Tecnología para el Transporte SALS, S.A. de C.V.

 

NOM-012-SCT2-2014

Sobre el Peso y las Dimensiones máximas con las que pueden circular las vehículos de autotransporte que transitan en las vías generales de comunicación de jurisdicción federal.

A continuación presentamos el registro de los acontecimientos referentes a esta NOM, así como lo destacado de los procesos de estudio. La bitácora incluye el proceso de evaluación / revisión que tuvo esta importante NOM en su revisión de 2017 a partir de la vigente en 2014.

Las razones para el inicio de la revisipon de esta NOM parten de las discusiones y presentaciones realizadas en el Foro que sobre Pesos y dimensiones sucedió en el Senado de la Repuública el día 26 de octubre de 2016. Las incidencias, comentarios, resultados y acciones resultantes pueden ser consultadas dando click aquí.

FECHA

ACONTECIMIENTO / ACUERDO

26-Dic-17 Feliz Navidad, hemos recibido regalo de Santa Claus. La NOM-012-SCT-2-2017 ha sido publicada el día de hoy en el DOF. Interesante de notar, además de los cambios que en su oportunidad se comentaron en esta bitácora,´son los tiempos de trada en vigor de las especificaciones de la NOM, como sigue:
  • En general la NOM entra en vigor 60 días naturales después de su publicación, es decir hay que cumplirla a partir del 25 de febrero, excepto las siguientes especificaciones:
  • La SCT tiene hasta 30 días después para publicar los lineamientos para los emitir las autorizaciones de tránsito para los fulles.
  • Los permisionarios tendrán después hasta 90 días para tramitar las anteriores autorizaciones.
  • La SCT tiene 60 días a partir de la entrada en vigencia para publicar los lineamientos sobre información, forma de reporte  y otros relacionados con los sistemas GPS que deberán portar las configuraciones de doble semirremolque.
  • Las especificaicones de seguridad aplicables a las configuraciones de Autobús, Camión Unitario, Camión - Remolque y Tractocamión - Semirremolque aplicarán para los vehículos que entren al servicio público federal el 1 de enero de 2019, independientemente de su fecha de fabricación.
  • Los autobuses, camiones unitarios y configuraciones de tractocamión articulado y doblemente articulado, que ingresen al autotransporte federal o transporte privado a partir del primero de enero de 2019, deberán contar con luces de tránsito diurno de acuerdo con la NMX-D-233-IMNC-2016.

También digno de mencionar, y algo que no estuvo incluido en el proyecto de NOM son los apéndices A y B en los que se detallan los lineamientos de verificación para las especificaciones de seguridad, GPS y de tránsito.

24-Nov-17 El día de hoy se han publicado en el DOF las respuestas a comentarios al proyecto de NOM. Las respuestas pueden ser consultadas aquí. Tomando en cuenta esta fecha, la NOM pudiera ser publicada a partir del día 9 de diciembre, por lo que su entrada en vigor sería a partir del 9 de febrero.
02-Oct-17 En la reunión del CCNN-TT crelebrada en la DGAF se aprueban por mayoría de votos, en la mayoría votaciones divididas, las respuestas a los comentarios a la NOM, así como la redacción a la NOM-012-SCT-2-2017. La reunión tuvo una duración de arededor de 4 horas. La reunión inición con un minuto de silencio en recuerdo de las víctimas del temblor del 19 de septiembre. Los documentos que púeden ser consultados podrán tener modificaciones de redacción legal al ser publicados en el DOF.
18-Sep-17 Del 18 al 27 de septiembre (inluido el 19 a la hora del temblor) se realizaron reuniones del subcomité 2 para revisar los comentarios enviados a la SCT respecto del proyecto de NOM, y acordar las propuestas de respuestas a presentar ante el CCNN-TT para su aprobación.
30-Jul-17 CANACINTRA envía comentarios y solicitud de modificación de redacción al proyecto de modificación de la NOM012. El escrito puede consultarse aquí. Las modificaciones solicitadas fueron comentadas verbalmente con diferentes representantes de empresas relacionadas con la industria del transporte. Cabe resaltar que pocas opiniones fueron recibidas en este portal.

De interés es que al día de hoy han sido presentados 8 escritos con comentarios ante la Comisión de Mejora Regulatoria resaltando por su interés los presentados por la ANPACT, la CONATRAM, la UPAC, la AMIC y la AMANAC. No todos los comentarios que se presentan ante la SCT de acuerdo con la convocatoria a comentarios en el DOF se presentan ante la COFEMER por lo que debe haber comentarios que conoceremos hasta que se reuna el Subcomité 2 para presentarlos e iniciar el proceso de preparación de las respuestas a los comentarios.

7-Jun-17 Publicación en en DOF del proyecto de modificación de la NOM. LA fecha límite para enviar comentarios es el 5 de agosto.
18-May-17 El proyecto es subido al portal de la COFEMER para recibir comentarios de las personas interesadas. El proyecto puede ser consultado en la siguiente liga http://www.cofemersimir.gob.mx/expedientes/20246

Considerando la dificultad del análisis de una NOM tan extensa como ésta, es posible consultar y descargar una tabla comparativa de la NOM actual y los cambios que propone el proyecto de modificación dando clik aquí.

Estamos a la espera de la publicación del proyecto en el DOF para conocer la fecha límite para la presentación de comentarios.

12-May-17 Se lleva a cabo la reunión extraordinaria del CCNN-TT para la revisión, discusión y aprobación del anteproyecto de modificación de la NOM. El proyecto de NOM es aprobado con cambios menores a lo aprobado en el Subcomité, como lo es el tratamiento a los vehículos con suspensión mecánica y la aplicación de la NOM a vehículos con placas de traslado.
9-May-17 Se lleva a cabo reunión de revisión de los comentarios de las diferentes Cámaras y Asociaciones. Participan en la reunión CANACINTRA, CANACAR, ANPACT, ANTP, CONCAMIN, CAINTRA, CONATRAM, ANIQ y AMDA, así como la SCT, el IMT y la Policía Federal.

Maratónica reunión de las 11:00 hrs a las 20:15 hrs en la que se discutieron diferentes aspectos de las propuestas y comentarios resaltando las siguientes:

  • La industria no está de acuerdo en la frase que hace alusión a limitar el tránsito de cualquier configuración vehicular expresamente en la NOM, por lo que se acuerda la redacción del punto 5.2.12 como sigue: "La Secretaría definirá y publicará en su caso en el Diario Oficial de la Federación, las medidas de seguridad para la circulación, que habrán de observar los permisionarios del servicio público federal de pasaje, carga o Turismo y transporte privado, en las carreteras de jurisdicción federal en los días de mayor afluencia vehicular, dentro de los periodos vacacionales y días de descanso obligatorio previamente determinados por la autoridad correspondiente."
  •  CONCAMIN solicita se agregue una definición para ruta / camino alterno, de tal forma que la autoridad esté limitada en cuanto a los caminos que puede argumentar existen para evitar otorgar permisos de conectividad, no obstante que esas rutas alternas puede implicar incrementos en la distancia a recorrer superior al 100%. La solicitud no es aceptada.
  • Se acepta eliminar la definición de suspensión pues es limitativa.
  • Queda abierta la propuesta de poder transitar jalando solo un dolly.
  • Las propuestas de ANTP de solicitar especificaciones de seguridad a todos los vehículos es aceptada para los que no están normalizados. Las especificaciones de seguridad serán obligatorias para los vehículos que ingresen al autotransporte feeral con año modelo 2019.
  • Se acuerda que el tiempo máximo para obtener los permisos de conectividad para los vehículos en circulación hoy día será de 90 días posteriores a que la DGAF emita los lineamientos para realizar el trámite.
  • Se adiciona a los vehículos especiales los que transportan vehículos nuevos, creándose para ello el nuemral 6.5.3.5 y subsecuentes. Para estas configuraciones se autorizan las CR con semirremolque de hasta 48' excluyendo la longitud de la lanza fija.
  • La SCT acepta que se redacte la obligación de publicar las autorizaciones de conectividad, de tal forma que sirvan para simplificar los trámites de autorizaciones futuras en condiciones similares.

Alrededor de las 00:40 del día siguiente recibimos el proyecto de norma con la mayoria de los acuerdos plasmados en ella, el cual se puede consultar aquí. El proyecto ha de ser aprobado por el CCNN-TT en fecha próxima para que junto con si MIR sea enviado a consulta pública tanto a la COFEMER como al DOF.

De resaltar es que, en abono a la seguridad de tránsito de las configuraciones doblemente articuladas, comúnmente conocidas como "fulles", solo se permitirá que en esas configuraciones se utilicen convertidores y semirremolques cumpliendo con la NOM-035-SCT-2-2010 o la que la sustituya.

7-May-17 De la revisión de los acurdos tomados en el día 4 de mayo encontramos que no todas las propuestas de la CANACINTRA fueron incluidas en el documento resumen de la SCT, así como alguinas inconsistencias en algunos de los acuerdos tomados, como el considerar como convertidor a la quinta rueda baja.

Se envió correo electróncio a la SCT, así como la tabla de modificaciones con los comentarios expresados, el cual se puede consultar aqui.

4-May-17 Se lleva a cabo reunión de revisión de los comentarios de las diferentes Cámaras y Asociaciones. Participan en la reunión CANACAR, ANPACT, ANTP, CONCAMIN, CAINTRA, CONATRAM, ANIQ y AMDA.

Se disctutueron las diferentes propuestas en el documento que circuló la SCT el cual puede ser consultado aqui.

Las modificaciones propuestas se muestran resaltadas en amarillo. Las que han sido acordadas se muestran con la tipografía en color negro; las que aún están pendientes por acordar se encuentran en color rojo.

Se continuará con la revisión de las propuestas el martes 9 de mayo.

26-Abr-17 A la reunión asisten los represntantes de la SCT, Policía Federal, CANACINTRA, CANACAR, ANPACT, ANTP, CONCAMIN, CAINTRA, CONATRAM, ANIQ e IMT

La SCT comenta que ha recibido comentarios a las propuestas de modificación enviadas de CANACINTRA, CONCAMIN, CANIMOLT, ANTP, Servicios Técnicos.

Se revisan parcialmente los comentarios presentados por CANACINTRA.

  • La mayoría en favor de que los semirremolques que se utilicen en fulles cumplan con las espeficicaciones de seguridad que se prescriben en la NOM-035, pidiendo tiempo para adaptar a los de fecha de fabricación anterior a diciembre de 2010.
  • La mayoría a favor de adicionar a la NOM las configuraciones Camión - Semirremolque, que incluye a todas las configuraciones de vehículos ligeros así como las madrinas con quinta rueda baja. La propuesta se enviará a Servicios Técnicos para que revisen las propuestas de pesos y de dimensiones.
  • Hay opiniones encontradas sobre la propuesta de redacción al párrafo 6.1.1.1.2, al cual se ha agregado la frase "ni tampoco exceda la capacidad de diseño del (los) eje(s) (CDE) especificada por el fabricante." al hablar del peso permitido por eje.
  • Más que los comentarios emitidos a las especificaciones de los dispositivos de seguridad para transitar con permiso de conectividad, los representatres de la CANACAR expresaron sus preocupación por la adición de los mismos, especialmente por el requeirimiento de carro piloto. En este punto se prolongó la reunión tanto que no se pudo avanzar más en conocer los comentarios de otras organizaciones

Ante diferentes posturas a favor y en contra de lo presentado se acuerdó que la SCT enviará los comentarios recibidos agrupados en una tabla general con una columna para comentarios.

Se acordó que a más tardar se emitirían comentarios a los comentarios recibidos, de tal forma que se puedan empezar a tomar acuerdos en la siguiente reunión programada para el 11 de mayo.

25-Abr-17 Se envían los comentarios de CANACINTRA a la propuesta del 18 de abril, los cuales pueden consultarse aquí,
21-Abr-17 Se envían los comentarios de CANACINTRA a la propuesta del 9 de marzo, los cuales pueden consultarse aquí,
18-Abr-17 Segunda reunión.

A la reunión asisten los represntantes de la SCT, Policía Federal, CANACINTRA, CANACAR, ANPACT, AMDA, ANTP, CONCAMIN, CAINTRA, CONATRAM, ANIQ.

La SCT presenta un seguindo paquete de modificaciones a la NOM los cuales tienen que ver con:

  • Modificación de los requerimientos y condiciones de los permisos de conectividad, en un afán de hacerlos más transparentes y sencillos para presentar y dictaminar.
  • Inclusión de "calendario" de fechas en las que se limita el tránsito de configuraciones doblemente articuladas, siendo en principio las de inicio y fin de vacaciones de acuerdo con el calendarios de la SEP, así como el inicio y fion de "puentes" de acuerdo con lo que establece la SCT. Se preve que al inicio de cada año la SCT publique los días en que se limitará la circulación de las configuraciones mencionadas.
  • Inclusión de los dispositivos de seguridad que se requieren para el tránsito de las diferentes configuraciones vehículares por los tramos de conectividad.

