
vial respecto de la actual NOM; si esa condición no puder
demostrarse es nuestro deber así manifestarlo, pues en un
ambiente de inseguridad no es posible que las empresas seamos
más productivas y por ende tener una país más competitivo.
La SCT entre otras cosas que las
configuraciones sencillas se accidentan menos que las dobles y
deja de lado la atención a las causas de los accidentes, por lo
que abandona la búsqueda de soluciones para reducir los
accdientes en carreteros, como el de esta pipa en sencillo
ocurrido la semana pasada:
Agradezco de antemano los
comentarios que nos envíen para poder enriquecer nuestro
conocimiento y poder así presentar mejores propuestas.
Los detalles comparativos entre la
NOM vigente y el anteproyecto plateado los encuentran dando
click aquí. |
02-Jun-14 |
El CCNN-TT fue presidido en un
inicio por el Subsecretario Almada en calidad de Presidnete del
Comité. En sus palabras iniciales leyó el Comunicado 297 sobre
las conclusiones del Panel de Expertos que revisaron? la NOM012,
mismo documento que la sesión extraordinaria del CCNN-TT del 31
de enero nos comento Federico Domínguez, Director Generl de la
DGAF que no era el bueno, ya que el bueno es el de 22
recomendaciones que se incluyó en la carpeta de las
organizaciones participantes del proceso. Al final de su
exposición pidió a los asistentes aprobar el anteproyecto que
presentaría el Secretario Técnico.
La sesión se dividió en la
presentación de reservas en lo particular, aprobación del
anteproyecto en lo general, revisión y votación de reservas y
acuerdos.
Presentaron puntos a reservas la
CONATRAM (todo lo que se refiere a fulles), CANAPAT (lo
referente a bitácora de horas de servicio y peso adicional de
autobuses), ANTP (tablas A y B).
Al inicio de la discusión sobre
la aprobación en lo general expresé como CANACINTRA nuestro
desacuerdo con el proceso a través del
discurso anexo. Manifestaron sus reservas generales también
solicitando tiempo para analizar el anteproyecto y consultarlo
con sus afiliados la ANTP, CONCAMIN y CANACAR. La SCT responde
que no nos dará más tiempo para la consulta previendo que habrá
suficiente tiempo durante la consulta púiblica del proyecto. Se
vota el anteproyecto en lo general aprobándose por mayoría de 18
votos a favor, 4 en contra y 6 abstenciones.
En lo general se votan punto por
punto los numerales reservados, teniendo la oportunidad de
exponer los razonamientos quien pidió la reserva. Se aprueban
por mayoría las reservas solicitadas por la CANAPAT, pero se
rechazan por mayoría las solicitadas por CONATRAM y ANTP en
votaciones generalmente de 16 votos a favor, 1 o 2 en contra y
10 a 11 abstenciones. CANACINTRA se abstiene ya que no se tuvo
tiempo de consulta a los afiliados.
Se concluye con un documento de
correcciones al anteproyecto.
Se solicita a los afiliados de
la CANACINTRA y a otros interesados en el tema que revisen los
documentos que se comparten en este sitio, así como la MIR que
se encuentra para consulta en la COFEMER (http://207.248.177.30/regulaciones/scd_expediente_3.asp?ID=10/0680/020614)
para en base a ellos fijar la ostura de la Cámara. |
30-May-14 |
Recibimos la invitación a articipar
en la reunión extraordinaria del CCNN-TT el próximo 2 de junio
en el que se pretende aprobar el anteproyecto de NOM y enviarlo
al DOF para su consulta pública. Comparto el
documento recibido esperando recibir comentarios. |
29-May-14 |
Primera reunión del Subcomité 2, a
la cual somos convocados con 2 días de anticipación, con el
objetivo de conocer el anteproyecto de NOM-012 que ha preparado
la DGAF. La presentación consiste en
comparar lo que actualmente incluye la NOM vs lo que se
propone en el anteproyecto. Los cambios sustanciales son:
- Modificación de las tablas
de pesos máximos por eje. Ahora el peso máximo por eje
depende de la configuración vehicular en que se monte. Sin
un eje se monta en un camión, en un semirremolque que
arrastra sencillo le permiten más peso que si se monta en
una configuración doblemente articulada. Por arte de magia
la carretera dirá tú que eres camión me dañas menos aunque
peses más que tú full. Habrase visto tal ridiculez.
- Modificación de las tablas
máximas de peso bruto vehicular permisible para diferentes
combinaciones tomando en cuenta los cambios en pesos
permitidos por eje. Lo absurdo de este cambio es que se
permite más peso por eje que la capacidad declarada por el
fabricante de la mayoría de los vehículos que se
comercializan en México y más que todos los que se importan
usados a México. Ahora sí, el SOBREPESO es legal pues se
permite cargar más de la capacidad de diseño de los ejes. La
OBESIDAD llegó a los camiones legalmente.
- Se eliminan los requisitos
para acceder a lso pesos adicionales a las configuraciones C
y TS, dejándose los mismos para los TSS y TSR
- Se elimina la posibilidad
de tránsito a las configuraciones vehiculares TSS y TSR de
los caminos tipo B, sin embargo se mantiene la posibilidad
de tránsito en esas carreteras de las configuraciones CR en
longitud de 28.50 m y TS en longitud de 20.80 m
- Se restringen los permisos
de conectividad a tan solo 50 km
En resumen, desde nuestro punto
de vista el anteproyecto de NOM hará que las carreteras de
México sean menos seguras que con la actual NOM. Viva el andar
de los cangrejos. |
30-Abr-14 |
Cantinfleando la SCT
responde
a la solicitud de la CANACINTRA de forma tan ambigua que
solicito una reunión con la Diregtora General Adjunta de
Normatividad de la DGAF, quiene me comenta que no hay mas
respuesta pues el expediente del Panel es Secreto de Estado.
Lo más impactante es que me comenta
que ni ella tiene acceso al expediente, por lo que el proyecto
se construirá con lo que se interprete de las cortas frases. |
18-Mar-14 |
Los organismos empresariales y la
SCT han tenido una serie de reuniones respecto de este tema,
pero no senitmos avance alguno por lo que CANACINTRA ha
presentado una
solicitud de aclaraciones respecto de las recomendaciones
del Panel de Expertos, pues mucho de lo escrito está abierto a
interpretaciones, lo que implica que las discusiones para la
redacción de la nueva NOM se volverán eternas pues cada
organización interpretará lo que mejor le convenga a sus socios. |
31-Ene-14 |
En sesión extraordinaria del
CCNN-TT se presenta ante las Cámaras y Asociaciones acreditadas
la lista de las 22 recomendaciones para que sea conocida por
auéllos que no participaron en las reuniones con el Panel de
Expertos y que por tanto no recibieron copia con la carpeta de
recomendaciones. La SCT dejó pasar casi dos meses para presentar
esta información.
Aprovecha la reunión para "de
pasadita" incluir en la presentación lo que considera la
relación entre las recomendaciones y los ordenamientos
implicados. No entrega copia de la presentación, ni solicita
opinión, por lo que en general la información pasa
desapercibida. |
28-Ene-14 |
Un
análisis de las 22 recomendaciones muestra que no todas
aplican a la NOM-012, sino que la mayoría aplican a diversas
leyes, reglamentos y normas. De reslatar es que las Cámaras y
Asociaciones firmaron un acuerdo en el que aceptan las
recomendaciones que emita el Panel de Expertos respecto de la
NOM-012, mas en ningún momento se habla de las recomendaciones
que pudiese emitir el Panel respecto de alguna otra regulación.
Ya veremos. |
6-Dic-13 |
La SCT da a conocer a través de los
medios el comunicado
297 en el cual resume las recomendaciones del Panel de
Expertos a la conclusión de sus actividades.
Simultáneamente hace entrega a
las Cámaras y Asociaciones que participaron en el proceso una
carpeta que continene tanto el comunicado 297 como 5 páginas con
las
22 recomendaciones.
Por increible que parezca no hay
coincidencia entre el comunicado y lo incluido en la carpeta,
tomando en cuenta que el comunicado inluye 19 recomendaciones,
la carpeta 22, pero en el comunicado se omiten 6
recomendaciones. Salta la duda, ¿cuál documento será el que la
SCT utilice como documento de trabajo en la revisión de la
NOM-012 |
5-Sep-13 |
La SCT y la SEGOB organizaron un
Foro de Autotranspporte Federal, en la Secretaría de
Gobernación, con el objetivo de que las cámaras y asociaciones
relacionadas con el autotransporte expresaran lo que desde su
punto de vista es necesario implementar para tener un
autotransporte más seguro y más competitivo. La mecánica del
foro es que cada ponente en 15 minutos presentara lo que sus
representados requieren para lograr el objetivo planteado.
A este foro asistieron al menos las
siguientes cámaras y asociaciones: CANACAR, CONATRAM, CANAPAT,
CANACERO, CANACINTRA, AMOTAC, ANTP, ANIQ, ATCEVAC, CONACICA, CNC,
UPAC, Transportistas de Yucatán, UNTRAC.
Por parte de las autoridades
estuvieron la SEGOB, SCT (DGAF e IMT), SE (DGN) y SEMARNAT.