La CONATRAM nanifiesta su oposición a que las configuraciones doblemente articuladas transiten bajo cualquier circunstancia en caminos tipo C y D, a lo que la SCT le aclara que en la NOM actual el tránsito por esas vías ya está permitido en los permisos de conectividad para entrar o para salir de zonas de producción o de distribución, por lo que no se está haciendo más laza la NOM, sino solo facilitando administrativamente.

CONCAMIN presenta una serie de comentarios al proyecto entre ellos:

  • Tiempo de 6 a 18 meses para actualizar los vehículos para que cumplan con los requisitos de seguridad que se plantean. La SCT no lo ve con buenos ojos. Plantea que quien quiera seguir transitando en full deberá hacerlo bajo las nueva sreglas.
  • Exceso de ancho para permitir el tránsito de las plataformas con sistema de enlonado rodante.
  • Que se permitan los permisos de conectividad a instalaciones del permisionario.
  • Que se indique el plazo para registrar los convrtidores.

Se urge a los participantes a enviar sus comentarios por escrito dando como fechas límite el 21 de abril para las modificaciones que se dieron a conocer el 9 de marzo y el 25 de abril para las modificaciones presentadas el día de hoy..

Aquí se puede consultar la minuta.

09-Mar-17 Primera reunión para iniciar el proyecto de revisión de la NOM que se realiza en la DGAF, dentro del Subcomité 2 del CCNN-TT.

A la reunión asisten los represntantes de la SCT, Policía Federal, CANACINTRA, CANACAR, ANPACT, ANTP, CONATRAM, ANFDOIV, ANIQ, CANAPAT e IPN-CIITEC.

Los conceptos básicos de la revisión de la NOM están basados en requerimietnos adicionales para las configuraciones doblemente articuladas. Para esas configuraciones se plantean la revisión sobre las siguientes bases:

  • Únicamente podrán circular en caminos Tipo "ET" y "A", previa autorización expresa emitida por la Secretaría.

  • Deberán estar equipadas con Sistema de Posicionamiento Global (GPS, por sus siglas en inglés), debiéndose prever remitir aquella información que genere el GPS, a un Sistema Centralizado que para el efecto desarrolle la Secretaría.

  • El tractocamión de estas configuraciones deberá contar con freno auxiliar de motor o retardador o freno libre de fricción, así como ser gobernado en su velocidad, a través de la computadora del vehículo, a efecto de que se restrinja su velocidad hasta un máximo de 80 km/hr.

  • La SCT sólo autorizará la circulación de configuraciones doblemente articuladas, que cuenten con convertidor o sistema de acoplamiento que cumplan con las especificaciones técnicas y de seguridad que establecen en la Norma Oficial Mexicana NOM-035.

Se resaltó que la continuidad del tractocamión doblemente articulado no depende del Subcomité No. 2, sino de las disposiciones contenidas en la Ley, por lo que solicitó enfocarse en la revisión de los aspectos técnicos de la NOM.

Se presentó un proyecto de revisión inicial el cual puede ser consultado aquí, así como la minuta de la reunión.

 

NOM-012-SCT2-2008

Sobre el Peso y las Dimensiones máximas con las que pueden circular las vehículos de autotransporte que transitan en las vías generales de comunicación de jurisdicción federal.

El artículo 3 Transitorio de la NOM establece: "En un plazo de 3 años a partir de su entrada en vigor, se deberán realizar los estudios para evaluar esta Norma Oficial Mexicana, incluyendo sus artículos transitorios, por parte de Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Terrestre, con miras a su revisión quinquenal."

La fecha de entrada en vigor de acuerdo con el artículo 1 transitorio fue el día 13 de Enero de 2015,por lo que ls estudios deberán estar listos durante el primer semestre de 2018.

Consulte la NOM dando un click a la siguiente liga:

NOM-012-SCT-2-2014, Sobre el peso y dimensiones máximas con los que pueden circular los vehículos de autotransporte que transitan en las vías generales de comunicación de jurisdicción federal

A continuación presentamos el registro de los acontecimientos referentes a esta NOM, así como lo destacado de los procesos de estudio. La bitácora incluye el proceso de evaluación / revisión que tuvo esta importante NOM en su revisión de 2014 a partir de la vigente en 2008:

FECHA

ACONTECIMIENTO / ACUERDO

04-Feb-15 Hoy se realiza la primera reunión del Grupo de trabajo para la evaluación y seguimiento de la NOM012, reunión que consistió en el establecimiento de las reglas de operación del Comité, la presentación y acuerdo sobre la constitución de grupos de trabajo y el nombramiento de representantes por parte de las diferentes organizaciones asistentes para atender a los grupos de trabajo y al Comité.

 Entre las reglas importantes de Comité es que las decisiones se tomarán por mayoría (no por consenso), con voto de calidad del Presidente (la Subsecretaria de Transportes). Se forman 8 subgrupos de trabajo, los cuales sesionarán cada dos meses (4 subgrupos cada mes de acuerdo al calendario) como sigue:

 1.- Control de peso máximo

2.- Actualización del marco jurídico

3.- Configuraciones vehiculares

4.- Sistemas de información

5.- Transporte de materiales y substancias peligrosas

6.- Reclasificacion de carreteras

7.- Renovación del parque vehicular

8.- Seguridad vial

Un mayor detalle sobre el alcance de los subgrupos se encuentra aquí.

23-Ene-15 La SCT nos ha compartido un documento sobre la interpretación que han de hacer los inspectores en carretera para la aplicación de la NOM012, documento que pueden consultar aquí.
14-Ene-15 El día de hoy la SCT dio a conocer a las cámaras y asociaciones relacionadas con el transportes una circular en la que indica a sus órganos de supervisión los procedimientos que han de seguir para verificar el cumplimiento de la NOM012. Es conveniente leer a detalle el documento pues de lo contrario quien transporta se puede ver expuesto a ser multado; sirve también para defenderse en caso de que el funcionario no siga los lineamientos que ahí se indican. También hoy la SCT comunica los procedimientos para la solicitud de permisos de conectividad para entrar y/o salir de plantas productivas o centros de distribución, así como los de conectividad entre tramos carreteros. Interesante observar que para las plantas ni la distancia ni el tipo de carretera tienen restricción, aunque sí el equipo requerido, en tanto que entre tramos carrteros están limitados a 50 km y solo a carreteras tipo "B". Para la plicación de las luces requeridas ugerimos conactar a nuestro experto en el tema mediante correo electrónico a salvador@ttsals.com para hacerle una propuesta a la medida.
13-Ene-15 Hoy entra en vigor la NOM-012-SCT-2-2014. Ojo con transitar en Full en carreteras "B".
12-Ene-15 El día de hoy se ha frmado el ACUERDO DE ENTENDIMIENTO DE CONSTITUCIÓN DEL GRUPO DE TRABAJO PARA LA EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO Y SEGUIMIENTO DE LA NORMA OFICIAL MEXICANA, DENOMINADA NOM-012-SCT-2-2014, SOBRE EL PESO Y DIMENSIONES MÁXIMAS CON LOS QUE PUEDEN CIRCULAR LOS VEHÍCULOS DE AUTOTRANSPORTE QUE TRANSITAN EN LAS VÍAS GENERALES DE COMUNICACIÓN DE JURISDICCIÓN FEDERAL, con lo que se da cumplimiento anticipado a uno de los artículos transitorios de la NOM012 que entra en vigor el día de mañana.
23-Dic-14 Hoy se publica en la COFEMER para consulta pública el aviso cor el cual se clasifican una gran cantidad de carreteras en el país. Los comentarios a la reclasificación se pueden hacer mediante un correo electrónico a cofemer@cofemer.gob.mx referenciando el expediente 10/0698/231214. El proyecto lo pueden conocer haciendo click aquí.
14-Nov-14 Me fui con la finta del viaje a China por lo que el día de hoy se publica en el DOF la versión 2014 de la NOM012. No obstante que al final de la sesión, la SCT aceptó tener una reunión con los organismos empresariales para darle una revisión final y evitar que se publicara con errores, la autoridad ha hecho caso omiso de las observaciones que se plantearon por lo que se publicó con errores garrafales como el indicar en la Tabla A-2 que se permite transmitir al piso 26.5 ton a través de tres ejes locos cuando son instalados en un CAMIÓN, cuando la misma NOM no permite la circulación de camiones con tres ejes locos. Ya la releeremos con calma para detectar otros errores y solicitar formalmente su corrección.
7-Nov-14 En la sesión ordinaria del CCNN-TT se informó que la NOM012 se encuentra en el jurídico de la SCT en revisión previa a su envío al DOF. Se espera que eso suceda en un par de semanas pues el nuevo director de la DGAF, Adrián del Mazo Maza, participará en el gira por China con el Presidente Enrique Peña, por lo que podrá firmarla a su regreso.
17-Oct-14 Se publican en el diario oficial las respuestas a los comentarios las cuales se pueden consultar aquí. Tomando en cuenta esta fecha la NOM definitiva se podrá publicar a partir del 3 de noviembre.
24-Sep-14 En sesión de CCNN-TT se aprueba la publicación de las respuestas a los comentarios en el DOF. De igual forma se aprueba la NOM que será publicada en el DOF transcurridos al menos 15 días de la publicación de las respuestas. En el documento Comparativo NOM012 definitiva pueden leer en la tercera columna la redacción casi definitiva de la NOM, la cual sufrió leves cambios tomando en cuenta los mínimos acuerdos de la sesión, cuya acta pueden consultar aquí.
18 al 22-Sep-14 Sesiona el Subcomité 2 de especificaciones de vehículos para plantear las respuestas que la SCT dará a los comentarios emitidos al proyecto de NOM012 que se publicó en junio. En general las organizaciones empresariales se mostraron en desacuerdo con las respuestas planteadas por la SCT quedando así asentado en el Acta que para tal efecto se levantó. Al no haber consenso, los puntos no acordados serán llevados a la sesión extraordinaria del CCNN-TT que para tal efecto ha sido convocada para el día 24, donde las decisiones se toman por mayoría de las organizaciones y organismos públicos representados. Se prevé que nuevamente se mayoritee a la industria y por tanto se publique lo que a la SCT se le de la gana.
21-Ago-14 Al día de hoy sabemos de reuniones que los principales afectados han tenido con el Director General de la DGAF y con el Subsecretario de Transportes buscando convencerlos de sus comentarios y propuestas, mas de buena fuente sabemos que la autoridad está empecinada en publicar el bodrio de proyecto que envió, por lo que se dedica a batear a diestra y siniestra. Da la impresión de que sus compromisos políticos con los hombres camión los tienen atados de manos.

Es una pena que la SCT haya decidido tomar el camino fácil de dar más peso a las configuraciones vehiculares C y TS y al quitar las tablas de diferenciados les permite tembipen mayor velocidad cargados a peso máximo. Lo que esas prganizaciones buscan es ser más competitivas y la SCT debió de encontrar la forma de apoyarlos pero no a acosta de la seguridad en las carreteras sino en una forma tal que los apoyara para ser más productivos y competitivos.

10-Ago-14 El plazo ha vencido el día de hoy para enviar comentarios a la SCT. A la cofemer llegaron 123 comentarios a la NOM, la mayoría de ellos indicando por diversos motivos que la revisión plantea condiciones de tránsito menos seguras que las que establece la NOM vigente, es decir, con esta norma vamos como los cangrejos, para atrás. La CANACINTRA emitió diversos comentarios los cuales se publicaron en el sitio los días 26 de junio, 30 de junio, 30 de junio, y 5 de agosto. Nosotros enviamos nuestros comentarios el día 8 de julio cuestionando el que se publique este nuevo proyecto en tanto que no encjntramos razones fuundadas para ello. Interesante fue leer los comentarios que envió el 12 de agosto uno de los integrantes del Panel de Expertos, que muestra que el documento sobre el que la SCT basa sus motvos para modificar la NOM no son los acordados por ese honorable Panel. La CONCAMIN también presentó sus comentarios en la fecha límite que se estableció en el DOF

Ahora la SCT ha de analizar todos los comentarios y dar respuesta uno a uno, indicando si lo acepta o nó e indicando el por qué. Ya leeremos sus respuestas.

15-Jul-14 El día de hoy ha publicado la COFEMER su dictamen total no final a la MIR. Ahora la SCT ha de contestar a todos los cuestionamientos presentados en 111 páginas. No hay fecha límite para dar respuesta, sin embargo no puede proseguir su proceso regulatorio, es decir dar respuesta a los comentarios del DOF y publicar la NOM en tanto no de respuesta al difctamen de la COFEMER y obtenga el dictamen final total.

Desde nuestro punto de vista al documento no presenta novedades ni cuestionamientos críticos por lo que no se ve obstáculo para que la SCT lo responda sin dilación.

11-Jun-14 Hoy se ha publicado en el DOFel Preoyecto de NOM-012-SCT-2-2014 para su consulta pública por 60 días naturales. Los comentarios han de enviarse a la SCT al correo consulta.nom012@sct.gob.mx sugerimos que todos los comentarios enviados a esa dirección también sean enviados a la dirección de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, cofemer@cofemer.gob.mx de tal forma que sean del conocimiento público.
03-Jun-14 Hemos empezado con el análisis de la Manifestación de Impacto Regulatorio que ha subido la SCT a la página de la COFEMER. En el documento anexo presentamos nuestras opiniones en color rojo respecto de los argumentos que presenta la SCT en cuanto a la definición del problema y objetivos generales de la regulación. El análisis lo estaremos realizando para evaluar el impacto que tendrá el proyecto de NOM en cuanto a la seguridad vial en las carreteras, el cuidado de la infraestructura, la afectación al medio ambiente y la competitividad.

Mantenemos la postura que que la revisión de la NOM DEBE ser promotora de mejorar la seguridad vial respecto de la actual NOM; si esa condición no puder demostrarse es nuestro deber así manifestarlo, pues en un ambiente de inseguridad no es posible que las empresas seamos más productivas y por ende tener una país más competitivo.

La SCT entre otras cosas que las configuraciones sencillas se accidentan menos que las dobles y deja de lado la atención a las causas de los accidentes, por lo que abandona la búsqueda de soluciones para reducir los accdientes en carreteros, como el de esta pipa en sencillo ocurrido la semana pasada:

Agradezco de antemano los comentarios que nos envíen para poder enriquecer nuestro conocimiento y poder así presentar mejores propuestas.

Los detalles comparativos entre la NOM vigente y el anteproyecto plateado los encuentran dando click aquí.

02-Jun-14 El CCNN-TT fue presidido en un inicio por el Subsecretario Almada en calidad de Presidnete del Comité. En sus palabras iniciales leyó el Comunicado 297 sobre las conclusiones del Panel de Expertos que revisaron? la NOM012, mismo documento que la sesión extraordinaria del CCNN-TT del 31 de enero nos comento Federico Domínguez, Director Generl de la DGAF que no era el bueno, ya que el bueno es el de 22 recomendaciones que se incluyó en la carpeta de las organizaciones participantes del proceso. Al final de su exposición pidió a los asistentes aprobar el anteproyecto que presentaría el Secretario Técnico.

La sesión se dividió en la presentación de reservas en lo particular, aprobación del anteproyecto en lo general, revisión y votación de reservas y acuerdos.

Presentaron puntos a reservas la CONATRAM (todo lo que se refiere a fulles), CANAPAT (lo referente a bitácora de horas de servicio y peso adicional de autobuses), ANTP (tablas A y B).

Al inicio de la discusión sobre la aprobación en lo general expresé como CANACINTRA nuestro desacuerdo con el proceso a través del discurso anexo. Manifestaron sus reservas generales también solicitando tiempo para analizar el anteproyecto y consultarlo con sus afiliados la ANTP, CONCAMIN y CANACAR. La SCT responde que no nos dará más tiempo para la consulta previendo que habrá suficiente tiempo durante la consulta púiblica del proyecto. Se vota el anteproyecto en lo general aprobándose por mayoría de 18 votos a favor, 4 en contra y 6 abstenciones.

En lo general se votan punto por punto los numerales reservados, teniendo la oportunidad de exponer los razonamientos quien pidió la reserva. Se aprueban por mayoría las reservas solicitadas por la CANAPAT, pero se rechazan por mayoría las solicitadas por CONATRAM y ANTP en votaciones generalmente de 16 votos a favor, 1 o 2 en contra y 10 a 11 abstenciones. CANACINTRA se abstiene ya que no se tuvo tiempo de consulta a los afiliados.

Se concluye con un documento de correcciones al anteproyecto.

Se solicita a los afiliados de la CANACINTRA y a otros interesados en el tema que revisen los documentos que se comparten en este sitio, así como la MIR que se encuentra para consulta en la COFEMER (http://207.248.177.30/regulaciones/scd_expediente_3.asp?ID=10/0680/020614) para en base a ellos fijar la ostura de la Cámara.

30-May-14 Recibimos la invitación a articipar en la reunión extraordinaria del CCNN-TT el próximo 2 de junio en el que se pretende aprobar el anteproyecto de NOM y enviarlo al DOF para su consulta pública. Comparto el documento recibido esperando recibir comentarios.
29-May-14 Primera reunión del Subcomité 2, a la cual somos convocados con 2 días de anticipación, con el objetivo de conocer el anteproyecto de NOM-012 que ha preparado la DGAF. La presentación consiste en comparar lo que actualmente incluye la NOM vs lo que se propone en el anteproyecto. Los cambios sustanciales son:
  • Modificación de las tablas de pesos máximos por eje. Ahora el peso máximo por eje depende de la configuración vehicular en que se monte. Sin un eje se monta en un camión, en un semirremolque que arrastra sencillo le permiten más peso que si se monta en una configuración doblemente articulada. Por arte de magia la carretera dirá tú que eres camión me dañas menos aunque peses más que tú full. Habrase visto tal ridiculez.
  • Modificación de las tablas máximas de peso bruto vehicular permisible para diferentes combinaciones tomando en cuenta los cambios en pesos permitidos por eje. Lo absurdo de este cambio es que se permite más peso por eje que la capacidad declarada por el fabricante de la mayoría de los vehículos que se comercializan en México y más que todos los que se importan usados a México. Ahora sí, el SOBREPESO es legal pues se permite cargar más de la capacidad de diseño de los ejes. La OBESIDAD llegó a los camiones legalmente.
  • Se eliminan los requisitos para acceder a lso pesos adicionales a las configuraciones C y TS, dejándose los mismos para los TSS y TSR
  • Se elimina la posibilidad de tránsito a las configuraciones vehiculares TSS y TSR de los caminos tipo B, sin embargo se mantiene la posibilidad de tránsito en esas carreteras de las configuraciones CR en longitud de 28.50 m y TS en longitud de 20.80 m
  • Se restringen los permisos de conectividad a tan solo 50 km

En resumen, desde nuestro punto de vista el anteproyecto de NOM hará que las carreteras de México sean menos seguras que con la actual NOM. Viva el andar de los cangrejos.

30-Abr-14 Cantinfleando la SCT responde a la solicitud de la CANACINTRA de forma tan ambigua que solicito una reunión con la Diregtora General Adjunta de Normatividad de la DGAF, quiene me comenta que no hay mas respuesta pues el expediente del Panel es Secreto de Estado.

Lo más impactante es que me comenta que ni ella tiene acceso al expediente, por lo que el proyecto se construirá con lo que se interprete de las cortas frases.

18-Mar-14 Los organismos empresariales y la SCT han tenido una serie de reuniones respecto de este tema, pero no senitmos avance alguno por lo que CANACINTRA ha presentado una solicitud de aclaraciones respecto de las recomendaciones del Panel de Expertos, pues mucho de lo escrito está abierto a interpretaciones, lo que implica que las discusiones para la redacción de la nueva NOM se volverán eternas pues cada organización interpretará lo que mejor le convenga a sus socios.
31-Ene-14 En sesión extraordinaria del CCNN-TT se presenta ante las Cámaras y Asociaciones acreditadas la lista de las 22 recomendaciones para que sea conocida por auéllos que no participaron en las reuniones con el Panel de Expertos y que por tanto no recibieron copia con la carpeta de recomendaciones. La SCT dejó pasar casi dos meses para presentar esta información.

Aprovecha la reunión para "de pasadita" incluir en la presentación lo que considera la relación entre las recomendaciones y los ordenamientos implicados. No entrega copia de la presentación, ni solicita opinión, por lo que en general la información pasa desapercibida.

28-Ene-14 Un análisis de las 22 recomendaciones muestra que no todas aplican a la NOM-012, sino que la mayoría aplican a diversas leyes, reglamentos y normas. De reslatar es que las Cámaras y Asociaciones firmaron un acuerdo en el que aceptan las recomendaciones que emita el Panel de Expertos respecto de la NOM-012, mas en ningún momento se habla de las recomendaciones que pudiese emitir el Panel respecto de alguna otra regulación. Ya veremos.
6-Dic-13 La SCT da a conocer a través de los medios el comunicado 297 en el cual resume las recomendaciones del Panel de Expertos a la conclusión de sus actividades.

Simultáneamente hace entrega a las Cámaras y Asociaciones que participaron en el proceso una carpeta que continene tanto el comunicado 297 como 5 páginas con las 22 recomendaciones.

Por increible que parezca no hay coincidencia entre el comunicado y lo incluido en la carpeta, tomando en cuenta que el comunicado inluye 19 recomendaciones, la carpeta 22, pero en el comunicado se omiten 6 recomendaciones. Salta la duda, ¿cuál documento será el que la SCT utilice como documento de trabajo en la revisión de la NOM-012

5-Sep-13 La SCT y la SEGOB organizaron un Foro de Autotranspporte Federal, en la Secretaría de Gobernación, con el objetivo de que las cámaras y asociaciones relacionadas con el autotransporte expresaran lo que desde su punto de vista es necesario implementar para tener un autotransporte más seguro y más competitivo. La mecánica del foro es que cada ponente en 15 minutos presentara lo que sus representados requieren para lograr el objetivo planteado.

A este foro asistieron al menos las siguientes cámaras y asociaciones: CANACAR, CONATRAM, CANAPAT, CANACERO, CANACINTRA, AMOTAC, ANTP, ANIQ, ATCEVAC, CONACICA, CNC, UPAC, Transportistas de Yucatán, UNTRAC.

Por parte de las autoridades estuvieron la SEGOB, SCT (DGAF e IMT), SE (DGN) y SEMARNAT.

Todas las asociaciones y cámaras tomaron 15 minutos excepto la AMOTAC, quienes en diferentes grupos dispusieron de más de una hora. Esta asociación fue la única que hizo referencia a la revisión de la NOM-012, no obstante que todos hemos firmado un acuerdo en el que el tema sería dejado al Panel de Expertos. Sobre el tema hizo la presentación de un video en el que piden que el peso máximo de la carga en un semirremolque sea de 18 toneladas y que se prohíba la circulación de las configuraciones doblemente articuladas, video bien hecho pero sin sustentos técnicos ni económicos de beneficio para la seguridad y competitividad del país. De igual forma manifestaron que si la decisión del panel de expertos no se adecua a lo expresado en su video entonces emprenderán movilizaciones, no obstante haber firmado el acuerdo en el que aceptarían la decisión de Panel. Es triste ver en México grupos que recurren al daño a terceros para conseguir sus objetivos, así como es también triste ver que el modelo económico seguido por nuestro país relega cada vez más a aquéllos que intentan ganarse la vida mediante una actividad lícita pero que por el tamaño de su negocio no pueden acceder a la adquisición de equipos adecuados para la seguridad y competitividad en el mundo del transporte.

2-Sep-13 La ANTP en conjunto con empresas proveedoras de camiones y de componentes con tecnología de punta realizó ante el Panel de Expertos de la NOM012 una ronda de pruebas de desempeño de configuraciones vehiculares, así como una presentación de las tecnologías de punta para hacer seguro en tránsito de diferentes configuraciones vehiculares, incluidas las de doble semirremolque.