Todas las asociaciones y cámaras
tomaron 15 minutos excepto la AMOTAC, quienes en diferentes
grupos dispusieron de más de una hora. Esta asociación fue la
única que hizo referencia a la revisión de la NOM-012, no
obstante que todos hemos firmado un acuerdo en el que el tema
sería dejado al Panel de Expertos. Sobre el tema hizo la
presentación de un video en el que piden que el peso máximo de
la carga en un semirremolque sea de 18 toneladas y que se
prohíba la circulación de las configuraciones doblemente
articuladas, video bien hecho pero sin sustentos técnicos ni
económicos de beneficio para la seguridad y competitividad del
país. De igual forma manifestaron que si la decisión del panel
de expertos no se adecua a lo expresado en su video entonces
emprenderán movilizaciones, no obstante haber firmado el acuerdo
en el que aceptarían la decisión de Panel. Es triste ver en
México grupos que recurren al daño a terceros para conseguir sus
objetivos, así como es también triste ver que el modelo
económico seguido por nuestro país relega cada vez más a
aquéllos que intentan ganarse la vida mediante una actividad
lícita pero que por el tamaño de su negocio no pueden acceder a
la adquisición de equipos adecuados para la seguridad y
competitividad en el mundo del transporte. |
2-Sep-13 |
La ANTP en conjunto con empresas
proveedoras de camiones y de componentes con tecnología de punta
realizó ante el Panel de Expertos de la NOM012 una ronda de
pruebas de desempeño de configuraciones vehiculares, así como
una presentación de las tecnologías de punta para hacer seguro
en tránsito de diferentes configuraciones vehiculares, incluidas
las de doble semirremolque.
En los siguientes videos se pueden
observar las pruebas realizadas:
- Prueba de distancia de
frenado. El objetivo fue el de demostrar que una
configuración de doble semirremolque T3S2R4 pesando 80 ton
frena en una distancia menor a una configuración sencilla
T3S2 pesando 46.5 ton. El full de 80 ton frenó en 28 metros,
en tanto que el sencillo frenó en 35 metros. Ambas
configuraciones con el sistema de frenado que establece la
NOM-035-SCT-2-2010 en los remolques y en el caso del full,
también en el dolly. En las pruebas se incluyó un full
pesando 80 toneladas con la instalación neumática del dolly
sin cumplir con los requerimientos de la NOM-035-SCT-2-2010,
observándose una frenado errático del dolly a grado tal que
las llantas del eje trasero por momentos pierden contacto
con el piso. De esta forma se muestra la importancia del
cumplimiento de la mencionada NOM para garantizar la
seguridad en la carretera. Ver video dando click
http://www.youtube.com/watch?v=CCdNw6t5wvk .
- Prueba de evasión. El
objetivo fue el de mostrar el efecto que se produce en una
configuración doblemente articulada al evadir un obstáculo
en la carretera cambiando súbitamente de carril y regresando
al carril de tránsito normal. Para realizar la prueba se
simula un obstáculo del 80% del ancho del carril haciendo
que el vehículo siga una trayectoria sinuosa en una longitud
de 23 metros. La prueba se realiza con dos configuraciones
vehiculares como sigue:
- La primera
configuración es un full con peso bruto vehicular
cercano a las 80 toneladas cargado con estibas de
cerveza, mostrado en el video como "Full de TKT", a la
altura típica con que se transporta ese producto. La
carga en ambos remolques es del mismo peso. En este full
la unión entre ambos remolques es con un convertidor de
doble lanza y con doble eje auto direccional, conocido
como dolly "H" "inteligente".
- La segunda
configuración es un full con peso bruto vehicular
cercano a las 66.5 toneladas cargado con estibas de
cerveza a a misma altura que el full anterior, mostrado
en el video como full de BIMBO", intercalando "jaulas"
vacías para mantener la carga lo mejor distribuida a lo
largo del remolque; por el menor peso de carga el centro
de gravedad de esta configuración es menos alto que el
de la configuración anterior. La carga en ambos
remolques es del mismo peso. En este full la unión entre
ambos remolques es con un convertidor de lanza sencilla,
conocido como dolly "A".
- El video de estas pruebas
lo pueden ver dando click
http://www.youtube.com/watch?v=LJuCJNCVt6Y Se demuestra
el uso del convertidor de doble lanza es lo correcto para
prevenir la volcadura del segundo remolque, por lo que se
propone que este requerimiento sea incluido en la nueva NOM
para las configuraciones T3S2R4.
- Prueba de invasión de
carril. El objetivo es el de demostrar que una configuración
con remolque sencillo con la longitud máxima permitida
genera una invasión de carril contrario en una curva mayor
al que genera una configuración doblemente articulada igual
a la longitud mayor permitida. Las pruebas se hicieron con
una configuración sencilla con semirremolque de 53' y
longitud de 21.50 m, una configuración doble con dos
semirremolques de 40´ y longitud de 30.90 m con dolly "A" y
una configuración doble con dos semirremolques de 37.5' y
longitud total de 28.50 m. La prueba mostró que en la curva
de prueba el full de 20.50 metros se mantuvo dentro del
carril, el full de 31 metros sus llantas traseras invadieron
el carril contrario 60 centímetros y el sencillo de 21.50
metros invadió el carril contrario 80 centímetros.
Los panelistas expresaron su
agradecimiento por las pruebas mostradas pues adquirieron
conocimiento sobre el desempeño de los vehículos en diferentes
condiciones.
|
27-Ago-13 |
En reunión de la Comisión de
Transportes de la CONCAMIN, Federico Domínguez Z., Director
General de Autotransporte Federal de la SCT, comentó que:
- El Panel de Expertos se ha
reunido con todas las cámaras y asociaciones que así
lo han pedido y que tienen relación con el autotransporte
como lo son: ANPACT, ANTP, ANIQ, CANACAR, CONATRAM,
CANACINTRA, AMOTAC, ConMéxico, AMPRA, CAINTRA, ANTAD, IMCO,
estimado que las reuniones concluirán a mediados de
septiembre. No se ha permitido la presentación de empresas
en lo individual, comentando el rechazo a la petición de
Michelin.
- También se han teunido con
diversas autoridades como la Policía Federal, Medicina del
Transporte, CAPUFE, PEMEX, FMSCA, y han expresado su interés
con reunirse con los representantes de los ferrocarriles.
- Han analizado a fundo el
full sin descuidar el análisis de las demás configuraciones.
- Han mantenido a los
panelistas alejados de los medios de comunicación.
- Con análisis profundo el
transporte de materiales peligrosos. Veo peligro o
incremento de las regulaciones de seguridad para el
transporte en full.
- Mientras esté vigente la
actual NOM se seguirán tramitando los permisos de
conectividad.
- Han observado abuso en los
permisos de conectividad pus existen alguna solicitudes para
tramos mayores a 300 km.
- Menciona al dolly de doble
lanza como vehículo seguro.
- Las recomendaciones del
Panel se convertirán en la nueva NOM012. Se prevé una
aplicación paulatina de la nueva NOM, considerando los
requerimientos de seguridad y de tecnología que pudieran
requerirse.
- Asume que con la nueva NOM
TODOS van a poner algo y no a todos les va a gustar.
- Estima que habrá
observaciones a la forma de operar de la SCT.
- Anuncia que el año que
entra empezará otro proceso de reemplacamiento partiendo
desde cero.
- Pretende que el
otorgamiento de placas se de a través de cámaras y
asociaciones relacionadas con el transporte para minimizar
la corrupción y agilizar los trámites.
- El anuncio de las
conclusiones del panel será público.
|
1-Jul-13 |
El día de hoy la CANACINTRA realizó
la presentación de sus posturas, análisis y propuestas para la
revisión de la NOM ante el panel de expertos en la sede alterna
del Colegio de Ingenieros Civiles de México. El documento
presentado puedes consultarlo dando click
aquí. En la sesión que
duró casi dos horas, además de la presentación respondimos a sus
inquietudes respecto de aspectos técnicos de los aditamentos de
seguridad que se muestran en la presentación. Las mayores
inquietudes se mostraron en el compromiso de las empresas con la
seguridad vial, la capacitación a sus operadores, los
prolongados turnos de manejo de los operadores, las fuentes
estadísticas que utilizamos de base para las gráficas mostradas,
la inversión necesaria para que los vehículos tengan los
aditamentos de seguridad mostrados. No tuvimos los elementos
para contestar preguntas sobre los costos diferenciados de los
costos de los seguros respecto de los vehículos con o sin
sistemas de seguridad, aspecto que quedó como un pendiente.
El proceso de reuniones con las
diferentes Cámaras y Asociaciones continuará por las próximas
semanas hasta concluir con todas ellas. Posteriormente se espera
una fase en la que platicarán nuevamente con los interesados
para aclarar posturas discordantes, antes de llegar a la etapa
de reflexión y elaboración de propuesta.
Hemos de esperar algunas semanas
antes de que el proceso concluya, mientras tanto el peso
definitivo para las configuraciones doblemente articuladas
permanece en la incertidumbre. |
28-Jun-13 |
Al cierre de esta semana han
presentado sus posturas ante el Panel de Expertos la ANPACT, la
ANIQ y la CANACAR. Por desgracia no hemos tenido acceso a los
documentos que han presentado estas Asociaciones y Cámara. |
31-May-13 |
Alejandro de la Huerta, Secretario
Técnico del Panel de expertos, comenté que han dado inicio las
reuniones del Panel de Expertos con los diferentes
participantes. El lunes 27 tuvieron una reunión de 4 horas con
directivos de la DGAF, quienes expresaron la necesidad de
recopilar mucha información. El calendario de reuniones aún no
es oficial pero el día 2 de junio deberá asistir la ANPACT. El
lunes 9 le tocaba a la ANTP, pero al traslaparse con su foro el
calendario está siendo reprogramado. |
28-May-13 |
En reunión del CCNN-TT de este día
se acordó que la SCT comunicaría a la DGN la continuidad de la
vigencia de la NOM-012-SCT-2-2008. Para la SCT el continuar la
vigencia implica que todas las especificaciones que tienen
temporalidad, como lo es el transitorio 2 de 5 años, ya no
seguirán vigentes. La SCT se comprometió a emitir un acuerdo que
proteja a los autotanques que fueron modificados para transitar
en full con un peso bruto vehicular máximo de 80 toneladas en
tanto no se tenga la opinión del panel de expertos y la revisión
de la NOM. Para todos los demás vehículos que transitan en full,
la SCT interpreta la continuidad de la NOM, como que el segundo
transitorio ya no está en vigencia y por tanto el peso máximo
para los vehículos que cumplen con el numeral 6.1.2.2 al
transitar en configuración T3-S2-R4 es de 75.5 ton a partir del
día 1 de junio. |
17-May-13 |
A las 13:30 horas del día 17 de
mayo de 2013 quedó formalmente instalado por el Secretario de
Comunicaciones y Transportes, Gerardo Ruiz Esparza, el panel de
expertos que analizará, evaluará y hará recomendaciones para la
revisión de la NOM-012-SCT-2-2008. Al evento asistimos, además
de los panelistas y del Secretario, el Subsecretario de
Transportes, Juan Carlos Almada, el Director General de
Autotransporte Federal, Federico Domínguez, El Presidente de la
Comisión de Transportes de la Cámara de Diputados, Juan Carlos
Muñoz, José Luis Fuente por CONAMIN, Roberto Díaz por CANACAR,
Felice Minutti por CANAPAT, Elias Dip por CONATRAM, Javier
Altamirano por ANTP, Miguel Elizalde por ANPACT y Salvador
Saavedra por CANACINTRA.
El alcance del panel de expertos se modificó, ya que además de
analizar la NOM-012, se involucrarán en el análisis de las NOM y
Reglamento relacionados con el transporte de materiales y
residuos peligrosos. De entre los panelistas se escogió como
Presidente del panel al Dr.
José Rubén Hernández Cid.
De igual forma se integra al Dr. Francisco Javier Carrión
Viramontes del IMT como asesor de los panelistas.
El Secretario menciona en el evento
que las bases de análisis serán la seguridad vial, la
contaminación del medio ambiente y la competitividad, buscado
que el resultado sea congruente con los planes de generación de
empleos del actual gobierno. Indica que en esta ocasión deberá
prevalecer el análisis técnico y científico por sobre el enfoque
político, durante los trabajos de análisis de las NOM, por lo
que pidió a las Cámaras y Asociaciones que presenten los
documentos que respaldan sus posturas desde esos puntos de
vista.
La SCT elaborará el calendario de
reuniones entre el panel y las diferentes Cámaras y
Asociaciones, por lo que en las próximas semanas, sabremos de
las fechas de los encuentros.
Por lo comentado estimo que las
regulaciones para el tránsito de vehículos conteniendo
materiales y residuos peligrosos pueden ser modificadas para dar
lugar a unas mucho mas estrictas. Me da la impresión que quienes
participemos del proceso hemos de saber transmitir de forma muy
objetiva las circunstancias que han hecho que el desarrollo del
sistema de autotransporte de México haya desembocado en las
configuraciones vehiculares actuales, haciendo énfasis en las
necesidades de mejora de la regulación para que sin perder la
competitividad ganada, la seguridad vial se incremente
sustancialmente y se reduzca el nivel de emisiones
contaminantes. Ciertamente viviremos una etapa muy interesante
del desarrollo normativo de la actividad del autotransporte. |
17-May-2013 |
Se nombra un nuevo miembro
integrante del panel de expertos que participará en los estudios
y análisis de la NOM012- Se trata del Dr. Arcadio Poveda
Ricalde. A continuación una breve biografía:
Renan Arcadio Poveda Ricalde
(nacido en Mérida, Yucatán, el 15 de julio de 1930) es un
destacado astrónomo mexicano que desarrolló un método para
calcular la masa de las galaxias elípticas. Recibió el Premio
Nacional de Ciencias en 1975, dirigió el Observatorio
Astronómico Nacional de 1968 a 1980 y fue electo miembro de El
Colegio Nacional en 1989.
Obtuvo la licenciatura
(1953) y el doctorado (PhD) en Astronomía en 1956 en
la Universidad de California en Berkeley. Se ha
desempeñado en el Instituto de Astronomía de la
Universidad Nacional Autónoma como investigador
desde 1956. Como profesor visitante ha impartido
clases en el Instituto de Astrofísica (CNRS) de
Francia (1963), en la Universidad de Columbia
(1967), en el Observatorio Nacional de Kitt Peak
(1981-82, 1983-84), y en la Universidad de
California en San Diego (1982-83). Ejerce una
Cátedra Patrimonial de Excelencia, Nivel I, y es
investigador emérito tanto del Sistema Nacional de
Investigadores del Conacyt como de la UNAM.
E l
denominado Método Poveda para
determinar las masas de las galaxias
esféricas y elipsoidales permitió
descubrir una relación entre la masa de
un sistema estelar y su luminosidad
total. En 1974 demostró, con C. Allen,
que los sistemas múltiples de tipo
trapecio no se encuentran en expansión,
sino en un estado de equilibrio
dinámico. Actualmente estudia la función
de luminosidad estelar y el efecto de
disociación que se manifiesta en las
estrellas dobles de la vecindad solar.
Es co-autor
de un libro sobre el
cráter de Chicxulub, escrito
conjuntamente con Fernando Espejo
Méndez, que refiere un evento cósmico
ocurrido hace 65 millones de años, en el
que un asteroide se impactó contra la
superficie de la Tierra dejando un
cráter de 180 km. de diámetro en el
litoral norte de la península de Yucatán
y teniendo como consecuencia, según
sostienen las hipótesis más aceptadas,
la desaparición de varias especies entre
otras, la de los dinosaurios.
|
11-May-13 |
Ante la cantidad de opiniones en
los medios respecto del lamentable accidente en Xalostoc, en el
documento adjunto presentamos las que consideramos las
bases para el análisis del accidente. Las autoridades
debieran informar a la ciudadanía, cuáles de las potenciales
causas ocasionaron tanto el accidente de la pipa, como sus
desastrosas consecuencias, para que las medidas que se tomen
ataquen realmente el problema y no solamente se tomen medidas
"políticamente correctas" para tranquilizar a los medios y por
ende a la sociedad. |
09-May-13 |
En la Comisión de Transportes de la
CONCAMIN se discute la posibilidad de lograr una postura común
hacia la revisión de la NOM012 entre las diferentes Cámaras y
Asociaciones relacionadas con el transporte. Aún no hay acuerdo. |
08-May-13 |
CANACINTRA presenta sus comentarios
al proyecto de revisión de la NOM-068, los cuales pueden ser
consultados
aquí. Considero pertinente comentar que no obstante sea
común el que los ciudadanos nos quejemos ante las
arbitrariedades de las autoridades o ante sus pésimas
regulaciones, en general somos pasivos y no emitimos nuestra
opinión cuando tenemos la oportunidad de participar. Los
comentarios enviados por CANACINTRA se construyeron con
opiniones de un muy pequeño grupo de industriales, quienes
solicitaron opinión al interior de la cámara, habiéndose
circulado la solicitud a las 92 Ramas Industriales y las 81
Delegaciones, habiendo recibido de ellos tan solo 2 opiniones.
El plazo para presentar comentario a este proyecto vence el
próximo día 20 de Mayo. Si tienes alguna opinión constructiva
respecto de este proyecto, te agradeceremos enviarnos un correo
electrónico a
salvador@ttsals.com |
08-May-13 |
Una breve
reflexión sobre una gran tragedia vial.
Nueva tragedia vial enluta a las familias mexicanas y las
autoridades bien gracias; actúan como consecuencia de la
tragedia pero NO toman acción alguna que prevenga nuevos
accidentes. Quedará la duda o en el archivo más profundo si los
vehículos accidentados cumplían con las regulaciones de
seguridad que les aplican. Los remolques ¿cumplían con la NOM-035-SCT2-2010,
especificaciones de seguridad para remolques, con la NOM-057-SCT2-2003
para el remolque para transporte de gases comprimidos, la
NOM012-SCT2-2008 y sus acuerdos que requieren que estos
vehículos transporten con cadena de seguridad al segundo
remolque y con la NOM-068-SCT2-2000 sobre sus condiciones físico
mecánicas?. Exhorto a las autoridades a que sin importar los
callos que pisen informen a los ciudadanos las condiciones de
estos vehículos.
Por otro lado esta carretera está en etapa final de ampliación,
por lo que sería conveniente conocer el estado que guarda la
señalización en el lugar del accidente, ¿cómo está señalado la
reducción o ampliación de carriles, cómo se observan los
divisores temporales de concreto del lado derecho, chocó el
tractocamión contra ellos, se volcó y zafó el segundo remolque
por tratar de evadir un triblock en la carretera? La
investigación debe dejar claro las circunstancias de la
infraestructura vial en la zona para señalar a los responsables,
en caso de haberlos.
Y finalmente el conductor, ¿tiene licencia válida, tenía
experiencia en el manejo de este tipo de configuraciones,
conocía la ruta, cuántas horas había manejado previo al
accidente, estaba en condiciones físicas aptas para conducir?
Solo con el conocimiento de las anteriores circunstancias se
podrán tomar medidas para reducir la posibilidad de accidentes
de este tipo en el futuro. |
07-May-13 |
En la carretera que comunica a
Ecatepec con la Cd. de México ocurre el lamentable accidente de
una configuración de doble semirremolque que transportaba, en
semirremolques tipo autotanque presurizado, gas LP, lo que
vuelve a poner en la mira de los medios la situación de las
regulaciones sobre el transporte terrestre en México,
principalmente la relacionada con los pesos y dimensiones
autorizadas. De igual manera se cuestionan las autorizaciones a
que se permitan las construcciones habitacionales a escasos
metros de las autopistas.
Las opiniones en los medios y las respuestas a bote pronto de
las autoridades dejan mucho que desear, aunque prácticamente
todas satanizan a la configuración de doble semirremolque. El
ambiente queda por el momento enrarecido para el proceso de
revisión de la NOM que se avecina. |
03-May 13 |
Con la aceptación de la ANTP,
CANACAR y CONATRAM, la SCT ha presentado al comité de 8 expertos
que evaluará a la NOM012 y hará las recomendaciones pertinentes
al Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte
Terrestre para realizar la revisión a la NOM012.