En los siguientes videos se pueden observar las pruebas realizadas:

  • Prueba de distancia de frenado. El objetivo fue el de demostrar que una configuración de doble semirremolque T3S2R4 pesando 80 ton frena en una distancia menor a una configuración sencilla T3S2 pesando 46.5 ton. El full de 80 ton frenó en 28 metros, en tanto que el sencillo frenó en 35 metros. Ambas configuraciones con el sistema de frenado que establece la NOM-035-SCT-2-2010 en los remolques y en el caso del full, también en el dolly. En las pruebas se incluyó un full pesando 80 toneladas con la instalación neumática del dolly sin cumplir con los requerimientos de la NOM-035-SCT-2-2010, observándose una frenado errático del dolly a grado tal que las llantas del eje trasero por momentos pierden contacto con el piso. De esta forma se muestra la importancia del cumplimiento de la mencionada NOM para garantizar la seguridad en la carretera. Ver video dando click http://www.youtube.com/watch?v=CCdNw6t5wvk .
  • Prueba de evasión. El objetivo fue el de mostrar el efecto que se produce en una configuración doblemente articulada al evadir un obstáculo en la carretera cambiando súbitamente de carril y regresando al carril de tránsito normal. Para realizar la prueba se simula un obstáculo del 80% del ancho del carril haciendo que el vehículo siga una trayectoria sinuosa en una longitud de 23 metros. La prueba se realiza con dos configuraciones vehiculares como sigue:
    • La primera configuración es un full con peso bruto vehicular cercano a las 80 toneladas cargado con estibas de cerveza, mostrado en el video como "Full de TKT", a la altura típica con que se transporta ese producto. La carga en ambos remolques es del mismo peso. En este full la unión entre ambos remolques es con un convertidor de doble lanza y con doble eje auto direccional, conocido como dolly "H" "inteligente".
    • La segunda configuración es un full con peso bruto vehicular cercano a las 66.5 toneladas cargado con estibas de cerveza a a misma altura que el full anterior, mostrado en el video como full de BIMBO", intercalando "jaulas" vacías para mantener la carga lo mejor distribuida a lo largo del remolque; por el menor peso de carga el centro de gravedad de esta configuración es menos alto que el de la configuración anterior. La carga en ambos remolques es del mismo peso. En este full la unión entre ambos remolques es con un convertidor de lanza sencilla, conocido como dolly "A".
  • El video de estas pruebas lo pueden ver dando click http://www.youtube.com/watch?v=LJuCJNCVt6Y Se demuestra el uso del convertidor de doble lanza es lo correcto para prevenir la volcadura del segundo remolque, por lo que se propone que este requerimiento sea incluido en la nueva NOM para las configuraciones T3S2R4.
  • Prueba de invasión de carril. El objetivo es el de demostrar que una configuración con remolque sencillo con la longitud máxima permitida genera una invasión de carril contrario en una curva mayor al que genera una configuración doblemente articulada igual a la longitud mayor permitida. Las pruebas se hicieron con una configuración sencilla con semirremolque de 53' y longitud de 21.50 m, una configuración doble con dos semirremolques de 40´ y longitud de 30.90 m con dolly "A" y una configuración doble con dos semirremolques de 37.5' y longitud total de 28.50 m. La prueba mostró que en la curva de prueba el full de 20.50 metros se mantuvo dentro del carril, el full de 31 metros sus llantas traseras invadieron el carril contrario 60 centímetros y el sencillo de 21.50 metros invadió el carril contrario 80 centímetros.

Los panelistas expresaron su agradecimiento por las pruebas mostradas pues adquirieron conocimiento sobre el desempeño de los vehículos en diferentes condiciones.

27-Ago-13 En reunión de la Comisión de Transportes de la CONCAMIN, Federico Domínguez Z., Director General de Autotransporte Federal de la SCT, comentó que:
  • El Panel de Expertos se ha reunido  con todas las cámaras y asociaciones que así lo han pedido y que tienen relación con el autotransporte como lo son: ANPACT, ANTP, ANIQ, CANACAR, CONATRAM, CANACINTRA, AMOTAC, ConMéxico, AMPRA, CAINTRA, ANTAD, IMCO, estimado que las reuniones concluirán a mediados de septiembre. No se ha permitido la presentación de empresas en lo individual, comentando el rechazo a la petición de Michelin.
  • También se han teunido con diversas autoridades como la Policía Federal, Medicina del Transporte, CAPUFE, PEMEX, FMSCA, y han expresado su interés con reunirse con los representantes de los ferrocarriles.
  • Han analizado a fundo el full sin descuidar el análisis de las demás configuraciones.
  • Han mantenido a los panelistas alejados de los medios de comunicación.
  • Con análisis profundo el transporte de materiales peligrosos. Veo peligro o incremento de las regulaciones de seguridad para el transporte en full.
  • Mientras esté vigente la actual NOM se seguirán tramitando los permisos de conectividad.
  • Han observado abuso en los permisos de conectividad pus existen alguna solicitudes para tramos mayores a 300 km.
  • Menciona al dolly de doble lanza como vehículo seguro.
  • Las recomendaciones del Panel se convertirán en la nueva NOM012. Se prevé una aplicación paulatina de la nueva NOM, considerando los requerimientos de seguridad y de tecnología que pudieran requerirse.
  • Asume que con la nueva NOM TODOS van a poner algo y no a todos les va a gustar.
  • Estima que habrá observaciones a la forma de operar de la SCT.
  • Anuncia que el año que entra empezará otro proceso de reemplacamiento partiendo desde cero.
  • Pretende que el otorgamiento de placas se de a través de cámaras y asociaciones relacionadas con el transporte para minimizar la corrupción y agilizar los trámites.
  • El anuncio de las conclusiones del panel será público.
1-Jul-13 El día de hoy la CANACINTRA realizó la presentación de sus posturas, análisis y propuestas para la revisión de la NOM ante el panel de expertos en la sede alterna del Colegio de Ingenieros Civiles de México. El documento presentado puedes consultarlo dando click aquí.

En la sesión que duró casi dos horas, además de la presentación respondimos a sus inquietudes respecto de aspectos técnicos de los aditamentos de seguridad que se muestran en la presentación. Las mayores inquietudes se mostraron en el compromiso de las empresas con la seguridad vial, la capacitación a sus operadores, los prolongados turnos de manejo de los operadores, las fuentes estadísticas que utilizamos de base para las gráficas mostradas, la inversión necesaria para que los vehículos tengan los aditamentos de seguridad mostrados. No tuvimos los elementos para contestar preguntas sobre los costos diferenciados de los costos de los seguros respecto de los vehículos con o sin sistemas de seguridad, aspecto que quedó como un pendiente.

El proceso de reuniones con las diferentes Cámaras y Asociaciones continuará por las próximas semanas hasta concluir con todas ellas. Posteriormente se espera una fase en la que platicarán nuevamente con los interesados para aclarar posturas discordantes, antes de llegar a la etapa de reflexión y elaboración de propuesta.

Hemos de esperar algunas semanas antes de que el proceso concluya, mientras tanto el peso definitivo para las configuraciones doblemente articuladas permanece en la incertidumbre.

28-Jun-13 Al cierre de esta semana han presentado sus posturas ante el Panel de Expertos la ANPACT, la ANIQ y la CANACAR. Por desgracia no hemos tenido acceso a los documentos que han presentado estas Asociaciones y Cámara.
31-May-13 Alejandro de la Huerta, Secretario Técnico del Panel de expertos, comenté que han dado inicio las reuniones del Panel de Expertos con los diferentes participantes. El lunes 27 tuvieron una reunión de 4 horas con directivos de la DGAF, quienes expresaron la necesidad de recopilar mucha información. El calendario de reuniones aún no es oficial pero el día 2 de junio deberá asistir la ANPACT. El lunes 9 le tocaba a la ANTP, pero al traslaparse con su foro el calendario está siendo reprogramado.
28-May-13 En reunión del CCNN-TT de este día se acordó que la SCT comunicaría a la DGN la continuidad de la vigencia de la NOM-012-SCT-2-2008. Para la SCT el continuar la vigencia implica que todas las especificaciones que tienen temporalidad, como lo es el transitorio 2 de 5 años, ya no seguirán vigentes. La SCT se comprometió a emitir un acuerdo que proteja a los autotanques que fueron modificados para transitar en full con un peso bruto vehicular máximo de 80 toneladas en tanto no se tenga la opinión del panel de expertos y la revisión de la NOM. Para todos los demás vehículos que transitan en full, la SCT interpreta la continuidad de la NOM, como que el segundo transitorio ya no está en vigencia y por tanto el peso máximo para los vehículos que cumplen con el numeral 6.1.2.2 al transitar en configuración T3-S2-R4 es de 75.5 ton a partir del día 1 de junio.
17-May-13 A las 13:30 horas del día 17 de mayo de 2013 quedó formalmente instalado por el Secretario de Comunicaciones y Transportes, Gerardo Ruiz Esparza, el panel de expertos que analizará, evaluará y hará recomendaciones para la revisión de la NOM-012-SCT-2-2008. Al evento asistimos, además de los panelistas y del Secretario, el Subsecretario de Transportes, Juan Carlos Almada, el Director General de Autotransporte Federal, Federico Domínguez, El Presidente de la Comisión de Transportes de la Cámara de Diputados, Juan Carlos Muñoz, José Luis Fuente por CONAMIN, Roberto Díaz por CANACAR, Felice Minutti por CANAPAT, Elias Dip por CONATRAM, Javier Altamirano por ANTP, Miguel Elizalde por ANPACT y Salvador Saavedra por CANACINTRA.

El alcance del panel de expertos se modificó, ya que además de analizar la NOM-012, se involucrarán en el análisis de las NOM y Reglamento relacionados con el transporte de materiales y residuos peligrosos. De entre los panelistas se escogió como Presidente del panel al Dr. José Rubén Hernández Cid. De igual forma se integra al Dr. Francisco Javier Carrión Viramontes del IMT como asesor de los panelistas.

El Secretario menciona en el evento que las bases de análisis serán la seguridad vial, la contaminación del medio ambiente y la competitividad, buscado que el resultado sea congruente con los planes de generación de empleos del actual gobierno. Indica que en esta ocasión deberá prevalecer el análisis técnico y científico por sobre el enfoque político, durante los trabajos de análisis de las NOM, por lo que pidió a las Cámaras y Asociaciones que presenten los documentos que respaldan sus posturas desde esos puntos de vista.

La SCT elaborará el calendario de reuniones entre el panel y las diferentes Cámaras y Asociaciones, por lo que en las próximas semanas, sabremos de las fechas de los encuentros.

Por lo comentado estimo que las regulaciones para el tránsito de vehículos conteniendo materiales y residuos peligrosos pueden ser modificadas para dar lugar a unas mucho mas estrictas. Me da la impresión que quienes participemos del proceso hemos de saber transmitir de forma muy objetiva las circunstancias que han hecho que el desarrollo del sistema de autotransporte de México haya desembocado en las configuraciones vehiculares actuales, haciendo énfasis en las necesidades de mejora de la regulación para que sin perder la competitividad ganada, la seguridad vial se incremente sustancialmente y se reduzca el nivel de emisiones contaminantes. Ciertamente viviremos una etapa muy interesante del desarrollo normativo de la actividad del autotransporte.

17-May-2013 Se nombra un nuevo miembro integrante del panel de expertos que participará en los estudios y análisis de la NOM012- Se trata del Dr. Arcadio Poveda Ricalde. A continuación una breve biografía:

Renan Arcadio Poveda Ricalde (nacido en Mérida, Yucatán, el 15 de julio de 1930) es un destacado astrónomo mexicano que desarrolló un método para calcular la masa de las galaxias elípticas. Recibió el Premio Nacional de Ciencias en 1975, dirigió el Observatorio Astronómico Nacional de 1968 a 1980 y fue electo miembro de El Colegio Nacional en 1989.

Obtuvo la licenciatura (1953) y el doctorado (PhD) en Astronomía en 1956 en la Universidad de California en Berkeley. Se ha desempeñado en el Instituto de Astronomía de la Universidad Nacional Autónoma como investigador desde 1956. Como profesor visitante ha impartido clases en el Instituto de Astrofísica (CNRS) de Francia (1963), en la Universidad de Columbia (1967), en el Observatorio Nacional de Kitt Peak (1981-82, 1983-84), y en la Universidad de California en San Diego (1982-83). Ejerce una Cátedra Patrimonial de Excelencia, Nivel I, y es investigador emérito tanto del Sistema Nacional de Investigadores del Conacyt como de la UNAM. 
El denominado Método Poveda para determinar las masas de las galaxias esféricas y elipsoidales permitió descubrir una relación entre la masa de un sistema estelar y su luminosidad total. En 1974 demostró, con C. Allen, que los sistemas múltiples de tipo trapecio no se encuentran en expansión, sino en un estado de equilibrio dinámico. Actualmente estudia la función de luminosidad estelar y el efecto de disociación que se manifiesta en las estrellas dobles de la vecindad solar.  Es co-autor de un libro sobre el cráter de Chicxulub, escrito conjuntamente con Fernando Espejo Méndez, que refiere un evento cósmico ocurrido hace 65 millones de años, en el que un asteroide se impactó contra la superficie de la Tierra dejando un cráter de 180 km. de diámetro en el litoral norte de la península de Yucatán y teniendo como consecuencia, según sostienen las hipótesis más aceptadas, la desaparición de varias especies entre otras, la de los dinosaurios.
11-May-13 Ante la cantidad de opiniones en los medios respecto del lamentable accidente en Xalostoc, en el documento adjunto presentamos las que consideramos las bases para el análisis del accidente. Las autoridades debieran informar a la ciudadanía, cuáles de las potenciales causas ocasionaron tanto el accidente de la pipa, como sus desastrosas consecuencias, para que las medidas que se tomen ataquen realmente el problema y no solamente se tomen medidas "políticamente correctas" para tranquilizar a los medios y por ende a la sociedad.
09-May-13 En la Comisión de Transportes de la CONCAMIN se discute la posibilidad de lograr una postura común hacia la revisión de la NOM012 entre las diferentes Cámaras y Asociaciones relacionadas con el transporte. Aún no hay acuerdo.
08-May-13 CANACINTRA presenta sus comentarios al proyecto de revisión de la NOM-068, los cuales pueden ser consultados aquí. Considero pertinente comentar que no obstante sea común el que los ciudadanos nos quejemos ante las arbitrariedades de las autoridades o ante sus pésimas regulaciones, en general somos pasivos y no emitimos nuestra opinión cuando tenemos la oportunidad de participar. Los comentarios enviados por CANACINTRA se construyeron con opiniones de un muy pequeño grupo de industriales, quienes solicitaron opinión al interior de la cámara, habiéndose circulado la solicitud a las 92 Ramas Industriales y las 81 Delegaciones, habiendo recibido de ellos tan solo 2 opiniones. El plazo para presentar comentario a este proyecto vence el próximo día 20 de Mayo. Si tienes alguna opinión constructiva respecto de este proyecto, te agradeceremos enviarnos un correo electrónico a salvador@ttsals.com
08-May-13 Una breve reflexión sobre una gran tragedia vial.