El grupo está formado por:
Juan Carlos
Belausteguigoitia Rius,
director ejecutivo del
Centro Mario Molina,
es egresado de la carrera de economía
del Instituto Tecnológico
Autónomo de México (ITAM) con
doctorado en economía de la
Universidad de Essex. Desde
enero de 2005 a septiembre de
2012 fue Economista Ambiental
Principal en la Región de
América Latina del Banco
Mundial. Asimismo, se desempeñó
como Coordinador para el
Hemisferio Sur del Global
International Water Assessment
de las Naciones Unidas. En el
ámbito académico, fue profesor
en el Dartmouth College, en el
ITAM y en la Universidad de
California en Berkeley. Durante
la administración del Presidente
Ernesto Zedillo fue
Subsecretario de Planeación en
SEMARNAP.
Arturo Ramírez Flores,
investigador del Centro
de Investigación en Matemáticas
(CIMAT).
Inv. Tit. B: Matemático (1967), M. en
C. Matemáticas (1975), Doctorado
en Matemáticas (1977), UNAM,
México. Áreas de Interés:
Desarrollo de Software,
Geometría.
Salvador García
Rodríguez, del
Instituto Tecnológico y de
Estudios Superiores de
Monterrey.
Ph. D. en Ingeniería de la
Construcción. Grado académico
otorgado por la Universidad
Politécnica de Cataluña,
Barcelona, España. Junio de
1997. Grado de Maestro en
Ingeniería con Especialidad en
Construcción. Grado académico
otorgado por la Universidad
Nacional Autónoma de México,
UNAM, México. Octubre de 1994.
Ingeniero Civil. Título
profesional otorgado por la
Universidad Michoacana de San
Nicolás de Hidalgo, Michoacán.
Enero 1991.
Publicaciones,"Metodología para
la adecuación del diseño de la
vivienda social a los retos de
siglo XXI", "Telework. An
Analysis of its establishment at
home", "Teleworking at Home and
The Housing Design Process",
"Estrategias para el incremento
de la Productividad en los
Sistemas Constructivos para la
Vivienda", "Criterios de
Financiamiento de
Fraccionamientos Populares".
Ramiro Tovar Landa,
Doctor en Economía, egresado del
Instituto Tecnológico Autónomo
de México (ITAM). Realizó sus
estudios de Postgrado hasta
conseguir el grado de Doctor en
Economía y Políticas Públicas en
la Universidad de Duke, North
Carolina, EEUU y ha participado
en Diplomados, Seminarios y
Cursos relacionados con las
áreas profesionales de
experiencia. Su práctica
profesional de veinte años ha
sido como Funcionario Público,
Académico y Consultor. Se ha
desempeñado como Director
Adjunto del Programa de
Desregulación Económica de la
Secretaría de Comercio y Fomento
Económico (ahora Secretaría de
Economía), Asesor Económico del
Secretario Ejecutivo de la
Comisión Federal de Competencia
Económica, Profesor Numerario y
Asesor de Proyectos Especiales
de la Oficina de Rectoría del
ITAM y ha sido Consultor de la
mayoría de las cámaras y
organismos empresariales en el
País, así como de grandes
corporativos nacionales y
transnacionales participando en
auditorías legales, análisis y
solicitud de concentraciones de
agentes económicos, análisis
para determinar la probable
comisión de prácticas
monopólicas absolutas y
relativas, habiendo participado
en la elaboración y presentación
de denuncias por esas prácticas
y en la defensa de agentes
económicos denunciados. En el
ámbito académico ha sido
Profesor del ITAM desde 1996
tanto en la Licenciatura en
Economía y en sus programas de
postgrado y ha participado como
asesor de más de 100 tesis de
Licenciatura y de Maestría en
Economía. Es miembro de diversas
asociaciones y revistas
especializadas en la materia.
Desde el año de 2010, es Socio
Fundador de Asesores en Derecho
y Economía, S.C.
José Rubén Hernández Cid,
del Instituto Tecnológico
Autónomo de México; es Doctor en
Matemáticas aplicadas en las
ciencias sociales por la
Universidad de Grenoble,
Francia. Profesor de tiempo
completo en el Departamento de
Estadística y coordinador del
Diplomado en Estadística
Aplicada del ITAM. En 1994 fue
miembro del Consejo Técnico del
Padrón Electoral de 1994, 1997 y
2000. Miembro del Comité Técnico
de Conteo Rápido del 2 de julio
de 2000.
Octavio Agustín Rascón
Chávez,
Es Ingeniero Civil, Maestro en
Ingeniería y Doctor en
Ingeniería, por la Facultad de
Ingeniería de la UNAM e hizo su
Postdoctorado en el Instituto
Tecnológico de Massachusetts.
Fue investigador y Subdirector
del Instituto de Ingeniería, de
la Universidad Nacional Autónoma
de México. Fue Jefe de la
División de Estudios de Posgrado
de 1974 a 1978, y Director de la
Facultad de Ingeniería de la
UNAM de 1983 a 1987 y desde 1964
es Profesor de dicha
institución. Fue Coordinador de
Desarrollo Tecnológico de 1994 a
2001 y Director General del
Instituto Mexicano del
Transporte de 2001 a 2008,
también ha publicado 126
trabajos de investigaci6n
original y 11 libros de texto.
Ha recibido innumerables
reconocimientos por su labor en
educación e investigación,
dentro de los cuales destaca la
Mención Honorífica en el Premio
Nacional Banamex, los Premios
Nacionales "Miguel A. Urquijo",
"José Antonio Cuevas" y "Nabor
Carrillo Flores", otorgados por
el Colegio de Ingenieros Civiles
de México, y el Premio Nacional
"José Carreño Romani" de la
Asociación Mexicana de
Ingeniería de Vías Terrestres.
Es Socio Emérito del Colegio de
Ingenieros Civiles de México, y
Doctor Honoris Causa, por otro
lado también es Honorable
Educador por el Consejo
Iberoamericano en Honor a la
Excelencia Educativa, otorgados
en Lima, Perú, en 2004. Fue
Presidente de la Academia de
Ingeniería en el período
2008-2010. Socio
emérito del Colegio de
Ingenieros Civiles de México
Roberto Meli Piralla
Natural de Roma, Italia, llegó a
México en el año de 1957 para
cursar la carrera de ingeniero
civil en la Universidad Nacional
Autónoma de México. En 1967
ingresó como investigador al
Instituto de Ingeniería de la
Universidad Nacional Autónoma de
México y desde entonces, ha
permanecido ligado a él. A
partir de 1964 ha impartido
cátedra a nivel licenciatura y
posgrado desde 1981.
Actualmente, es miembro del
Comité Académico del Posgrado en
Urbanismo y presidente del
Subcomité Académico de
Ingeniería Civil del Programa de
Posgrado en Ingeniería de
nuestra Universidad.
Investigador emérito del
Instituto de Ingeniería, desde
el 20 de marzo de 2003. En 1991,
recibió el Premio Nacional de
Ciencias y Artes en Tecnología y
Diseño, y el Premio Universidad
Nacional en Innovación
Tecnológica y Diseño Industrial
Sus publicaciones reflejan los
conocimientos y la práctica
desarrollados en las materias de
su interés. Su obra titulada
Diseño sísmico de edificios es
texto de consulta obligado para
el aprendizaje de la ingeniería
sísmica; único en su género es
el libro sobre Diseño
estructural que contiene una
visión que incorpora diversos
aspectos del diseño: la
concepción de la forma
estructural, la determinación de
las acciones o cargas y el
análisis y dimensión de sus
componentes; finalmente,
Ingeniería estructural de los
edificios históricos, publicado
en 1999, reúne los conceptos y
criterios básicos que sustentan
la teoría de la seguridad
estructural a este tipo de
construcciones y presenta un
buen número
de estudios de caso de relevancia
internacional.
José Saúl Choreño
Quintanar, que estudió
en la Unidad Profesional
Interdisciplinaria de Ingeniería
y Ciencias Sociales y
Administrativas del IPN, quien
ha participado en la elaboración
de programas de estudios,
instrumentos didácticos y
capacitación en el transporte
público.
|
26-Mar-13 |
En reunión del Subcomité 2 se
decidió por mayoría presentar a consideración del CCNN-TT la
propuesta de ratificar la NOM-012 en los términos en que se
encuentra, excluyendo aquellos que hayan fenecido de tal forma
que no exista un vacío normativo a partir del 31 de mayo de este
año, cuando termina debiera existir la revisión quinquenal de la
NOM emitida en el año 2008.
La razón para solicitar la
ratificación es que el proceso de evaluación que ha sido
contratado con la UNAM va muy lento, principalmente por la falta
de homogeneidad de la información que sobre la infraestructura
han de proporcionar las diferentes dependencias relacionadas con
las carreteras. La expectativa para tener los primeros
resultados de la UNAM oscilan entre 3 y 7 meses, por lo que una
revisión a la NOM actual no se daría antes de mediados del 2014.
La ANTP votó en contra de la
ratificación en los términos propuestos por la SCT. Estaban
dispuestos a sumarse a la decisión si la propuesta hubiera sido
ratificarla en todos sus términos.
Desde mi punto de vista la
autoridad ha tomado una decisión errónea, pues ante su lentitud
y atraso para terminar con una evaluación comprometida para el 1
de junio de 2011, de acuerdo con el transitorio 3 de la NOM, se
afectarán otras disposiciones de la misma, cuya ratificación,
cambio o eliminación dependían de la evaluación, según acuerdo
tenido con el entonces subsecretario de transportes Manuel
Rodríguez A., pero como toda la cadena de mando involucrada en
la decisión de 2008, desde el Presidente hasta el Director de
Área han cambiado, nadie sabe nada del acuerdo. México creo en
Ti. |
22-Mar-13 |
Se publica en el DOF el
PROY-NOM-068-SCT-2-2012 el cual estará por 60 días a
consulta pública. Si alguien tiene algún comentario lo puede
enviar directamente al CCNN-TT o a mí para que lo envíe junto
con mis comentarios y los de otras personas que así lo decidan.
A todos quienes me envíen sus comentarios, les compartiré lo que
envíe al CCNN-TT. |
14-Nov-2012 |
Ante el Foro Anual del TMC hicimos
la presentación de nuestro estudio sobre los riesgos de los
vehículos doblemente articulados y las acciones de prevención
que debieran tomarse. Copia de la presentación la pueden
descargar
aquí. |
30-Oct-2012 |
La SCT publicó hoy la prórroga por
6 meses más de la suspensión del Transitorio 2 de la NOM a pesar
del ambiguo
dictamen total final de la COFEMER (ver página 21). Durante
el proceso emitimos nuestra opinión, la cual compartimos en el
documento que se puede consultar
aquí. |
12-Oct-2012 |
La SCT envió a la COFEMER el
proyecto de revisión
PROY-NOM-068-SCT2-2012 sobre la revisión de las condiciones
físico mecánicas de los vehículos que transitan en carreteras
federales. Desde nuestro punto de vista el proyecto nos parece
demasiado burocrático y no atiende el problema de seguridad de
vehículos que transitan en malas condiciones, de ahí que el 15
de octubre hayamos enviado a la COFEMER nuestro comentarios,
pidiendo en resumen:
-
La
obligación del mantenimiento por parte del transportista
quede bien definida.
-
Se establezca la obligación del
operador de verificar su vehículo antes de cada viaje,
asentando la inspección con requisitos mínimos normalizados.
-
La inspección de los vehículos
por parte de la autoridad utilice el mismo formato que el
del operador.
-
En caso de sanciones, se
asienten las condiciones fuera de servicios en copia del
formato de inspección del operador.
-
Se establezca la periodicidad
de las inspecciones en unidad de verificación.
-
Los puntos a verificar en
carretera y su límite de aceptación debieran ser similares a
los incluidos en el apéndice “G” de la regulación
estadounidense.
-
Los puntos a verificar en la unidad de
verificación debieran ser similares a los incluidos en la
regulación 49CFR393
-
Se eliminen
del contenido del anteproyecto los aspectos de inspección
que no están incluidos en la regulación estadounidense y
-
Se corrijan
los múltiples errores en el contenido del proyecto.
La versión
completa de los comentarios puede ser leída
aquí. |
19-Jun-2012 |
El día de hoy el Comité Consultivo
Nacional de Normalización del Transporte Terrestre (CCNN-TT)
decidió incluir en el Suplemento del Programa Nacional de
Normalización (PNN) 2012 un Proyecto de Norma Oficial Mexicana
denominado "Condiciones
de seguridad que deben cumplir los sistemas de acoplamiento y
convertidores, características, especificaciones, técnicas y
métodos de prueba".
La razón
para la inclusión de esta NOM está sustentada en las acciones
que ha decidido tomar la SCT para reducir los accidentes en
carretera.
Mi punto de
vista es que lo que se pretende incluir en esa nueva NOM ya está
incluido en la NOM-035-SCT-2-2010 remolques y semirremolques,
especificaciones de seguridad y métodos de prueba, así como en
los procesos de verificación periódica establecidos en la NOM-068-SCT-2-2000.
Es probable que lo que se requiera sea revisar esta última NOM
para que se verifiquen las condiciones que se establecen en la
NOM035. Esto en cuanto a los dollies, sin embargo los problemas
de riesgo de las configuraciones vehiculares doblemente
articuladas no se derivan exclusivamente de las especificaciones
de los dollies, sino que es necesario ver el problema como un
todo.
Desde
nuestro punto de vista para encontrar soluciones que permitan un
tránsito más seguro de las configuraciones vehiculares C-R,
T-S-R y T-S-S es necesario analizar los riesgos específicos para
este tipo de configuraciones y plantear soluciones, tanto para
el diseño de los vehículos que integran la configuración, como
de operación para el armado y tránsito de las mismas. En el
estudio que se puede descargar
aquí encontrará un análisis de riesgos y propuestas de
solución, mismas que con las aportaciones de otros expertos
lectores de esta página serán enriquecidas y propuestas en su
momento a la autoridad. |
9-May-2012 |
Muchas dudas se han presentado
respecto del aviso y del acuerdo publicados el día 30 de abril.
A continuación mi opinión a las cuestiones planteadas:
- ¿Deben los vehículos nuevos
ser presentados ante una Unidad de Verificación de
condiciones físico-mecánicas por el fabricante antes de ser
comercializado?
- La
NOM-068-SCT2-2000 establece en su numeral 5.1.1 que
los fabricantes deben presentar ante un Organismo de
Certificación Acreditado el certificado del o los
vehículos así como adherir una calcomanía verde de
conformidad con la NOM-001-SCT2-2000.
- Considerando que al día
de hoy los organismos de certificación mencionados NO
existen y que las calcomanías no han sido liberadas por
la SCT, persiste el trámite de la emisión de la carta
emitida por el fabricante donde indica el cumplimiento
de la NOM; de igual manera al no existir las calcomanías
indicadas ha quedado a criterio del fabricante instalar
una calcomanía verde de acuerdo con sus
especificaciones.
- ¿Los vehículos nuevos se
deben verificar en sus condiciones físico-mecánicas
semestralmente?
- De acuerdo con la NOM-068-SCT2-2000
en su numeral 5.2.2.2 los vehículos nuevos están exentos
de la verificación de condiciones físico-mecánicas por
un periodo de dos años a partir de su fecha de
fabricación, salvo que el vehículo sufra un accidente,
en cuyo caso deberá verificarse después de que éste
suceda y antes de transitar nuevamente. El periodo de
dos años requiere que se le realicen las inspecciones
establecidas en el manual de mantenimiento del vehículo.
- ¿Cuánto cuesta una
verificación de condiciones físico-mecánicas?
- La SCT no ha publicado
las tarifas para esta verificación, pero oscilan entre
$450 Y $750 dependiendo de la unidad y de la posibilidad
de un contrato de largo plazo. Los costos son por
vehículo, es decir los que transitan en full deben tener
la verificación para su tractocamión, los dos
semirremolques y el convertidor (dolly).
- ¿Deben verificarse TODOS
los vehículos de autotransporte federal o sólo los de las
configuraciones indicadas en los avisos (CR, TSR y TSS)?
- La NOM-068-SCT2-2000
establece la obligatoriedad para TODOS los vehículos,
sin embargo el aviso establece la restricción para
verificar en un plazo de dos meses la verificación
obligatoria sólo de los vehículos que al transitar lo
hagan en las configuraciones mencionadas.
- No obstante lo
publicado como AVISO, en el comunicado del 27 de abril,
la SCT indica que todos los vehículos deberán estar
verificados en un lapso que no sea mayor de 6 meses.
- Esto me da a entender
que por fin la SCT ha decidido hacer obligatorio el
cumplimiento de esta importante NOM. Ya veremos.
- ¿Puede la policía verificar
a los vehículos que cuenten con dictamen de condiciones
físico-mecánicas emitido por una Unidad de Verificación
Aprobada?
- La NOM-068-SCT2-2000 en
su numeral 5.2.1.3 faculta a la Policía Federal y a los
inspectores de la SCT para la verificación aleatoria de
todos los vehículos que transitan. La insuficiencia de
personal capacitado ha hecho imposible estas revisiones,
por lo que el tránsito de vehículos en condiciones
físico-mecánicas inaceptables persiste.
- ¿Deben los fabricantes
cumplir con algún requerimiento específico para poder emitir
el certificado e instalar la calcomanía verde?
- La NOM-068-SCT2-2000
en su numeral 5.1.3 que las personas físicas o
morales dedicadas a la fabricación o modificación de
vehículos sujetos a la presente Norma Oficial Mexicana,
deben contar con registro ante la Secretaría de Comercio
y Fomento Industrial y marcas registradas y diseños
tecnológicos patentados ante el Instituto Mexicano de la
Propiedad Industrial, además de cumplir con los procesos
de manufactura que establecen las normas mexicanas NMX-CC-3
y la NMX-CC-4.
- Hoy en día existe el
registro ante la Secretaría de Economía de los vehículos
con motor, sin embargo para los vehículos de arrastre y
para las carrocerías no existe registro alguno, así que
este requerimiento no es posible cumplirlo.
- Los fabricantes de
camiones y de remolques grandes y medianos tiene
registrada su marca ante el IMPI, pero en el caso de las
carrocerías muchos de los fabricantes no han registrado
su marca.
- No se establece si para
demostrar el cumplimiento con las normas NMX-CC-3 y NMX-CC-4
se requiere aprobar un proceso de certificación o si es
aceptable una declaratoria de parte del fabricante
indicando que sus procesos de manufactura siguen los
establecido en las mencionadas NMX. Son muy ocas las
empresas que han sido certificadas de acuerdo con las
NMX, siendo más común que lo sean en las normas ISO, por
lo que su certificado así lo indica.
En caso de que se tengan dudas
sobre la aplicación de estas reglas, agradeceremos su consulta a
salvador@ttsals.com
para hacer la investigación y publicarla en este sitio para
conocimiento de quien así lo desee.
|
30-Abr-2012 |
Tal como se indicó la semana
pasada, a consecuencia de las presiones y movimientos de los
transportistas, el día de hoy la SCT publicó en el DOF un AVISO
y un ACUERDO, de acuerdo con los siguientes términos:
"AVISO
a todas las empresas y personas físicas permisionarias de los
servicios de autotransporte federal y transporte privado de
carga que utilicen para su operación configuraciones vehiculares
camión-remolque y tractocamión doblemente articulado, que
deberán someter sus vehículos (propios o arrendados) a la
verificación obligatoria de condiciones físico-mecánica y
obtener el dictamen correspondiente en las Unidades de
Verificación aprobadas por la Secretaría de Comunicaciones y
Transportes, en un término de sesenta días naturales”
Este aviso deja la duda de si los vehículos que ya cumplieron
con su verificación de condiciones físico - mecánicas en una
unidad de verificación acreditada y aprobada del primer
semestre, deben sujetarse a una segunda verificación, o si se
respetará el acuerdo previo que establece el que los vehículos
sean verificados dos veces por año, de tal forma que los
vehículos que ya fueron verificados este año en fecha anterior
al 30 de abril no requieran ser verificados nuevamente en el
periodo del 1 de mayo al 30 de junio. Ya hemos hecho la consulta
formal a la SCT esperando su respuesta en breve tiempo.