Nueva tragedia vial enluta a las familias mexicanas y las autoridades bien gracias; actúan como consecuencia de la tragedia pero NO toman acción alguna que prevenga nuevos accidentes. Quedará la duda o en el archivo más profundo si los vehículos accidentados cumplían con las regulaciones de seguridad que les aplican. Los remolques ¿cumplían con la NOM-035-SCT2-2010, especificaciones de seguridad para remolques, con la NOM-057-SCT2-2003 para el remolque para transporte de gases comprimidos, la NOM012-SCT2-2008 y sus acuerdos que requieren que estos vehículos transporten con cadena de seguridad al segundo remolque y con la NOM-068-SCT2-2000 sobre sus condiciones físico mecánicas?. Exhorto a las autoridades a que sin importar los callos que pisen informen a los ciudadanos las condiciones de estos vehículos.

Por otro lado esta carretera está en etapa final de ampliación, por lo que sería conveniente conocer el estado que guarda la señalización en el lugar del accidente, ¿cómo está señalado la reducción o ampliación de carriles, cómo se observan los divisores temporales de concreto del lado derecho, chocó el tractocamión contra ellos, se volcó y zafó el segundo remolque por tratar de evadir un triblock en la carretera? La investigación debe dejar claro las circunstancias de la infraestructura vial en la zona para señalar a los responsables, en caso de haberlos.

Y finalmente el conductor, ¿tiene licencia válida, tenía experiencia en el manejo de este tipo de configuraciones, conocía la ruta, cuántas horas había manejado previo al accidente, estaba en condiciones físicas aptas para conducir?

Solo con el conocimiento de las anteriores circunstancias se podrán tomar medidas para reducir la posibilidad de accidentes de este tipo en el futuro.
07-May-13 En la carretera que comunica a Ecatepec con la Cd. de México ocurre el lamentable accidente de una configuración de doble semirremolque que transportaba, en semirremolques tipo autotanque presurizado, gas LP, lo que vuelve a poner en la mira de los medios la situación de las regulaciones sobre el transporte terrestre en México, principalmente la relacionada con los pesos y dimensiones autorizadas. De igual manera se cuestionan las autorizaciones a que se permitan las construcciones habitacionales a escasos metros de las autopistas.

Las opiniones en los medios y las respuestas a bote pronto de las autoridades dejan mucho que desear, aunque prácticamente todas satanizan a la configuración de doble semirremolque. El ambiente queda por el momento enrarecido para el proceso de revisión de la NOM que se avecina.

03-May 13 Con la aceptación de la ANTP, CANACAR y CONATRAM, la SCT ha presentado al comité de 8 expertos que evaluará a la NOM012 y hará las recomendaciones pertinentes al Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Terrestre para realizar la revisión a la NOM012.

El grupo está formado por:

Juan Carlos Belausteguigoitia Rius, director ejecutivo del Centro Mario Molina, es egresado de la carrera de economía del Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM) con doctorado en economía de la Universidad de Essex. Desde enero de 2005 a septiembre de 2012 fue Economista Ambiental Principal en la Región de América Latina del Banco Mundial. Asimismo, se desempeñó como Coordinador para el Hemisferio Sur del Global International Water Assessment de las Naciones Unidas. En el ámbito académico, fue profesor en el Dartmouth College, en el ITAM y en la Universidad de California en Berkeley. Durante la administración del Presidente Ernesto Zedillo fue Subsecretario de Planeación en SEMARNAP.

Arturo Ramírez Flores, investigador del Centro de Investigación en Matemáticas (CIMAT). Inv. Tit. B: Matemático (1967), M. en C. Matemáticas (1975), Doctorado en Matemáticas (1977), UNAM, México. Áreas de Interés: Desarrollo de Software, Geometría.

Salvador García Rodríguez, del Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey. Ph. D. en Ingeniería de la Construcción. Grado académico otorgado por la Universidad Politécnica de Cataluña, Barcelona, España. Junio de 1997. Grado de Maestro en Ingeniería con Especialidad en Construcción. Grado académico otorgado por la Universidad Nacional Autónoma de México, UNAM, México. Octubre de 1994. Ingeniero Civil. Título profesional otorgado por la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo, Michoacán. Enero 1991. Publicaciones,"Metodología para la adecuación del diseño de la vivienda social a los retos de siglo XXI", "Telework. An Analysis of its establishment at home", "Teleworking at Home and The Housing Design Process", "Estrategias para el incremento de la Productividad en los Sistemas Constructivos para la Vivienda", "Criterios de Financiamiento de Fraccionamientos Populares".

Ramiro Tovar Landa, Doctor en Economía, egresado del Instituto Tecnológico  Autónomo de México (ITAM). Realizó sus estudios de Postgrado hasta conseguir el grado de Doctor en Economía y Políticas Públicas en la Universidad de Duke, North Carolina, EEUU y ha participado en Diplomados, Seminarios y Cursos relacionados con las áreas profesionales de experiencia. Su práctica profesional de veinte años ha sido como Funcionario Público, Académico y Consultor. Se ha desempeñado como Director Adjunto del Programa de Desregulación Económica de la Secretaría de Comercio y Fomento Económico (ahora Secretaría de Economía), Asesor Económico del Secretario Ejecutivo de la Comisión Federal de Competencia Económica, Profesor Numerario y Asesor de Proyectos Especiales de la Oficina de Rectoría del ITAM y ha sido Consultor de la mayoría de las cámaras y organismos empresariales en el País, así como de grandes corporativos nacionales y transnacionales participando en auditorías legales, análisis y solicitud de concentraciones de agentes económicos, análisis para determinar la probable comisión de prácticas monopólicas absolutas y relativas, habiendo participado en la elaboración y presentación de denuncias por esas prácticas y en la defensa de agentes económicos denunciados. En el ámbito académico ha sido Profesor del ITAM desde 1996 tanto en la Licenciatura en Economía y en sus programas de postgrado y ha participado como asesor de más de 100 tesis de Licenciatura y de Maestría en Economía. Es miembro de diversas asociaciones y revistas especializadas en la materia. Desde el año de 2010, es Socio Fundador de Asesores en Derecho y Economía, S.C.

José Rubén Hernández Cid, del Instituto Tecnológico Autónomo de México; es Doctor en Matemáticas aplicadas en las ciencias sociales por la Universidad de Grenoble, Francia. Profesor de tiempo completo en el Departamento de Estadística y coordinador del Diplomado en Estadística Aplicada del ITAM. En 1994 fue miembro del Consejo Técnico del Padrón Electoral de 1994, 1997 y 2000. Miembro del Comité Técnico de Conteo Rápido del 2 de julio de 2000.

Octavio Agustín Rascón Chávez, Es Ingeniero Civil, Maestro en Ingeniería y Doctor en Ingeniería, por la Facultad de Ingeniería de la UNAM e hizo su Postdoctorado en el Instituto Tecnológico de Massachusetts. Fue investigador y Subdirector del Instituto de Ingeniería, de la Universidad Nacional Autónoma de México. Fue Jefe de la División de Estudios de Posgrado de 1974 a 1978, y Director de la Facultad de Ingeniería de la UNAM de 1983 a 1987 y desde 1964 es Profesor de dicha institución. Fue Coordinador de Desarrollo Tecnológico de 1994 a 2001 y Director General del Instituto Mexicano del Transporte de 2001 a 2008, también ha publicado 126 trabajos de investigaci6n original y 11 libros de texto. Ha recibido innumerables reconocimientos por su labor en educación e investigación, dentro de los cuales destaca la Mención Honorífica en el Premio Nacional Banamex, los Premios Nacionales "Miguel A. Urquijo", "José Antonio Cuevas" y "Nabor Carrillo Flores", otorgados por el Colegio de Ingenieros Civiles de México, y el Premio Nacional "José Carreño Romani" de la Asociación Mexicana de Ingeniería de Vías Terrestres. Es Socio Emérito del Colegio de Ingenieros Civiles de México, y Doctor Honoris Causa, por otro lado también es Honorable Educador por el Consejo Iberoamericano en Honor a la Excelencia Educativa, otorgados en Lima, Perú, en 2004. Fue Presidente de la Academia de Ingeniería en el período 2008-2010. Socio emérito del Colegio de Ingenieros Civiles de México

Roberto Meli Piralla Natural de Roma, Italia, llegó a México en el año de 1957 para cursar la carrera de ingeniero civil en la Universidad Nacional Autónoma de México. En 1967 ingresó como investigador al Instituto de Ingeniería de la Universidad Nacional Autónoma de México y desde entonces, ha permanecido ligado a él. A partir de 1964 ha impartido cátedra a nivel licenciatura y posgrado desde 1981. Actualmente, es miembro del Comité Académico del Posgrado en Urbanismo y presidente del Subcomité Académico de Ingeniería Civil del Programa de Posgrado en Ingeniería de nuestra Universidad. Investigador emérito del Instituto de Ingeniería, desde el 20 de marzo de 2003. En 1991, recibió el Premio Nacional de Ciencias y Artes en Tecnología y Diseño, y el Premio Universidad Nacional en Innovación Tecnológica y Diseño Industrial Sus publicaciones reflejan los conocimientos y la práctica desarrollados en las materias de su interés. Su obra titulada Diseño sísmico de edificios es texto de consulta obligado para el aprendizaje de la ingeniería sísmica; único en su género es el libro sobre Diseño estructural que contiene una visión que incorpora diversos aspectos del diseño: la concepción de la forma estructural, la determinación de las acciones o cargas y el análisis y dimensión de sus componentes; finalmente, Ingeniería estructural de los edificios históricos, publicado en 1999, reúne los conceptos y criterios básicos que sustentan la teoría de la seguridad estructural a este tipo de construcciones y presenta un buen número de estudios de caso de relevancia internacional.

José Saúl Choreño Quintanar, que estudió en la Unidad Profesional Interdisciplinaria de Ingeniería y Ciencias Sociales y Administrativas del IPN, quien ha participado en la elaboración de programas de estudios, instrumentos didácticos y capacitación en el transporte público.

26-Mar-13 En reunión del Subcomité 2 se decidió por mayoría presentar a consideración del CCNN-TT la propuesta de ratificar la NOM-012 en los términos en que se encuentra, excluyendo aquellos que hayan fenecido de tal forma que no exista un vacío normativo a partir del 31 de mayo de este año, cuando termina debiera existir la revisión quinquenal de la NOM emitida en el año 2008.

La razón para solicitar la ratificación es que el proceso de evaluación que ha sido contratado con la UNAM va muy lento, principalmente por la falta de homogeneidad de la información que sobre la infraestructura han de proporcionar las diferentes dependencias relacionadas con las carreteras. La expectativa para tener los primeros resultados de la UNAM oscilan entre 3 y 7 meses, por lo que una revisión a la NOM actual no se daría antes de mediados del 2014.

La ANTP votó en contra de la ratificación en los términos propuestos por la SCT. Estaban dispuestos a sumarse a la decisión si la propuesta hubiera sido ratificarla en todos sus términos.

Desde mi punto de vista la autoridad ha tomado una decisión errónea, pues ante su lentitud y atraso para terminar con una evaluación comprometida para el 1 de junio de 2011, de acuerdo con el transitorio 3 de la NOM, se afectarán otras disposiciones de la misma, cuya ratificación, cambio o eliminación dependían de la evaluación, según acuerdo tenido con el entonces subsecretario de transportes Manuel Rodríguez A., pero como toda la cadena de mando involucrada en la decisión de 2008, desde el Presidente hasta el Director de Área han cambiado, nadie sabe nada del acuerdo. México creo en Ti.