"ACUERDO
que modifica el transitorio segundo de la Norma Oficial Mexicana
NOM-012-SCT-2-2008, Sobre el peso y dimensiones máximas con los
que pueden circular los vehículos de autotransporte que
transitan en las vías generales de comunicación de jurisdicción
federal, publicada el 1 de abril de 2008."
Este acuerdo suspende por 60 días la posibilidad de transitar en
carreteras federales con un peso adicional de 4.5 toneladas a
las configuraciones T3S2R3 y T3S2R4, por lo que el peso máximo
de estas configuración, cumpliendo con los requisitos para peso
adicional establecidas en el numeral 6.1.2.2 de la
NOM-012-SCT2-2008 sea de 71 ton y 75.5 ton respectivamente.
|
27-Abr-2012 |
El día de hoy
se hace del conocimiento del
documento en cual se detallan las acciones que tomará la SCT
como consecuencia de los demostraciones que están llevando a
cabo los transportistas agremiados en AMOTAC y CONATRAM.
Los cambios
inmediatos, que surtirán efecto al publicarse el adjunto en el
DOF se resumen como sigue:
-
Suspensión del transitorio 2 de la NOM-012-SCT2-2008 con lo
que el peso máximo de los fulles en carreteras de altas
especificaciones se reduce de 80 ton a 75.5 ton.
-
TODOS los
vehículos que integran a los fulles(tractocamión, remolques
y dolly) deben estar verificados de conformidad con la NOM-068-SCT2-2000
en un periodo máximo de 2 meses.
-
Todos los
demás vehículos deberán verificarse de acuerdo con la NOM-068-SCT2-2000
en un periodo máximo de 6 meses.
A los
propietarios de transporte propio se recomienda cumplir con las
anteriores disposiciones.
A
quienes contratan el servicio de transporte se les recomienda
que sólo contraten con transportistas que les muestren el
dictamen de verificación de conformidad con la NOM-068-SCT2-2000,
ya que de no hacerlo corren el peligro de que su carga no llegue
al destino, por ser detenidos los vehículos por la policía en
los puntos de revisión. De igual manera se les recomienda
verificar el peso de los vehículos cargados ya que la multa por
sobrepeso también la debe pagar el embarcador como
corresponsable.
|
26-Abr-2012 |
He escuchado
con atención las diferentes entrevista y reportajes que se han
realizado como seguimiento a las consecuencias de los accidentes
carreteros en los que se vieron involucrados vehículos de carga
con vehículos de pasajeros.
En varias de
las intervenciones escuché que grupos de transportistas piden la
desaparición de los “fulles” o sea tractocamiones que arrastran
dos remolques, conocidos técnicamente como doblemente
articulados, ya que son los causantes de la mayoría de los
accidentes. Me sorprende dicha aseveración pues de acuerdo con
el Anuario Estadístico 2010 del Instituto Mexicano del
Transporte (IMT), este tipo de configuraciones se vieron
involucradas en accidentes que provocaron la muerte de 19 de los
4018 fallecidos en carretera, como se muestra en la siguiente
tabla:
Estas cifras
que nos muestra el IMT son totalmente contradictorias a lo que
han expresado el exdiputado Elias Dip de la CONATRAM y el Señor
Rafael Ortiz de la AMOTAC, quienes dijeron que la mayoría de los
muertos en carretera eran como consecuencia de accidentes donde
se veían involucrados tractocamiones con doble remolque.
A falta de
un análisis serio de las causas de los lamentables accidentes de
este mes, los diferentes participantes del mercado de
autotransporte están haciendo ruido a través de los medios para
llevar agua a su molino, por lo que si la mayoría de los
asociados a la CONATRAM, o a la AMOTAC trabajan en
configuraciones de un remolque (llamado técnicamente
“articulado”) pues utilizarán estos incidentes para pedir la
desaparición de fulles y de esta manera pretender acceder al
transporte de esos productos. El eliminar a los fulles
implicaría un incremento de los vehículos en tránsito en un
momento dado, ya que se requieren 1.8 articulados para
transportar la misma carga que transporta un doblemente
articulado. Un incremento de vehículos representa un incremento
de conductores y de acuerdo con la estadística del IMT el 81.3%
de los accidentes son por causa del conductor, por lo que a
mayor cantidad de conductores podemos concluir que la
posibilidad de accidentes se incrementará.
Desde nuestro
punto de vista, para prevenir accidentes viales es necesario
analizar técnicamente las causas de cada accidente desde 4
puntos de vista:
1.
La existencia,
efectividad y aplicación de las regulaciones viales
2.
Las condiciones de la infraestructura vial, su mantenimiento,
sus especificaciones, su señalización, etc.
3.
Los aspectos de seguridad que deben cumplir los vehículos para
las condiciones de peso y tipo de carretera por la que circulan,
la verificación de sus condiciones físico – mecánicas.
4.
Los conductores de los vehículos,
su capacitación, su estado físico al momento del accidente, etc.
Hablando del
primer punto, la SCT ha publicado la NOM-012-SCT2-2008 que
regula los pesos y dimensiones de los vehículos. De cumplirse
esta NOM, los vehículos no debieran haber transitado con los
pesos de carga que se mencionaron en los medios, ya que en el
accidente de la carretera México Toluca, la procuraduría del
Estado de México mencionó que iba cargado con 85 toneladas, lo
cual significa un peso de los vehículos con carga cercano a las
110 toneladas; observando las fotografías del vehículo y
considerando que el primer tramo de México a Toluca lo transitó
por el camino de cuota, su peso máximo autorizado sería de 66.5
toneladas, es decir que el vehículo se excedía en peso por 43.5
toneladas. De lo anterior se desprende que el vehículo no
cumplía con el peso máximo autorizado. ¿Se puede atribuir al
exceso de peso una causa del accidente? Es posible pero el
transitar con un sobrepeso tal implica que los sistemas de
control de la mencionada NOM no están funcionando correctamente
y que debe replantearse su método de verificación, así como las
sanciones de tal forma que sean eficientes para inhibir el
cometer la infracción.
Mucho más es
posible especular sobre las causas del accidente más debiera ser
a la autoridad a quien se le exija de alguna forma el rendir un
informe del accidente y que esté abierto al escrutinio de los
expertos que existen en este país para cuestionar las
conclusiones, de observarse necesario.
|
25-Abr-2012 |
Muchos meses han pasado y la SCT no
ha convocado al Grupo de Trabajo, por lo que el tema de la
evaluación de la NOM se ha mantenido en el limbo.
No obstante la parálisis en la SCT,
los dos lamentables accidentes de fechas recientes, el de la
carretera México Toluca de un tractocamión doblemente articulado
que se impactó contra un autobús que transportaba estudiantes de
la UNAM, y el sucedido en Veracruz, han llevado a los medios de
comunicación por los diferentes grupos y asociaciones su postura
en contra de la configuración de carga de tractocamión
doblemente articulado, mejor conocido como full. Desde mi punto
de vista la postura, mas que técnica, es una de carácter
económico y de gremio en la cual se busca privilegiar a una
configuración sobre otra, configuración que aparentemente
traería mayor trabajo a más transportista al requerirse más
camiones para transportar la misma cantidad de carga.
Aunque la idea pareciera buena
para muchos sectores, desde mi punto de vista la seguridad en
las vías terrestres de comunicación pudiera disminuir , ya que
de acuerdo con las estadísticas del Instituto Mexicano del
Transporte (IMT) y del INEGI, la causa inicial de los accidentes
viales es imputable al conductor en porcentaje que oscila entre
el 78% y el 81.3%.
Los accidentes requieren de ser
analizados a profundidad para determinar objetivamente sus
causas y determinar las acciones que ayudarán a prevenir su
recurrencia. A través de CANACINTRA presenté a la SCT una
solicitud para realizar el análisis
del accidente desde 4 puntos de vista, mismo que puede ser
consultado; además de la solicitud en la carta incluimos algunas
consideraciones sobre aspectos observados en el lugar del
accidente, lo que pudimos apreciar de los vehículos a partir de
las fotografías publicadas y otras consideraciones
reglamentarias.
Ya veremos la reacción de la SCT
ante tanto ruido. Yo espero que se tome en serio su
responsabilidad y realice un profundo análisis de las causas de
los accidentes invitando a todos los involucrados en este
mercado, transportistas, usuarios, operadores, fabricantes de
vehículos, otras autoridades, expertos en el tema de seguridad
vial y academia. Será a partir de esos análisis técnicos que se
complementaría la evaluación de la NOM012 y su proceso de
implementación, para así poder perfeccionar la regulación sin
recurrir a un proceso de cacería de brujas. |
8-
Dic-2011 |
En la reunión del Subcomité 2, el
Coordinador del Grupo de Trabajo de la evaluación de la NOM012
comentó que en la SCT ya están trabajando en la elaboración de
las bases de licitación y elementos a evaluar , de tal forma que
se someta a concurso / asignación los trabajos físicos de la
evaluación, considerando la matriz de propuestas. El tema será
presentado al grupo en la reunión programada para el día 14 de
Diciembre. |
30-NOV-2011 |
Se realizó en la SCT la tercera
reunión del Grupo de Trabajo del proceso de evaluación de la
NOM012. La reunión se basó en la matriz de evaluación que fue
comentada por los participantes y que se puede consultar
aquí. Tomando en cuenta la matriz de propuestas de
evaluación, la SCT desarrollo una
lista de temas a evaluar, dando una primera respuesta a las
propuestas. Las diferentes
organizaciones expresaron los siguientes puntos de vista en la
reunión:
ANTP no está
de acuerdo en que la selección de los puntos a evaluar sea
unilateral por parte de la SCT. Propone que la matriz sea
revisada por todo el Grupo de Trabajo. Insiste que las básculas
móviles no son legales pues su operación y certificación no
está certificada.