22-Mar-13 Se publica en el DOF el PROY-NOM-068-SCT-2-2012 el cual estará por 60 días a consulta pública. Si alguien tiene algún comentario lo puede enviar directamente al CCNN-TT o a mí para que lo envíe junto con mis comentarios y los de otras personas que así lo decidan. A todos quienes me envíen sus comentarios, les compartiré lo que envíe al CCNN-TT.
14-Nov-2012 Ante el Foro Anual del TMC hicimos la presentación de nuestro estudio sobre los riesgos de los vehículos doblemente articulados y las acciones de prevención que debieran tomarse. Copia de la presentación la pueden descargar aquí.
30-Oct-2012 La SCT publicó hoy la prórroga por 6 meses más de la suspensión del Transitorio 2 de la NOM a pesar del ambiguo dictamen total final de la COFEMER (ver página 21). Durante el proceso emitimos nuestra opinión, la cual compartimos en el documento que se puede consultar aquí.
12-Oct-2012 La SCT envió a la COFEMER el proyecto de revisión PROY-NOM-068-SCT2-2012 sobre la revisión de las condiciones físico mecánicas de los vehículos que transitan en carreteras federales. Desde nuestro punto de vista el proyecto nos parece demasiado burocrático y no atiende el problema de seguridad de vehículos que transitan en malas condiciones, de ahí que el 15 de octubre hayamos enviado a la COFEMER nuestro comentarios, pidiendo en resumen:
  •  La obligación del mantenimiento por parte del transportista quede bien definida.

  • Se establezca la obligación del operador de verificar su vehículo antes de cada viaje, asentando la inspección con requisitos mínimos normalizados.

  • La inspección de los vehículos por parte de la autoridad utilice el mismo formato que el del operador.

  • En caso de sanciones, se asienten las condiciones fuera de servicios en copia del formato de inspección del operador.

  • Se establezca la periodicidad de las inspecciones en unidad de verificación.

  • Los puntos a verificar en carretera y su límite de aceptación debieran ser similares a los incluidos en el apéndice “G” de la regulación estadounidense.

  • Los puntos a verificar en la unidad de verificación debieran ser similares a los incluidos en la regulación 49CFR393

  • Se eliminen del contenido del anteproyecto los aspectos de inspección que no están incluidos en la regulación estadounidense y

  • Se corrijan los múltiples errores en el contenido del proyecto.

La versión completa de los comentarios puede ser leída aquí.

19-Jun-2012 El día de hoy el Comité Consultivo Nacional de Normalización del Transporte Terrestre (CCNN-TT) decidió incluir en el Suplemento del Programa Nacional de Normalización (PNN) 2012 un Proyecto de Norma Oficial Mexicana denominado "Condiciones de seguridad que deben cumplir los sistemas de acoplamiento y convertidores, características, especificaciones, técnicas y métodos de prueba".

La razón para la inclusión de esta NOM está sustentada en las acciones que ha decidido tomar la SCT para reducir los accidentes en carretera.

Mi punto de vista es que lo que se pretende incluir en esa nueva NOM ya está incluido en la NOM-035-SCT-2-2010 remolques y semirremolques, especificaciones de seguridad y métodos de prueba, así como en los procesos de verificación periódica establecidos en la NOM-068-SCT-2-2000. Es probable que lo que se requiera sea revisar esta última NOM para que se verifiquen las condiciones que se establecen en la NOM035. Esto en cuanto a los dollies, sin embargo los problemas de riesgo de las configuraciones vehiculares doblemente articuladas no se derivan exclusivamente de las especificaciones de los dollies, sino que es necesario ver el problema como un todo.

Desde nuestro punto de vista para encontrar soluciones que permitan un tránsito más seguro de las configuraciones vehiculares C-R, T-S-R y T-S-S es necesario analizar los riesgos específicos para este tipo de configuraciones y plantear soluciones, tanto para el diseño de los vehículos que integran la configuración, como de operación para el armado y tránsito de las mismas. En el estudio que se puede descargar aquí encontrará un análisis de riesgos y propuestas de solución, mismas que con las aportaciones de otros expertos lectores de esta página serán enriquecidas y propuestas en su momento a la autoridad.

9-May-2012 Muchas dudas se han presentado respecto del aviso y del acuerdo publicados el día 30 de abril. A continuación mi opinión a las cuestiones planteadas:
  • ¿Deben los vehículos nuevos ser presentados ante una Unidad de Verificación de condiciones físico-mecánicas por el fabricante antes de ser comercializado?
    • La NOM-068-SCT2-2000 establece en su numeral 5.1.1 que los fabricantes deben presentar ante un Organismo de Certificación Acreditado el certificado del o los vehículos así como adherir una calcomanía verde de conformidad con la NOM-001-SCT2-2000.
    • Considerando que al día de hoy los organismos de certificación mencionados NO existen y que las calcomanías no han sido liberadas por la SCT, persiste el trámite de la emisión de la carta emitida por el fabricante donde indica el cumplimiento de la NOM; de igual manera al no existir las calcomanías indicadas ha quedado a criterio del fabricante instalar una calcomanía verde de acuerdo con sus especificaciones.
  • ¿Los vehículos nuevos se deben verificar en sus condiciones físico-mecánicas semestralmente?
    • De acuerdo con la NOM-068-SCT2-2000 en su numeral 5.2.2.2 los vehículos nuevos están exentos de la verificación de condiciones físico-mecánicas por un periodo de dos años a partir de su fecha de fabricación, salvo que el vehículo sufra un accidente, en cuyo caso deberá verificarse después de que éste suceda y antes de transitar nuevamente. El periodo de dos años requiere que se le realicen las inspecciones establecidas en el manual de mantenimiento del vehículo.
  • ¿Cuánto cuesta una verificación de condiciones físico-mecánicas?
    • La SCT no ha publicado las tarifas para esta verificación, pero oscilan entre $450 Y $750 dependiendo de la unidad y de la posibilidad de un contrato de largo plazo. Los costos son por vehículo, es decir los que transitan en full deben tener la verificación para su tractocamión, los dos semirremolques y el convertidor (dolly).
  • ¿Deben verificarse TODOS los vehículos de autotransporte federal o sólo los de las configuraciones indicadas en los avisos (CR, TSR y TSS)?
    • La NOM-068-SCT2-2000 establece la obligatoriedad para TODOS los vehículos, sin embargo el aviso establece la restricción para verificar en un plazo de dos meses la verificación obligatoria sólo de los vehículos que al transitar lo hagan en las configuraciones mencionadas.
    • No obstante lo publicado como AVISO, en el comunicado del 27 de abril, la SCT indica que todos los vehículos deberán estar verificados en un lapso que no sea mayor de 6 meses.
    • Esto me da a entender que por fin la SCT ha decidido hacer obligatorio el cumplimiento de esta importante NOM. Ya veremos.
  • ¿Puede la policía verificar a los vehículos que cuenten con dictamen de condiciones físico-mecánicas emitido por una Unidad de Verificación Aprobada?
    • La NOM-068-SCT2-2000 en su numeral 5.2.1.3 faculta a la Policía Federal y a los inspectores de la SCT para la verificación aleatoria de todos los vehículos que transitan. La insuficiencia de personal capacitado ha hecho imposible estas revisiones, por lo que el tránsito de vehículos en condiciones físico-mecánicas inaceptables persiste.
  • ¿Deben los fabricantes cumplir con algún requerimiento específico para poder emitir el certificado e instalar la calcomanía verde?
    •  La NOM-068-SCT2-2000 en su numeral 5.1.3 que las personas físicas o morales dedicadas a la fabricación o modificación de vehículos sujetos a la presente Norma Oficial Mexicana, deben contar con registro ante la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial y marcas registradas y diseños tecnológicos patentados ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, además de cumplir con los procesos de manufactura que establecen las normas mexicanas NMX-CC-3 y la NMX-CC-4.
    • Hoy en día existe el registro ante la Secretaría de Economía de los vehículos con motor, sin embargo para los vehículos de arrastre y para las carrocerías no existe registro alguno, así que este requerimiento no es posible cumplirlo.
    • Los fabricantes de camiones y de remolques grandes y medianos tiene registrada su marca ante el IMPI, pero en el caso de las carrocerías muchos de los fabricantes no han registrado su marca.
    • No se establece si para demostrar el cumplimiento con las normas NMX-CC-3 y NMX-CC-4 se requiere aprobar un proceso de certificación o si es aceptable una declaratoria de parte del fabricante indicando que sus procesos de manufactura siguen los establecido en las mencionadas NMX. Son muy ocas las empresas que han sido certificadas de acuerdo con las NMX, siendo más común que lo sean en las normas ISO, por lo que su certificado así lo indica.

En caso de que se tengan dudas sobre la aplicación de estas reglas, agradeceremos su consulta a salvador@ttsals.com para hacer la investigación y publicarla en este sitio para conocimiento de quien así lo desee.

 

30-Abr-2012 Tal como se indicó la semana pasada, a consecuencia de las presiones y movimientos de los transportistas, el día de hoy la SCT publicó en el DOF un AVISO y un ACUERDO, de acuerdo con los siguientes términos:

"AVISO a todas las empresas y personas físicas permisionarias de los servicios de autotransporte federal y transporte privado de carga que utilicen para su operación configuraciones vehiculares camión-remolque y tractocamión doblemente articulado, que deberán someter sus vehículos (propios o arrendados) a la verificación obligatoria de condiciones físico-mecánica y obtener el dictamen correspondiente en las Unidades de Verificación aprobadas por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, en un término de sesenta días naturales”

Este aviso deja la duda de si los vehículos que ya cumplieron con su verificación de condiciones físico - mecánicas en una unidad de verificación acreditada y aprobada del primer semestre, deben sujetarse a una segunda verificación, o si se respetará el acuerdo previo que establece el que los vehículos sean verificados dos veces por año, de tal forma que los vehículos que ya fueron verificados este año en fecha anterior al 30 de abril no requieran ser verificados nuevamente en el periodo del 1 de mayo al 30 de junio. Ya hemos hecho la consulta formal a la SCT esperando su respuesta en breve tiempo.

"ACUERDO que modifica el transitorio segundo de la Norma Oficial Mexicana NOM-012-SCT-2-2008, Sobre el peso y dimensiones máximas con los que pueden circular los vehículos de autotransporte que transitan en las vías generales de comunicación de jurisdicción federal, publicada el 1 de abril de 2008."

Este acuerdo suspende por 60 días la posibilidad de transitar en carreteras federales con un peso adicional de 4.5 toneladas a las configuraciones T3S2R3 y T3S2R4, por lo que el peso máximo de estas configuración, cumpliendo con los requisitos para peso adicional establecidas en el numeral 6.1.2.2 de la NOM-012-SCT2-2008 sea de 71 ton y 75.5 ton respectivamente.

 

27-Abr-2012

El día de hoy se hace del conocimiento del documento en cual se detallan las acciones que tomará la SCT como consecuencia de los demostraciones que están llevando a cabo los transportistas agremiados en AMOTAC y CONATRAM. 

Los cambios inmediatos, que surtirán efecto al publicarse el adjunto en el DOF se resumen como sigue:

  • Suspensión del transitorio 2 de la NOM-012-SCT2-2008 con lo que el peso máximo de los fulles en carreteras de altas especificaciones se reduce de 80 ton a 75.5 ton.

  • TODOS los vehículos que integran a los fulles(tractocamión, remolques y dolly) deben estar verificados de conformidad con la NOM-068-SCT2-2000 en un periodo máximo de 2 meses.

  • Todos los demás vehículos deberán verificarse de acuerdo con la NOM-068-SCT2-2000 en un periodo máximo de 6 meses.

 A los propietarios de transporte propio se recomienda cumplir con las anteriores disposiciones.

 A quienes contratan el servicio de transporte se les recomienda que sólo contraten con transportistas que les muestren el dictamen de verificación de conformidad con la NOM-068-SCT2-2000, ya que de no hacerlo corren el peligro de que su carga no llegue al destino, por ser detenidos los vehículos por la policía en los puntos de revisión. De igual manera se les recomienda verificar el peso de los vehículos cargados ya que la multa por sobrepeso también la debe pagar el embarcador como corresponsable.

 

26-Abr-2012

He escuchado con atención las diferentes entrevista y reportajes que se han realizado como seguimiento a las consecuencias de los accidentes carreteros en los que se vieron involucrados vehículos de carga con vehículos de pasajeros.

 En varias de las intervenciones escuché que grupos de transportistas piden la desaparición de los “fulles” o sea tractocamiones que arrastran dos remolques, conocidos técnicamente como doblemente articulados, ya que son los causantes de la mayoría de los accidentes. Me sorprende dicha aseveración pues de acuerdo con el Anuario Estadístico 2010 del Instituto Mexicano del Transporte (IMT), este tipo de configuraciones se vieron involucradas en accidentes que provocaron la muerte de 19 de los 4018 fallecidos en carretera, como se muestra en la siguiente tabla:

 

 Estas cifras que nos muestra el IMT son totalmente contradictorias a lo que han expresado el exdiputado Elias Dip de la CONATRAM y el Señor Rafael Ortiz de la AMOTAC, quienes dijeron que la mayoría de los muertos en carretera eran como consecuencia de accidentes donde se veían involucrados tractocamiones con doble remolque.