CANACAR no
está conforme con que al circular con peso excedente sin las
especificaciones adicionales de seguridad, como el dictamen de
NOM068, se le sancione por sobrepeso y no por incumplir con la
NOM068 u otras especificaciones ahí incluidas. ¿De quién es la
responsabilidad de obtener el permiso de conectividad si la
planta fue localizada a la vera de una carretera de baja
especificación?. Menciona en caso de PEMEX que solicita fulles
pero sus plantas no están a la orilla de caminos ET´s o A´s.
CANACAR objeta que los vehículos con importación temporal no hay
la garantía física para el pago de la infracción.
AMOTAC pide
que se autorice en la NOM el peso útil que se transporta en
lugar de PBV. Se queja que las básculas son chatarra con error
de hasta 4 ton. Se queja de la prórroga a autotanques.
AMOTAC,
CONATRAM, CANACAR y ANTP se quejan del pobre sustento legal de
la corresponsabilidad al no ser clara la sanción al dueño de la
carga cuando se sobre carga el vehículo.
SCT. Muchas de
las propuestas se atenderán de forma paralela pues no es tema de
evaluación. |
25-Nov-2011 |
Se publica en
Excelsior un comentario de Darío Celis sobre la petición que
hace ANTP a la Secretaría de Economía para que intervenga y
evite que el proceso de evaluación que está realizándose en la
SCT derive en modificaciones anticipadas de la NOM012. Aunque el
reportero Celis lo menciona, a la reunión no asistió un
representante oficial de CANACINTRA, sino sólo empresas
afiliadas a la Cámara. |
11-Nov-2011 |
Las matrices de propuestas han
empezado a ser revisadas. Comparto la que incluye las de
CANACINTRA revisadas y las demás tal como fueron
interpretadas por la SCT. Espero comentarios para enriquecer el
proceso. |
09-Nov-2011 |
Hoy tuvo lugar la segunda reunión
del Grupo de Trabajo que se formó para evaluar el desempeño de
la NOM.
Se nos distribuyó la
minuta de la reunión anterior, la cual, salvo lo corregido
en la misma, fue aprobada por unanimidad.
En coordinador
del grupo informó que al cierre del día 31 se recibieron
propuestas de evaluación de la NOM de las siguientes
agrupaciones: CANACAR, CANAPAT, AMOTAC, CONATRAM, ANTP, ATCEVAC,
CANACINTRA, CNIH, Asociación…Concreto premezclado, Fábrica de
Jabón La Corona,
CANAICA.
Las propuestas enviadas
fueron incorporadas a la matriz de propuestas de evaluación
resultando en un documento de 10 páginas. Considerando que la
mayoría de las propuestas fueron presentadas en escrito libre,
la SCT interpretó lo enviado y lo acomodó de acuerdo a su
criterio. Se hizo una breve presentación de una parte de la
matriz de propuestas explicando el Coordinador cómo se agruparon
las propuestas de cada organización. El acomodo corresponde al
orden en que está estructurada la NOM. Propuestas similares de
diferentes organizaciones fueron agrupadas en un solo punto. La
SCT enviará la matriz con las propuestas de evaluación,
incluyendo la entregada hoy por la CANAICA a más tardar el día
de mañana.
Se aclaró que no todos los
temas propuestos por las organizaciones fueron incluidos en la
matriz de propuestas pues algunos de ellos no estaban
relacionados con el ámbito de la NOM.
Se propuso que el proceso de
evaluación será en el orden en que está desarrollada la matriz.
La forma de evaluación será acordada punto por punto en el Grupo
de Trabajo en la sesión correspondiente para cada aspecto.
Acuerdos:
16 de Noviembre.- Las
organizaciones enviarán sus comentarios a la interpretación de
la SCT a las propuestas de evaluación enviadas, añadiendo una
quinta columna.
18 de Noviembre.- La SCT
circulará entre las organizaciones la matriz con las propuestas
revisadas de cada organización.
23 de Noviembre.- Las
organizaciones enviarán a la SCT sus observaciones o necesidades
de aclaración a las propuestas de las otras organizaciones.
Estas observaciones no se considerarán como posturas de cada
organización, ya que pueden ser, dudas sobre lo ahí propuesto.
25 de Noviembre.- La SCT
enviará a las organizaciones la matriz con los comentarios
recibidos el día 23.
La próxima reunión de trabajo
se fijó para el día 30 de Noviembre a las 10:00 am.
La AMOTAC solicitó a la SCT
que durante el tiempo de evaluación de la NOM solicite a la SSP
que los operativos de revisión de cumplimiento de la NOM sea
suspendidos, ya que desde su punto de vista no están siendo
equitativos para todas las organizaciones. De igual forma se
quejó de que a los autotanques se les sigue permitiendo
transitar con el peso a tanque lleno, sin respetar los pesos
máximos de la NOM, no obstante que el tiempo límite para esta
situación venció el 1 de Junio de este año. (Nadie le aclaró que
la SCT otorgó prórroga a muchos transportistas hasta el 1 de
Febrero de 2012).
En respuesta a ello, el
representante de la SSP, comentó que los operativos no se
suspenderán, poniéndose a las órdenes de todas las
organizaciones para atender sus quejas en caso de observarse
anomalías en los operativos de revisión de peso y dimensiones. |
25-Oct-2011 |
En la reunión del día de hoy
participaron 10 dependencias de gobierno federal y 13
confederaciones, cámaras y asociaciones. La SCT estableció como
objetivo del Grupo de Trabajo el siguiente:
OBJETIVO
Desarrollar un reporte de
evaluación a ser presentado al Subcomité 2 y al CCNN-TT.
El proceso para llevar a cabo la
revisión será el siguiente:
-
Las Dependencias, Cámaras y
Asociaciones interesadas enviarán al coordinador del Grupo
de Trabajo sus posturas respecto de los aspectos que deben
ser evaluados, haciendo referencia al artículo de la NOM,
los aspectos que se consideran ser evaluados, así como una
justificación sobre su propuesta.
-
La SCT vaciará en una tabla
las propuestas de todas las agrupaciones y dependencias,
misma que circulará entre los participantes.
-
Sólo se consideraran para
discusión las propuestas que se reciban por escrito en la
SCT, previas a la reunión.
Durante la reunión las diversas
agrupaciones manifestaron sus posturas, las cuales resumo a
continuación (ya que no tengo acceso a la grabación de la
reunión, la interpretación de lo dicho por los representantes de
las asociaciones es mía):
ANTP.
Ratifican su punto de vista de que la operación de este grupo
carece de legalidad al haberse vencido el plazo del transitorio
desde el 1 de Junio del 2011; de igual manera insinuó que han
iniciado un proceso judicial para invalidar lo que en este grupo
se acuerde. Cuestiona sobre la instrucción del Secretario de
contratar a un organismo independiente a este Grupo de Trabajo
para que realice la evaluación de esta NOM. La SCT responde que
el CCNN-TT no ha recibido del Secretario indicaciones al
respecto.
CANACAR. Opina que si la operación de este Grupo ha sido
judicialmente impugnada y existe la posibilidad de que sus
trabajos se invaliden, que primero se resulva la impugnación y
posteriormente sesione con certeza el grupo. Solicita que si
alguien está en desacuerdo con los trabajos que desarrollará el
Grupo de Trabajo, se le pida que abandone la sala. Entre los
criterios de evaluación solicita que los vehículos para
autotransporte federal que se comercializan en México sean
evaluados para comparar su capacidad de motor y de frenos contra
los pesos permitidos por la NOM.
CONATRAM. Cuestiona las razones de temor que hayan
llevado a la ANTP para mantener su postura de rechazo a la
operación de este Grupo de Trabajo. Manifiesta su rechazo a que
sigan siendo autorizadas en la NOM las configuraciones
doblemente articuladas. Menciona que en su revista institucional
han documentado los accidentes que provoca esta combinación.
AMOTAC. Solicita que la NOM sea derogada pues su
operación ha causado más daño que beneficios; menciona que no
deben permitirse ese nivel de pesos pues las carreteras del País
se encuentran en mañas condiciones. Menciona que el permitir el
tránsito a los fulles, los accidentes en que esta configuración
se ha visto involucrada han ocasionado la muerte de 970 personas
cada año. Sostiene que la ANTP no debe participar en el Grupo de
Trabajo pues sus afiliados no son transportistas de
autotransporte federal. Pide juicio a quienes autorizaron la NOM
actual, ya que son culpables de los accidentes que han sucedido.
Indica que si se tuvieran menores pesos el empleo en el sector
transporte se incrementaría. Solicita trabajar de forma expedita
y no burocrática.
CNIH. Solicita que en la NOM se incluyan a las llantas de
base ancha de última tecnología, de tal forma que puedan ser
usadas en todas las configuraciones vehiculares donde al día de
hoy se autorizan los duales de llantas.
ANPACT. Solicita que como parte de la evaluación se
analicen los accidentes de forma objetiva y con datos ciertos,
para determinar la influencia de las especificaciones de la NOM
en ellos.
CONCAMIN. Mencionó la propuesta de que se contrate a un
experto técnico, ajeno al grupo de trabajo, para que de forma
objetiva realice la evaluación, sin tener los prejuicios que los
participantes han manifestado.
Ante las diferentes posturas, la SCT ratificó su plan de
trabajo, mostrando en pantalla la tabla de trabajo sobre la que
realizará la evaluación, utilizando para ejemplificar uno de los
conceptos de evaluación enviados por la CANACINTRA.
Se otorgó una prórroga al 31 de
Octubre para que las dependencias y agrupaciones, que así lo
decidan, envíen propuestas de evaluación.
Se programó la próxima reunión
para el día 9 de Octubre. |
24.Oct.2011 |
La Cámara
Nacional de la Industria de Transformación envío su
propuesta de evaluación |
12-Oct-2011 |
La SCT pospuso la reunión para el
día 25 de Octubre con la siguiente orden del día:
Dirección
General de Autotransporte Federal
Dirección
General Adjunta de Normas y Especificaciones
Técnicas y
de Seguridad en el Transporte
Dirección
de Normatividad
Subdirección de Normas de Vehículos de Autotransporte
“2011,
Año del Turismo en México”
Ciudad de
México, a 12 de octubre de 2011.
Cámara Nacional de la Industria de la Transformación
Presente.
Me refiero a
los trabajos de normalización que tiene a su
cargo desarrollar el Subcomité No. 2, de Especificaciones de
Vehículos, Partes, Componentes y Elementos de Identificación.
Igualmente, hago referencia al Acuerdo alcanzado en la Tercera
Reunión Ordinaria del Comité Consultivo Nacional de
Normalización de Transporte Terrestre (CCNN-TT), celebrada el
pasado 20 de septiembre, donde se instruyó al Subcomité No. 2,
convoque a la primera reunión de instalación del Grupo de
Trabajo de evaluación de la Norma NOM-012-SCT-2-2008, Sobre
el peso y dimensiones máximas con los que pueden circular los
vehículos de autotransporte que transitan en las vías generales
de comunicación de jurisdicción federal, con el objeto de
iniciar formalmente los trabajos de evaluación de la norma en
comento.
En
este sentido, atentamente se le convoca a la primera reunión de
instalación del Grupo de Trabajo de Evaluación de la Norma NOM-012-SCT-2-2008,
la cual tendrá verificativo el próximo martes 25 de octubre
del año en curso, a las 10:00 hrs., en la sala de usos
múltiples de esta Dirección General de Autotransporte Federal,
ubicada en el piso 11 de Calzada de Las Bombas No. 411, Col. Los
Girasoles, Delegación Coyoacán, 04920, en México, D.F.
Asimismo, y de conformidad con el artículo 27 de las Reglas de
Operación del CCNN-TT, se le solicita designe al especialista
que atenderá ésta y las subsecuentes convocatorias,
agradeciéndole acreditarlo mediante escrito libre. El suscrito,
con teléfono 5011-9238 ó 5723-9300 ext. 20119, localizable en el
piso 2 del domicilio arriba citado, y con correo electrónico: asanchzt@sct.gob.mx
será el responsable de recibir las
acreditaciones y la confirmación de la asistencia a la reunión.
Se anexa Orden del Día.
Con la finalidad de llevar una reunión más productiva se le
solicita atentamente, remitir previo a la reunión, sus
propuestas de temas y criterios de evaluación de la Norma de
acuerdo al formato anexo.
No omito mencionarle que por razones de espacio, no será posible
permitir el acceso al estacionamiento, por lo que se le sugiere
prevenir las medidas correspondientes.
Sin otro
particular, aprovecho la oportunidad para enviarle un cordial
saludo.
Atentamente
El Subdirector y Coordinador del Subcomité No. 2.
Ing. Ángel Sánchez Tenorio |
27-Sep-2011 |
En la reunión del
Subcomité 2 realizada este día se tomó el acuerdo de dar inicio
a la evaluación de la NOM en reunión a puerta cerrada en la DGAF
de la SCT el día jueves 13 de Octubre. Se solicitó a todas las
organizaciones enviar por escrito sus propuestas de aspectos a
evaluar al Secretario Técnico del Subcomité. |
24-Sep-2011 |
El primer reto que
tendrá el Subcomité 2 será el ponerse de acuerdo en los
parámetros e indicadores de evaluación del desempeño de la
NOM012. Los puntos a resolver serán si con la redacción actual y
la implementación en tres años, la NOM ha cumplido su función de
mejorar la seguridad carretera, cuidar la infraestructura
carretera y mejorar la competitividad. |
24-Sep-2011 |
|
Otro trailer volcado y ahora el
segundo remolque de un full. ¿Cumplía con la NOM012? NO:
1.- La NOM dice que las cámaras de freno deben ser dobles en los
remolques y en la foto se aprecia que son sencillas.
2.- Se observa que el dolly no está equipado con cadenas de
seguridad, algo previsto por la NOM.
3.- Al ser una configuración con dolly "A" el vehículo es más
inestable cuando se realizan maniobras de cambio de carril. Para
una configuración de este tipo es más seguro un dolly "H". Al
cambiar de carril súbitamente en un full con dolly "A" se tiene
como consecuencia un efecto látigo en el remolque trasero y su
alta posibilidad de volcadura.
Y debe haber otros puntos que no cumple pero la foto no da más
información.
¿Llegará el día en que la SCT emita especificaciones claras que
deban cumplir estas configuraciones vehiculares para que
transiten de forma segura?
¿Emitirán algún día los congresistas una ley que establezca a la
autoridad responsable dentro del Gobierno Federal responsable de
emitir las regulaciones de seguridad que deben cumplir los
vehículos? |
23-Sep-2011 |
Las cúpulas
industriales relacionadas con el transporte buscan conciliar
intereses en cuanto a las especificaciones de la NOM012.
Coinciden en que la evaluación de la NOM debe llevarse a cabo
por expertos que puedan emitir una opinión certera y creíble
sobre las especificaciones que son más convenientes para México. |
20-Sep-2011 |
El CCNN-TT en su
reunión de hoy instruyó al Subcomité 2 de Especificaciones de
Vehículos que de inicio al proceso de evaluación de la NOM012.
El titular del Subcomité expresó que lo hará en la próxima
reunión, existiendo la posibilidad de que para ello convoque a
una reunión extraordinaria del Subcomité, pues la ordinaria es
hasta el mes de octubre. |
13-Sep-2011 |
En la reunión del Grupo de
Trabajo del Subcomité 2 se comenta que una vez publicado en el
DOF el Suplemento del PNN, se convocará a los interesados a
participar en la evaluación de la NOM012. |
13-Sep-2011 |
Se publica en el Diario Oficial
de la Federación el
Suplemento al Programa Nacional de Normalización 2011, en el
cual se incluye como tema la "Modificación de la NOM-012 ..." |
12-Sep-2011 |
El Presidente de CANACAR
publica en T21 "CANACAR
quiere debatir con ANTP sobre NOM012". Es una pena que los
organismos privados agrupados en la CONCAMIN no puedan conciliar
sus intereses al interior del organismo, y busquen protagonismos
que dañan a la credibilidad de los mismos. Los comentarios
vertidos a esta noticia son ilustrativos de las diferentes
posturas. |
26-Ago-2011 |
CONATRAM publica en
Milenio Diario que la NOM sea más flexible. Menciona que "no
hay transportista en México que cumpla con esta Ley"; una
declaración muy temeraria. |
18-Ago-2011 |
En la reunión de la Comisión
Nacional de Normalización la CANACERO cede el uso de la palabra
a la ANTP para que exponga sus razones para solicitar el que la
NOM012 no sea incluida en el Suplemento del PNN. Diversas
agrupaciones y dependencias se manifiestan; se realiza la
votación por parte de las dependencias con derecho a voto en la reunión
resultando un resultado de 6 votos a favor de incluirla y una
abstención, la de la Secretaría de Economía. |
16-Ago-2011 |
La Comisión de Transportes de
la Cámara de Diputados se
reúne con los diversos grupos de transportistas para evaluar
la iniciativa del Dip. Samuel Herrera Chávez (PRD-Zacatecas) que
añade el artículo 50 bis y reforma el artículo 74 de la Ley de
Caminos, puentes y Autotransporte federal, las cuales pretenden
limitar el tránsito en las carreteras a diversas configuraciones
vehiculares. Consideramos que la limitación pretendida no es un
aspecto de deba quedar plasmado en la Ley, sino que es asunto de
la NOM012. |
13-Ago-2011 |
Salvador Saavedra envía a
Miguel Elizalde un
correo electrónico invitando al CCNN-TT a evaluar las causas
del accidente de un trailer de Transportes Bonampak en
Aramberri, NL, dando enfoque a la observancia de la NOM012.
Miguel Elizalde
responde el día 15 indicando que la evaluación podrá
realizarse una vez seda incluida la NOM012 en el Suplemento del
PNN. |
09-Ago-2011 |
Cumpliendo con lo acordado en
la reunión del CT del CNN, CANACINTRA envía su
carta en la que establece la postura de la Cámara respecto
de la "modificación" de la NOM012; así mismo, el día 10 ANTP
circula entre las Cámaras y Asociaciones industriales
participantes del CNN su
postura. |
04-Ago-2011 |
Se celebra la reunión del
Consejo Técnico de la Comisión Nacional de Normalización.
CANACERO toma la palabra para manifestar sus razones para que el
tema de "modificación de la NOM012" no sea incluido en el
Suplemento del PNN. A esta postura se suman la CANACINTRA, la
ANTAD y la CNA como consta en el
informe del CT al CNN |
22-Jul-2011 |
ANTP da a conocer su postura
ante otras Cámaras y Asociaciones sobre su postura respecto de
la modificación propuesta por la SCT, mediante un
comunicado. |
28-Jun-2011 |
En la reunión del Comité
Consultivo Nacional de Normalización de Transporte terrestre (CCNN-TT)
se aprueba con votación dividida de 20 a favor y 6 en contra,
entre ellos la SSP Federal que se incluya en el Suplemento del
PNN la "modificación de la NOM012". Se sustenta como razón para
incluirla lo establecido en el artículo 3 transitorio de la NOM. |
22-Jun-2011 |
En la reunión del Subcomité 2
de Normas de Vehículos del CCNN-TT, se aprueba con votación
dividida el que la NOM012 sea propuesta a ser incluida en el
Suplemento del PNN para ser revisada por solicitud de la CANACAR
para aumentar la longitud máxima de las configuraciones TSR para
permitir hasta 31.80 m de longitud; así como para iniciar los
trabajos de evaluación. |
16-Jun-2011 |
Minuta de la Reunión entre la AMOTAC y la SCT en la que se
establece como acuerdo "iniciar reuniones de trabajo ...a fin de
identificar las propuestas concretas de modificación de la Norma
..." |
13-Jun-2011 |
Salvador Saavedra envía a
Miguel Elizalde una
propuesta de condiciones a evaluar de la NOM-012 |
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