 A falta de un análisis serio de las causas de los lamentables accidentes de este mes, los diferentes participantes del mercado de autotransporte están haciendo ruido a través de los medios para llevar agua a su molino, por lo que si la mayoría de los asociados a la CONATRAM, o a la AMOTAC trabajan en configuraciones de un remolque (llamado técnicamente “articulado”) pues utilizarán estos incidentes para pedir la desaparición de fulles y de esta manera pretender acceder al transporte de esos productos. El eliminar a los fulles implicaría un incremento de los vehículos en tránsito en un momento dado, ya que se requieren 1.8 articulados para transportar la misma carga que transporta un doblemente articulado. Un incremento de vehículos representa un incremento de conductores y de acuerdo con la estadística del IMT el 81.3% de los accidentes son por causa del conductor, por lo que a mayor cantidad de conductores podemos concluir que la posibilidad de accidentes se incrementará.

 

Desde nuestro punto de vista, para prevenir accidentes viales es necesario analizar técnicamente las causas de cada accidente desde 4 puntos de vista:

1. La existencia, efectividad y aplicación de las regulaciones viales

2. Las condiciones de la infraestructura vial, su mantenimiento, sus especificaciones, su señalización, etc.

3. Los aspectos de seguridad que deben cumplir los vehículos para las condiciones de peso y tipo de carretera por la que circulan, la verificación de sus condiciones físico – mecánicas.

4.  Los conductores de los vehículos, su capacitación, su estado físico al momento del accidente, etc.

 Hablando del primer punto, la SCT ha publicado la NOM-012-SCT2-2008 que regula los pesos y dimensiones de los vehículos. De cumplirse esta NOM, los vehículos no debieran haber transitado con los pesos de carga que se mencionaron en los medios, ya que en el accidente de la carretera México Toluca, la procuraduría del Estado de México mencionó que iba cargado con 85 toneladas, lo cual significa un peso de los vehículos con carga cercano a las 110 toneladas; observando las fotografías del vehículo y considerando que el primer tramo de México a Toluca lo transitó por el camino de cuota, su peso máximo autorizado sería de 66.5 toneladas, es decir que el vehículo se excedía en peso por 43.5 toneladas. De lo anterior se desprende que el vehículo no cumplía con el peso máximo autorizado. ¿Se puede atribuir al exceso de peso una causa del accidente? Es posible pero el transitar con un sobrepeso tal implica que los sistemas de control de la mencionada NOM no están funcionando correctamente y que debe replantearse su método de verificación, así como las sanciones de tal forma que sean eficientes para inhibir el cometer la infracción.

 Mucho más es posible especular sobre las causas del accidente más debiera ser a la autoridad a quien se le exija de alguna forma el rendir un informe del accidente y que esté abierto al escrutinio de los expertos que existen en este país para cuestionar las conclusiones, de observarse necesario.

 

25-Abr-2012 Muchos meses han pasado y la SCT no ha convocado al Grupo de Trabajo, por lo que el tema de la evaluación de la NOM se ha mantenido en el limbo.

No obstante la parálisis en la SCT, los dos lamentables accidentes de fechas recientes, el de la carretera México Toluca de un tractocamión doblemente articulado que se impactó contra un autobús que transportaba estudiantes de la UNAM, y el sucedido en Veracruz, han llevado a los medios de comunicación por los diferentes grupos y asociaciones su postura en contra de la configuración de carga de tractocamión doblemente articulado, mejor conocido como full. Desde mi punto de vista la postura, mas que técnica, es una de carácter económico y de gremio en la cual se busca privilegiar a una configuración sobre otra, configuración que aparentemente traería mayor trabajo a más transportista al requerirse más camiones para transportar la misma cantidad de carga.

Aunque la idea pareciera buena para muchos sectores, desde mi punto de vista la seguridad en las vías terrestres de comunicación pudiera disminuir , ya que de acuerdo con las estadísticas del Instituto Mexicano del Transporte (IMT) y del INEGI, la causa inicial de los accidentes viales es imputable al conductor en porcentaje que oscila entre el 78% y el 81.3%.

Los accidentes requieren de ser analizados a profundidad para determinar objetivamente sus causas y determinar las acciones que ayudarán a prevenir su recurrencia. A través de CANACINTRA presenté a la SCT una solicitud para realizar el análisis del accidente desde 4 puntos de vista, mismo que puede ser consultado; además de la solicitud en la carta incluimos algunas consideraciones sobre aspectos observados en el lugar del accidente, lo que pudimos apreciar de los vehículos a partir de las fotografías publicadas y otras consideraciones reglamentarias.

Ya veremos la reacción de la SCT ante tanto ruido. Yo espero que se tome en serio su responsabilidad y realice un profundo análisis de las causas de los accidentes invitando a todos los involucrados en este mercado, transportistas, usuarios, operadores, fabricantes de vehículos, otras autoridades, expertos en el tema de seguridad vial y academia. Será a partir de esos análisis técnicos que se complementaría la evaluación de la NOM012 y su proceso de implementación, para así poder perfeccionar la regulación sin recurrir a un proceso de cacería de brujas.

8- Dic-2011 En la reunión del Subcomité 2, el Coordinador del Grupo de Trabajo de la evaluación de la NOM012 comentó que en la SCT ya están trabajando en la elaboración de las bases de licitación y elementos a evaluar , de tal forma que se someta a concurso / asignación los trabajos físicos de la evaluación, considerando la matriz de propuestas. El tema será presentado al grupo en la reunión programada para el día 14 de Diciembre.
30-NOV-2011 Se realizó en la SCT la tercera reunión del Grupo de Trabajo del proceso de evaluación de la NOM012. La reunión se basó en la matriz de evaluación que fue comentada por los participantes y que se puede consultar aquí. Tomando en cuenta la matriz de propuestas de evaluación, la SCT desarrollo una lista de temas a evaluar, dando una primera respuesta a las propuestas.

Las diferentes organizaciones expresaron los siguientes puntos de vista en la reunión:

ANTP no está de acuerdo en que la selección de los puntos a evaluar sea unilateral por parte de la SCT. Propone que la matriz sea revisada por todo el Grupo de Trabajo. Insiste que las básculas móviles no son legales  pues su operación y certificación no está certificada.

CANACAR no está conforme con que al circular con peso excedente sin las especificaciones adicionales de seguridad, como el dictamen de NOM068, se le sancione por sobrepeso y no por incumplir con la NOM068 u otras especificaciones ahí incluidas. ¿De quién es la responsabilidad de obtener el permiso de conectividad si la planta fue localizada a la vera de una carretera de baja especificación?. Menciona en caso de PEMEX que solicita fulles pero sus plantas no están a la orilla de caminos ET´s o A´s. CANACAR objeta que los vehículos con importación temporal no hay la garantía física para el pago de la infracción.

AMOTAC pide que se autorice en la NOM el peso útil que se transporta en lugar de PBV. Se queja que las básculas son chatarra con error de hasta 4 ton. Se queja de la prórroga a autotanques.

AMOTAC, CONATRAM, CANACAR y ANTP se quejan del pobre sustento legal de la corresponsabilidad al no ser clara la sanción al dueño de la carga cuando se sobre carga el vehículo.

SCT. Muchas de las propuestas se atenderán de forma paralela pues no es tema de evaluación.

25-Nov-2011 Se publica en Excelsior un comentario de Darío Celis sobre la petición que hace ANTP a la Secretaría de Economía para que intervenga y evite que el proceso de evaluación que está realizándose en la SCT derive en modificaciones anticipadas de la NOM012. Aunque el reportero Celis lo menciona, a la reunión no asistió un representante oficial de CANACINTRA, sino sólo empresas afiliadas a la Cámara.
11-Nov-2011 Las matrices de propuestas han empezado a ser revisadas. Comparto la que incluye las de CANACINTRA revisadas y las demás tal como fueron interpretadas por la SCT. Espero comentarios para enriquecer el proceso.
09-Nov-2011 Hoy tuvo lugar la segunda reunión del Grupo de Trabajo que se formó para evaluar el desempeño de la NOM.

Se nos distribuyó la minuta de la reunión anterior, la cual, salvo lo corregido en la misma, fue aprobada por unanimidad.

En coordinador del grupo informó que al cierre del día 31 se recibieron propuestas de evaluación de la NOM de las siguientes agrupaciones: CANACAR, CANAPAT, AMOTAC, CONATRAM, ANTP, ATCEVAC, CANACINTRA, CNIH, Asociación…Concreto premezclado, Fábrica de Jabón La Corona, CANAICA.

Las propuestas enviadas fueron incorporadas a la matriz de propuestas de evaluación resultando en un documento de 10 páginas. Considerando que la mayoría de las propuestas fueron presentadas en escrito libre, la SCT interpretó lo enviado y lo acomodó de acuerdo a su criterio. Se hizo una breve presentación de una parte de la matriz de propuestas explicando el Coordinador cómo se agruparon las propuestas de cada organización. El acomodo corresponde al orden en que está estructurada la NOM. Propuestas similares de diferentes organizaciones fueron agrupadas en un solo punto. La SCT enviará la matriz con las propuestas de evaluación, incluyendo la entregada hoy por la CANAICA a más tardar el día de mañana.

Se aclaró que no todos los temas propuestos por las organizaciones fueron incluidos en la matriz de propuestas pues algunos de ellos no estaban relacionados con el ámbito de la NOM.

Se propuso que el proceso de evaluación será en el orden en que está desarrollada la matriz. La forma de evaluación será acordada punto por punto en el Grupo de Trabajo en la sesión correspondiente para cada aspecto.

Acuerdos:

16 de Noviembre.- Las organizaciones enviarán sus comentarios a la interpretación de la SCT a las propuestas de evaluación enviadas, añadiendo una quinta columna.

18 de Noviembre.- La SCT circulará entre las organizaciones la matriz con las propuestas revisadas de cada organización.

23 de Noviembre.- Las organizaciones enviarán a la SCT sus observaciones o necesidades de aclaración a las propuestas de las otras organizaciones. Estas observaciones no se considerarán como posturas de cada organización, ya que pueden ser, dudas sobre lo ahí propuesto.

25 de Noviembre.- La SCT enviará a las organizaciones la matriz con los comentarios recibidos el día 23.

La próxima reunión de trabajo se fijó para el día 30 de Noviembre a las 10:00 am.

La AMOTAC solicitó a la SCT que durante el tiempo de evaluación de la NOM solicite a la SSP que los operativos de revisión de cumplimiento de la NOM sea suspendidos, ya que desde su punto de vista no están siendo equitativos para todas las organizaciones. De igual forma se quejó de que a los autotanques se les sigue permitiendo transitar con el peso a tanque lleno, sin respetar los pesos máximos de la NOM, no obstante que el tiempo límite para esta situación venció el 1 de Junio de este año. (Nadie le aclaró que la SCT otorgó prórroga a muchos transportistas hasta el 1 de Febrero de 2012).

En respuesta a ello, el representante de la SSP, comentó que los operativos no se suspenderán, poniéndose a las órdenes de todas las organizaciones para atender sus quejas en caso de observarse anomalías en los operativos de revisión de peso y dimensiones.

25-Oct-2011

En la reunión del día de hoy participaron 10 dependencias de gobierno federal y 13 confederaciones, cámaras y asociaciones. La SCT estableció como objetivo del Grupo de Trabajo el siguiente:

OBJETIVO

Desarrollar un reporte de evaluación a ser presentado al Subcomité 2 y al CCNN-TT.

 

El proceso para llevar a cabo la revisión será el siguiente:

  • Las Dependencias, Cámaras y Asociaciones interesadas enviarán al coordinador del Grupo de Trabajo sus posturas respecto de los aspectos que deben ser evaluados, haciendo referencia al artículo de la NOM, los aspectos que se consideran ser evaluados, así como una justificación sobre su propuesta.

  • La SCT vaciará en una tabla las propuestas de todas las agrupaciones y dependencias, misma que circulará entre los participantes.

  • Sólo se consideraran para discusión las propuestas que se reciban por escrito en la SCT, previas a la reunión.

Durante la reunión las diversas agrupaciones manifestaron sus posturas, las cuales resumo a continuación (ya que no tengo acceso a la grabación de la reunión, la interpretación de lo dicho por los representantes de las asociaciones es mía):

ANTP. Ratifican su punto de vista de que la operación de este grupo carece de legalidad al haberse vencido el plazo del transitorio desde el 1 de Junio del 2011; de igual manera insinuó que han iniciado un proceso judicial para invalidar lo que en este grupo se acuerde. Cuestiona sobre la instrucción del Secretario de contratar a un organismo independiente a este Grupo de Trabajo para que realice la evaluación de esta NOM. La SCT responde que el CCNN-TT no ha recibido del Secretario indicaciones al respecto.

CANACAR. Opina que si la operación de este Grupo ha sido judicialmente impugnada y existe la posibilidad de que sus trabajos se invaliden, que primero se resulva la impugnación y posteriormente sesione con certeza el grupo. Solicita que si alguien está en desacuerdo con los trabajos que desarrollará el Grupo de Trabajo, se le pida que abandone la sala. Entre los criterios de evaluación solicita que los vehículos para autotransporte federal que se comercializan en México sean evaluados para comparar su capacidad de motor y de frenos contra los pesos permitidos por la NOM.

CONATRAM. Cuestiona las razones de temor que hayan llevado a la ANTP para mantener su postura de rechazo a la operación de este Grupo de Trabajo. Manifiesta su rechazo a que sigan siendo autorizadas en la NOM las configuraciones doblemente articuladas. Menciona que en su revista institucional han documentado los accidentes que provoca esta combinación.

AMOTAC.  Solicita que la NOM sea derogada pues su operación ha causado más daño que beneficios; menciona que no deben permitirse ese nivel de pesos pues las carreteras del País se encuentran en mañas condiciones. Menciona que el permitir el tránsito a los fulles, los accidentes en que esta configuración se ha visto involucrada han ocasionado la muerte de 970 personas cada año. Sostiene que la ANTP no debe participar en el Grupo de Trabajo pues sus afiliados no son transportistas de autotransporte federal. Pide juicio a quienes autorizaron la NOM actual, ya que son culpables de los accidentes que han sucedido. Indica que si se tuvieran menores pesos el empleo en el sector transporte se incrementaría. Solicita trabajar de forma expedita y no burocrática.

CNIH. Solicita que en la NOM se incluyan a las llantas de base ancha de última tecnología, de tal forma que puedan ser usadas en todas las configuraciones vehiculares donde al día de hoy se autorizan los duales de llantas.

ANPACT. Solicita que como parte de la evaluación se analicen los accidentes de forma objetiva y con datos ciertos, para determinar la influencia de las especificaciones de la NOM en ellos.

CONCAMIN. Mencionó la propuesta de que se contrate a un experto técnico, ajeno al grupo de trabajo, para que de forma objetiva realice la evaluación, sin tener los prejuicios que los participantes han manifestado.

Ante las diferentes posturas, la SCT ratificó su plan de trabajo, mostrando en pantalla la tabla de trabajo sobre la que realizará la evaluación, utilizando para ejemplificar uno de los conceptos de evaluación enviados por la CANACINTRA.

Se otorgó una prórroga al 31 de Octubre para que las dependencias y agrupaciones, que así lo decidan, envíen propuestas de evaluación.

Se programó la próxima reunión para el día 9 de Octubre.

24.Oct.2011

La Cámara Nacional de la Industria de Transformación envío su propuesta de evaluación

12-Oct-2011

La SCT pospuso la reunión para el día 25 de Octubre con la siguiente orden del día:

 

Dirección General de Autotransporte Federal

Dirección General Adjunta de Normas y Especificaciones

Técnicas y de Seguridad en el Transporte

Dirección de Normatividad

Subdirección de Normas de Vehículos de Autotransporte

 

“2011, Año del Turismo en México”

 

Ciudad de México, a 12 de octubre de 2011.

  

Cámara Nacional de la Industria de la Transformación

Presente.

  

Me refiero a los trabajos de normalización que tiene a su cargo desarrollar el Subcomité No. 2, de Especificaciones de Vehículos, Partes, Componentes y Elementos de Identificación. Igualmente, hago referencia al Acuerdo alcanzado en la Tercera Reunión Ordinaria del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Terrestre (CCNN-TT), celebrada el pasado 20 de septiembre, donde se instruyó al Subcomité No. 2, convoque a la primera reunión de instalación del Grupo de Trabajo de evaluación de la Norma NOM-012-SCT-2-2008, Sobre el peso y dimensiones máximas con los que pueden circular los vehículos de autotransporte que transitan en las vías generales de comunicación de jurisdicción federal, con el objeto de iniciar formalmente los trabajos de evaluación de la norma en comento.

 

En este sentido, atentamente se le convoca a la primera reunión de instalación del Grupo de Trabajo de Evaluación de la Norma NOM-012-SCT-2-2008, la cual tendrá verificativo el próximo martes 25 de octubre del año en curso, a las 10:00 hrs., en la sala de usos múltiples de esta Dirección General de Autotransporte Federal, ubicada en el piso 11 de Calzada de Las Bombas No. 411, Col. Los Girasoles, Delegación Coyoacán, 04920, en México, D.F.

 

Asimismo, y de conformidad con el artículo 27 de las Reglas de Operación del CCNN-TT, se le solicita designe al especialista que atenderá ésta y las subsecuentes convocatorias, agradeciéndole acreditarlo mediante escrito libre. El suscrito, con teléfono 5011-9238 ó 5723-9300 ext. 20119, localizable en el piso 2 del domicilio arriba citado, y con correo electrónico: asanchzt@sct.gob.mx será el responsable de recibir las acreditaciones y la confirmación de la asistencia a la reunión. Se anexa Orden del Día.

 

Con la finalidad de llevar una reunión más productiva se le solicita atentamente, remitir previo a la reunión, sus propuestas de temas y criterios de evaluación de la Norma de acuerdo al formato anexo.

 

No omito mencionarle que por razones de espacio, no será posible permitir el acceso al estacionamiento, por lo que se le sugiere prevenir las medidas correspondientes.

 

Sin otro particular, aprovecho la oportunidad para enviarle un cordial saludo.

 

 

Atentamente

El Subdirector y Coordinador del Subcomité No. 2.

 

 

Ing. Ángel Sánchez Tenorio

27-Sep-2011 En la reunión del Subcomité 2 realizada este día se tomó el acuerdo de dar inicio a la evaluación de la NOM en reunión a puerta cerrada en la DGAF de la SCT el día jueves 13 de Octubre. Se solicitó a todas las organizaciones enviar por escrito sus propuestas de aspectos a evaluar al Secretario Técnico del Subcomité.
24-Sep-2011 El primer reto que tendrá el Subcomité 2 será el ponerse de acuerdo en los parámetros e indicadores de evaluación del desempeño de la NOM012. Los puntos a resolver serán si con la redacción actual y la implementación en tres años, la NOM ha cumplido su función de mejorar la seguridad carretera, cuidar la infraestructura carretera y mejorar la competitividad.
24-Sep-2011 Otro trailer volcado y ahora el segundo remolque de un full. ¿Cumplía con la NOM012? NO:
1.- La NOM dice que las cámaras de freno deben ser dobles en los remolques y en la foto se aprecia que son sencillas.
2.- Se observa que el dolly no está equipado con cadenas de seguridad, algo previsto por la NOM.
3.- Al ser una configuración con dolly "A" el vehículo es más inestable cuando se realizan maniobras de cambio de carril. Para una configuración de este tipo es más seguro un dolly "H". Al cambiar de carril súbitamente en un full con dolly "A" se tiene como consecuencia un efecto látigo en el remolque trasero y su alta posibilidad de volcadura.
Y debe haber otros puntos que no cumple pero la foto no da más información.
¿Llegará el día en que la SCT emita especificaciones claras que deban cumplir estas configuraciones vehiculares para que transiten de forma segura?
¿Emitirán algún día los congresistas una ley que establezca a la autoridad responsable dentro del Gobierno Federal responsable de emitir las regulaciones de seguridad que deben cumplir los vehículos?
23-Sep-2011 Las cúpulas industriales relacionadas con el transporte buscan conciliar intereses en cuanto a las especificaciones de la NOM012. Coinciden en que la evaluación de la NOM debe llevarse a cabo por expertos que puedan emitir una opinión certera y creíble sobre las especificaciones que son más convenientes para México.
20-Sep-2011 El CCNN-TT en su reunión de hoy instruyó al Subcomité 2 de Especificaciones de Vehículos que de inicio al proceso de evaluación de la NOM012. El titular del Subcomité expresó que lo hará en la próxima reunión, existiendo la posibilidad de que para ello convoque a una reunión extraordinaria del Subcomité, pues la ordinaria es hasta el mes de octubre.
13-Sep-2011 En la reunión del Grupo de Trabajo del Subcomité 2 se comenta que una vez publicado en el DOF el Suplemento del PNN, se convocará a los interesados a participar en la evaluación de la NOM012.
13-Sep-2011 Se publica en el Diario Oficial de la Federación el Suplemento al Programa Nacional de Normalización 2011, en el cual se incluye como tema la "Modificación de la NOM-012 ..."
12-Sep-2011 El Presidente de CANACAR publica en T21 "CANACAR quiere debatir con ANTP sobre NOM012". Es una pena que los organismos privados agrupados en la CONCAMIN no puedan conciliar sus intereses al interior del organismo, y busquen protagonismos que dañan a la credibilidad de los mismos. Los comentarios vertidos a esta noticia son ilustrativos de las diferentes posturas.
26-Ago-2011 CONATRAM publica en Milenio Diario que la NOM sea más flexible. Menciona que "no hay transportista en México que cumpla con esta Ley"; una declaración muy temeraria.
18-Ago-2011 En la reunión de la Comisión Nacional de Normalización la CANACERO cede el uso de la palabra a la ANTP para que exponga sus razones para solicitar el que la NOM012 no sea incluida en el Suplemento del PNN. Diversas agrupaciones y dependencias se manifiestan; se realiza la votación por parte de las dependencias con derecho a voto en la reunión resultando un resultado de 6 votos a favor de incluirla y una abstención, la de la Secretaría de Economía.
16-Ago-2011 La Comisión de Transportes de la Cámara de Diputados se reúne con los diversos grupos de transportistas para evaluar la iniciativa del Dip. Samuel Herrera Chávez (PRD-Zacatecas) que añade el artículo 50 bis y reforma el artículo 74 de la Ley de Caminos, puentes y Autotransporte federal, las cuales pretenden limitar el tránsito en las carreteras a diversas configuraciones vehiculares. Consideramos que la limitación pretendida no es un aspecto de deba quedar plasmado en la Ley, sino que es asunto de la NOM012.
13-Ago-2011 Salvador Saavedra envía a Miguel Elizalde un correo electrónico invitando al CCNN-TT a evaluar las causas del accidente de un trailer de Transportes Bonampak en Aramberri, NL, dando enfoque a la observancia de la NOM012. Miguel Elizalde responde el día 15 indicando que la evaluación podrá realizarse una vez seda incluida la NOM012 en el Suplemento del PNN.
09-Ago-2011 Cumpliendo con lo acordado en la reunión del CT del CNN, CANACINTRA envía su carta en la que establece la postura de la Cámara respecto de la "modificación" de la NOM012; así mismo, el día 10 ANTP circula entre las Cámaras y Asociaciones industriales participantes del CNN su postura.
04-Ago-2011 Se celebra la reunión del Consejo Técnico de la Comisión Nacional de Normalización. CANACERO toma la palabra para manifestar sus razones para que el tema de "modificación de la NOM012" no sea incluido en el Suplemento del PNN. A esta postura se suman la CANACINTRA, la ANTAD y la CNA como consta en el informe del CT al CNN
22-Jul-2011 ANTP da a conocer su postura ante otras Cámaras y Asociaciones sobre su postura respecto de la modificación propuesta por la SCT, mediante un comunicado.
28-Jun-2011 En la reunión del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte terrestre (CCNN-TT) se aprueba con votación dividida de 20 a favor y 6 en contra, entre ellos la SSP Federal que se incluya en el Suplemento del PNN la "modificación de la NOM012". Se sustenta como razón para incluirla lo establecido en el artículo 3 transitorio de la NOM.
22-Jun-2011 En la reunión del Subcomité 2  de Normas de Vehículos del CCNN-TT, se aprueba con votación dividida el que la NOM012 sea propuesta a ser incluida en el Suplemento del PNN para ser revisada por solicitud de la CANACAR para aumentar la longitud máxima de las configuraciones TSR para permitir hasta 31.80 m de longitud; así como para iniciar los trabajos de evaluación.
16-Jun-2011 Minuta de la Reunión entre la AMOTAC y la SCT en la que se establece como acuerdo "iniciar reuniones de trabajo ...a fin de identificar las propuestas concretas de modificación de la Norma ..."
13-Jun-2011 Salvador Saavedra envía a Miguel Elizalde una propuesta de condiciones a evaluar de la NOM-012

 

 

   

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